Un numeroso grupo de vecinos del Barrio Jardín de la Zona Norte cercano a la zona del Club Remeros ,hicieron llegar a DIARIO EL PUEBLO, una carta a la opinión publica, donde manifiestan su preocupación por la construcción de un edificio de apartamentos “Belén Costanera” , a ubicarse en las calles : Costanera, Belén y República Italiana

A LA OPINIÓN PÚBLICA
Desde que tomamos conocimiento del proyecto de construcción de un edificio de 16
apartamentos en el predio empadronado con el N° 2.180, ubicado en el Sector A del Barrio
Jardín – Zona Norte de la ciudad de Salto, un grupo de vecinos de este barrio, nos vimos
alarmados ya que se estaba promocionando en redes sociales la venta de unidades de un
edificio que transgredía notoriamente las normas correspondientes al área caracterizada
definida en el Decreto 5996/98 del PLAN DIRECTOR DE EDIFICACIÓN URBANA aprobado en la
administración municipal pasada del Maestro Ramón Fonticciella.
En un primer momento solicitamos audiencia con el equipo técnico de la Intendencia y
con el Secretario Municipal para hacer notar nuestra preocupación ya que la obra proyectada
al no cumplir con algunos indicadores urbanísticos específicos de esta área caracterizada
afectaría negativamente el entorno arquitectónico que se ha generado en el transcurso de los
precedentes 70 años y que incluye obras de prestigiosos arquitectos salteños del pasado
como lo fueron: José María Ambrosoni, Daniel J. Armstrong, Pedro Oscar Ambrosoni y Néstor
J. Minutti, entre otros.
Vista la escasa receptividad que se tuvo en nuestros planteos y el hermetismo en cuanto
al acceso a los expedientes municipales –que de conformidad a los Decretos 500/91 (Proceso
Administrativo de la Administración Central) y 5940/97 (Proceso Administrativo Municipal),
son públicos-, hemos presentado distintos petitorios a los efectos de hacer notar el
incumplimiento de las normas, que tanto técnicos como autoridades municipales deben
hacer cumplir.
No obstante, con posterioridad a estas actuaciones se produce la remisión a la Junta
Departamental de un proyecto de decreto, por parte de la Intendencia para la aprobación de
la viabilidad de esta obra, a sabiendas de la oposición manifestada en los expedientes
municipales por parte de los vecinos y sin haber dado ninguna respuesta formal a los mismos.
Este proyecto de decreto fue aprobado en la Comisión de Legislación y Reglamento en
forma inmediata para pasar a la siguiente sesión del plenario.
En tales circunstancias este mismo grupo de vecinos dirigimos una nota al Sr. Presidente de la
Junta Departamental solicitando ser escuchados previo a cualquier tratamiento por parte de
los ediles al respecto.
Una gran decepción embargo a los vecinos al constatar que quienes dicen ser los
interlocutores de la ciudadanía nos daban la espalda y aprobaban raudamente en el plenario
el decreto remitido, sin el más mínimo análisis.
La aprobación en mayoría, dispone en su Artículo 1: “ Autorízase a la Intendencia de
Salto la aprobación de la viabilidad del Proyecto a desarrollarse … de conformidad al Decreto
Departamental 5996/98..”.En este punto hay que señalar que la remisión a la Junta Departamental, no era
necesaria desde que la Intendencia, entiende cumplidos los requisitos del Decreto.
Esta legitimación pretendida, a través del pasaje por el legislativo comunal, a fin de dotar de
legalidad al permiso de construcción no es necesaria ya que no se ha aprobado
específicamente ninguna exoneración a la normativa. Esto por cuanto, si de los informes
técnicos y jurídicos, surge que no hay incumplimiento de la normativa, no tenía razón de ser
el pasaje por la Junta.
Solicitar las excepciones a la normativa implicaría un mayor aprovechamiento del predio
en beneficio exclusivo de los promotores, en contra del interés general que pretende la
normativa y en perjuicio directo de los propietarios de predios vecinos más cercanos,
generando daños, que eventualmente deberán repararse con recursos de la ciudadanía de Salto.
Se pretende dejar de lado los indicadores urbanísticos (altura máxima y retiros laterales,
básicamente) que deben respetarse en esta área caracterizada, y que la norma establece para
conservar sus peculiares valores históricos, ambientales y arquitectónicos.
En estos momentos los vecinos hemos vuelto a peticionar formalmente ante las
dependencias municipales para que tanto técnicos como autoridades cumplan con su rol de
contralor y exijan que la obra se adecue a las ordenanzas municipales.
Esto está expreso incluso en el mismo decreto de aprobación de viabilidad de la Junta en su
Artículo 2: “La autorización referida en el artículo 1 no exime a los promotores de cumplir con
los procedimientos establecidos para la obtención de los permisos correspondientes…. así
como dar cumplimiento con los requerimientos exigidos por la normativa nacional y
departamental correspondiente, y los exigidos por las oficinas técnicas de la Intendencia de
Salto.
Cabe remarcar que, como vecinos, no nos oponemos a la realización de la obra, en la
medida que cumpla con los requerimientos dispuestos en la norma, pero exigimos sí, el
cumplimiento de las disposiciones vigentes.
De esta manera, hacemos partícipe a la opinión pública, de un asunto que entendemos
trascendente por lo grave que resultaría como antecedente y que debería preocupar y
convocar a toda la ciudadanía salteña.
