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Junta Departamental abrió llamado a ocupar dos cargos para personas trans y con discapacidad

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Cumpliendo con la Ley

Este jueves a la mañana se realizó la conferencia de prensa en la sede de la Junta Departamental encabezada por su Presidente, el Edil Gonzalo Rodríguez, quien estuvo secundado por el Secretario General Álvaro da Cunda, el Asesor Jurídico Fabricio Figueroa y el Director General de la Corporación Fernando Menoni, quienes informaron de la apertura del llamado a ocupar “dos cargos en el Departamento de Servicios Auxiliares e Intendencia, Grado 3, en carácter de contratado no permanente a ser cubiertos uno por persona con discapacidad y otro por persona Trans”.

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RESOLUCIÓN Y LLAMADO

Es así que por Resolución N° 51/2022 de fecha 21 de diciembre de 2022, el Presidente de la Junta Departamental resolvió realizar el llamado “a aspirantes, para ocupar dos cargos en el Departamento de Servicios Auxiliares e Intendencia, Grado 3, en carácter de contratado no permanente a ser cubiertos uno por persona con discapacidad y otro por persona Trans, de acuerdo a la función”, debido a que “hay necesidad de contratar funcionarios para desempeñar tareas en el Departamento de Servicios Auxiliares e Intendencia”, y atendiendo además a que “hay crédito presupuestal por las vacantes producidas en la Corporación”, dando así cumplimiento a las Leyes 18.651 y 19.684, por lo que “los Gobiernos Departamentales están obligados a brindar oportunidad laboral a personas con discapacidad y personas Trans”.

El segundo artículo de dicha Resolución establece quienes pueden participar del llamado. “Podrán participar del llamado todas aquellas personas que estén debidamente inscriptas en el Registro de Discapacitados (art. 768 de la Ley 16.736) y con respecto a las personas Trans, acreditar haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios, o haber solicitado la Tarjeta Uruguay Social Trans (Art. 19 del Dec. Nº 104/019), en ambos casos con una antigüedad no inferior a seis meses”.

El tercer punto de la Resolución aclara que “se deberá ser nativo del Departamento de Salto o estar radicado en el con una antigüedad no inferior a 5 años y tener Educación Primaria completa”. “Las inscripciones se recibirán a través de ‘Uruguay Concursa’, a partir del 21 de diciembre de 2022 hasta el 15 de enero de 2023 inclusive”, establece el artículo 4°.

El quinto artículo establece cuál debe ser la documentación que se deberá presentar al momento de “presentarse ante la Corporación” por parte del aspirante, a saber: “a) Constancia de inscripción. b) Haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios o haber solicitado la Tarjeta Uruguay Social Trans (Art. 19 del Dec. Nº 104/019). c) Certificado médico que describa su discapacidad (para aspirantes con discapacidad). d) Certificado de estudios realizados. e) Fotocopia de Cédula de Identidad y Credencial Cívica. f) 2 fotos carne actualizadas. g) Certificado de buena conducta. h) Certificado de vecindad expedido por Seccional Policial correspondiente a su domicilio, que acredite lo especificado en el art. 3”.

Habrá una comisión que evaluará a los aspirantes a ocupar dichos cargos administrativos en el Legislativo local, la que según el séptimo artículo “estará integrada por el Presidente de la Junta Departamental, un edil de cada uno de los Lemas con representación en el Cuerpo y el Director General, y se expedirá por mayoría absoluta de votos del total de componentes en un plazo no mayor a 60 días. A requerimiento de la Comisión de Selección se podrá requerir al efecto, asistencia y asesoramiento técnico, así como recabar informes de un técnico y en su caso de un especialista”.

El siguiente artículo aclara que “dicha Comisión será quien entreviste y examine a los inscriptos, por lo que deberá labrar acta de todas las reuniones que celebre. A dichas reuniones podrá asistir un integrante de la Comisión Honoraria Departamental de Discapacitados y del Colectivo L.G.T.B”.

El noveno artículo especifica que “el procedimiento de selección será: a) preselección, se evaluarán antecedentes personales, laborales, experiencia, formación curricular, pudiéndose tomar las pruebas y test que se estimen convenientes; b) la selección, constara de una entrevista personal con los preseleccionados a los efectos de elegir un titular y tres suplentes”.

El décimo artículo informa del tipo de régimen de contratación al que se estará sometido. “La incorporación al ejercicio de la función del aspirante seleccionado se efectuará por el procedimiento de la contratación, cuya duración no podrá ser por más de seis meses la primera vez”, mientras que el siguiente artículo deja claro que “la separación del funcionario contratado podrá realizarse en cualquier momento, antes de vencer el plazo de la contratación, cuando se compruebe que carece de condiciones para el ejercicio de las funciones inherentes al cargo de que se trate, por el Presidente de la Junta Departamental previa consulta con la Comisión de Asuntos Internos”.

Finalmente tanto el Presidente como el asesor jurídico aclararon que luego de concluido en contrato por seis meses, se podrá realizar un contrato permanente y más tarde, habiendo previsión presupuestal, podría llegarse a su presupuestación.

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