Entrevista con Maximiliano Muñóz
Este domingo 28 de noviembre se realizarán las elecciones del BPS para Pasivos, Activos y Empresarios donde 61.493 salteños estaremos habilitados para votar en 188 circuitos establecidos en el Departamento. Se trata de una elección obligatoria, de no votar habrá sanciones económicas salvo que justifique su no comparecencia en los siguientes 60 días del acto eleccionario.
- ¿Quién arma el padrón para votar en las elecciones del BPS?
- La Corte Electoral como órgano fiscalizador, participa en lo que es la organización de la elección, también interviene la Junta Electoral en lo que es la designación de los integrantes de Mesa, el Plan Circuital, pero todo se basa en los padrones que entrega el BPS, porque indudablemente la Corte Electoral no tiene los archivos necesarios como para poder decir quién está habilitado y quién no para votar. Esa información surge de los archivos del BPS, que es el órgano que confecciona los padrones y los entrega a la Corte.
- ¿Se trata de una elección obligatoria?
- Sí, para todas las personas que figuran como habilitadas es una elección obligatoria, si no vota tiene la posibilidad de justificar, como lo establece nuestro sistema electoral, y en caso de no hacerlo está establecida una sanción económica que, en el caso de los Activos, es 1 Unidad Reajustable (UR), y para quienes somos funcionarios públicos o profesionales, es el doble. Los Pasivos es 1 UR, y en el caso de la Empresa Contribuyente la multa dependerá de la cantidad de trabajadores que tenga registrados ante el BPS, ahí oscila entre 6 a 20 UR la sanción económica.
Se exceptúa de la obligatoriedad de votar a las personas mayores de 75 años, no quiere decir que no tenga que hacerlo, en ese caso, será la persona la que resuelva por voluntad propia si quiere participar o no. En caso de no participar, no tiene que hacer ningún trámite para justificar por qué no votó, indudablemente tampoco le corresponderá multa. - ¿Cómo puede consultar la gente si está o no en el padrón?
- Hay en la página web de la Corte un buscador habilitado tanto por Credencial Cívica como por Cédula de Identidad, también por datos filiatorios, que te da o no la habilitación. Ya a partir de la semana que viene, ese padrón tendrá cargado el plan circuital.
- ¿El Plan Circuital será el mismo al utilizado en la última elección departamental?
- El padrón de la elección departamental a la del BPS difieren al haber menos votantes. En la elección departamental tuvimos alrededor de 104 mil habilitados, en esta oportunidad serán 61.493 los habilitados para votar en Salto. Por ese motivo, bajará la cantidad de circuitos en el Departamento a 188.
Pasa que como se vota en 3 Órdenes, hemos encontrado alguna dificultad al elaborar este plan al estar distribuido en Activos, Pasivos y Empresas Contribuyentes. Van a funcionar lo que llamamos circuitos puros, que tendrán solo una categoría, y también habrá circuitos mixtos, que trabajarán con dos o hasta con los tres Órdenes. La urna será la misma, pero habrá cuadernetas distintas, habrá sobres membretados dependiendo de la categoría y habrá actas de escrutinios separadas. Serán 3 elecciones en un mismo circuito.
La cantidad de habilitados de Activos, Pasivos y Empresas de la ciudad es la suficiente como para armar un circuito puro que se dedique solamente a ese Orden. En las localidades rurales de menor población no se justifica tener un circuito por cada uno de los Órdenes con los habilitados, entonces se juntan y es lo que forman los circuitos mixtos que trabajará con las 3 categorías. - Es una elección compleja de organizar, ¿pero se alivia por la cantidad de listas presentadas?
- Si, totalmente. Se registraron solamente siete listas, que son dos en la categoría de Activos, tres de Pasivos y dos en Empresas Contribuyentes. De todas maneras, cada persona tiene que tener clara su situación, porque hay quien pertenece a más de un Orden. En ese caso la persona va a tener que emitir más de un voto, que puede ser el caso de alguien que tiene una pensión y es trabajador, ahí tendrá que votar en ambos Órdenes, porque se trata de tres elecciones independientes una de otra, por eso si pertenezco a más de una categoría, tendré que votar tantas veces según la categoría en la que esté.
Otro caso es el de las empresas pluripersonales, que son las que delegan en una persona con un trámite previo que se hace ante el BPS, por lo que una misma persona podrá representar hasta 10 empresas contribuyentes. Entonces, una misma persona puede llegar a emitir 10 votos, teniendo la documentación que lo avale y figurando en el padrón.
- ¿Con qué se puede votar?
- Si bien los padrones los confecciona el BPS, estarán ordenados por Credencial Cívica para todas aquellas personas que estamos inscriptos en el Registro Cívico Nacional. Pasa que ante el BPS también están registrados, ya sea como Trabajadores, como Pasivos o como Empresarios, extranjeros que no tienen Credencial Cívica, entonces el documento que tienen registrado en el BPS es la Cédula de Identidad, entonces vamos a tener Circuitos que vamos a llamar Mixtos, que tiene gente habilitada por Credencial Cívica, en la mayoría de los casos, y algunas excepciones que por no tener Credencial al ser extranjeras, votarán con la Cédula de Identidad, pero el documento en la mayoría de los casos es la Credencial.
- ¿Habrá Voto Observado?
- No hay voto observado interdepartamental. O sea que, si tengo Credencial y estoy registrado en el BPS con un documento de Montevideo, en el Padrón estaré habilitado en Montevideo, acá en Salto no podré votar. En caso que no pueda trasladarse para votar, podrá justificar la no comparecencia en la elección al estar establecidas en la ley las causales de justificación, entre ellas, el no encontrarse en el departamento en el que está habilitado, simplemente que ese día la gente deberá conseguir una constancia de su situación. Para eso sugerimos que concurra a una Seccional Policial para dejar constancia que tenía que votar en Montevideo y ese domingo estaba en Salto, y luego con ese documento hace la justificación, que aprovecho para mencionar que se puede hacer vía online, que es un sistema que a partir de la pandemia vino para quedarse. Así que, pasada la elección, habrá 60 días de plazo para justificar ante la Corte Electoral. Este plazo de justificación vence el 27 de enero.
- En caso de llegar tarde para la justificación si no vota, ¿puede trancarle el cobro del sueldo o de la pasividad o pensión?
- Lo que está establecido es la sanción económica. O sea, si no voté y cuando voy a cobrar me piden la constancia y no lo hice, si no justifiqué en tiempo y forma deberé pagar la multa correspondiente, que puede abonarse en la misma Corte Electoral. También puede abonarse a través de la página con un link que estará habilitado para el cobro de la multa, que es simplemente llenar un formulario donde le darán un código con el que va a cualquier red de cobranza para abonar y con ese ticket que te dan, lo ingresa para terminar el trámite y recién ahí le darán un comprobante.
PERFIL DE MAXIMILIANO MUÑÓZ
Casado, tiene dos hijos. Es del signo de Cáncer.
De chiquito quería jugar al fútbol.
Es hincha de Peñarol.
¿Alguna asignatura pendiente? Viajar.
¿Una comida? El asado.
¿Un libro? Los de suspenso.
¿Una película? Una mente brillante.
¿Un hobby? El fútbol.
¿Qué música escucha? Variada.
¿Qué le gusta de la gente? Poder conocerla.
¿Qué no le gusta de la gente? Que no vaya de frente.
Por: Leonardo Silva