Tras recibir una denuncia anónima respecto a una vivienda ubicada en las calles Porto Alegre y Yaguarón, donde se estarían comercializando estupefacientes y armas, se puso en marcha una investigación.
Se llevó a cabo un allanamiento en el lugar de donde se incautó:
• 7.230 pesos uruguayos, 687 reales y 8 dólares.
• Tres celulares.
• Un revólver calibre 32 con tres cartuchos (número de serie limado).
• Marihuana para su comercialización y semillas de cannabis.

Por otra parte, en el exterior de la casa se ubicó:
• 158,4 gramos de clorhidrato de cocaína.
• Una balanza de precisión.
• 93,2 gramos de marihuana.
A su vez se incautaron una moto y un auto de origen brasilero, que serían utilizados para la distribución de las sustancias, al tiempo que se detuvo a un hombre de 30 años y una mujer de 24 años, ambos sin antecedentes penales.
Puestos a disposición de la Justicia se condenó a P.N.C.S. «como autor penalmente responsable de un delito continuando de suministro de estupefacientes previsto en el Art. 34 al 35 bis del Decreto Ley 14.294 en la redacción dada por el Art. 3 de la Ley 17.016, en la modalidad de suministro (Arts. 54, 58, 60.1, del Código Penal), y un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones (Art. 9 de la ley 19.247), en régimen de reiteración real, a la pena de cuatro años y tres meses de penitenciaría».
Respecto a la mujer se le dispuso como medida limitativa el arresto domiciliario de 24 horas «conforme a lo dispuesto por el Art. 221 literal I, bajo supervisión policial, por el término de 90 días, (…) por la presunta comisión de un delito continuando de suministro de estupefacientes previsto en el Art. 34 al 35 bis del Decreto Ley 14.294 en la redacción dada por el Art. 3 de la ley 17.016, en la modalidad de suministro (Arts. 54, 58, 60.1, del Código Penal), y un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones (Art. 9 de la Ley 19.247), en régimen de reiteración real, sin perjuicio de su modificación , sustitución , cese y o prórroga que se pudiere solicitar por las vías legales correspondientes».
Fuente: Dirección de Investigaciones Zona III – Rocha