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martes, 12 de agosto de 2025
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Mujer que simuló un copamiento en establecimiento rural de PARAJE Pepe Núñez cumplirá condena en libertad

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El pasado lunes 8 de marzo, próximo a la hora 8:00, en un establecimiento ubicado en el Paraje Pepe Núñez, una persona (femenina) mayor de edad denunció que, en momentos en que se encontraba en la finca, ingresaron dos desconocidos, quienes, mediante amenazas, agresiones físicas y exhibiendo un arma blanca, se llevaron una suma importante de dinero en moneda extranjera, propiedad de su actual pareja; un celular marca Samsung, modelo Galaxy J7; un perfume de dama; un anillo de plata y oro; un cuchillo de 30 cm. de hoja,; tarjetas de débito, entre otros objetos familiares, dándose a la fuga y dejando a su vez, un total desorden en el interior de la casa. Personal del Departamento de Seguridad Rural perteneciente a la Dirección de Información Táctica de la Jefatura de Policía de Salto, a fin de esclarecer lo sucedido, realizó varias averiguaciones, llegando a detectar algunos aspectos que, rápidamente, hicieron presumir que se estaría frente a una simulación, surgiendo, además, desde un primer momento, que el hecho no tendría elementos convincentes y, por ello, se profundizaron las indagatorias a la denunciante, quien, al final confesó que elaboró una versión teatralizada sobre lo sucedido, recuperando el dinero, el cual, se encontraba en el interior de una maleta pronta para viaje.


El día viernes, una vez culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno, se dispuso: «condenar a la femenina de iniciales L.B.T.D.L.S., como autora responsable de un delito de simulación de delito, a la pena de veinte (20) meses de prisión, sustituyéndose por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: 1). Residencia en su domicilio denunciado; 2). Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A; 3). Presentación en la seccional Policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; 4). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 horas por el término de 30 días diarias; y 5). Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que determinen en el plan de intervención».

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