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Salto que arde: Entre el gigante que despierta y las chispas del tablero político

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Arrancamos a minutos, no te distraigas porque esta semana pasó de todo. Entre aperturas históricas, líos judiciales y un clima político que quema, te resumimos lo que dejó la semana en el norte.

La Central Hortícola: El gigante abre sus puertas

¡Habemus fecha! La espera para el gigante del norte se termina. El próximo lunes 27 de abril comienza oficialmente la mudanza de los operadores hacia la Central Hortícola del Norte. Un hito para la producción local que promete dinamizar la economía regional. ¡A producir se ha dicho!

Justicia para el ciudadano y ruido en la Intendencia

En el plano legal, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) dio un fallo histórico: declaró ilegales las multas en Salto donde se incautaba el vehículo para forzar el pago, por no respetar el debido proceso. Un «golazo» para los derechos ciudadanos.

Mientras tanto, en la Intendencia saltan chispas. Se denunció ante Fiscalía el presunto desvío de 200.000 dólares en canastas de materiales. El cálculo es amargo: son unas 17 casas que hoy no se sabe dónde están.

El tablero político está que arde

La política local no da respiro. Malakina dio el portazo a la Coalición Republicana y se retiró del Frente Amplio denunciando persecución; un movimiento que sacude las estructuras. Por otro lado, el edil Mario Furtado no se guardó nada: aseguró tener «balas guardadas» y denunció un lobby empresarial que manejaría los hilos en la Comuna. Aquí, nadie se salvó.

Realidad partida: Barrios privados y asentamientos

Salto vive una realidad de contrastes. Por un lado, ya es ley departamental la habilitación de barrios privados. Por el otro, la cara dura del departamento: el 5% de los salteños aún vive en asentamientos. La nota de esperanza llega con el Plan Avanzar en «La Amarilla» y «El de Franza», donde casi 100 familias están a punto de recibir las llaves de sus viviendas nuevas.

Crónica de una semana brava

La violencia también marcó la agenda. Un cuidacoche terminó en CTI tras una agresión por parte de adolescentes del INAU, hecho que ya inició una investigación administrativa. En el ámbito educativo, la locura llegó a los liceos 5 y el IPOLL con amenazas de tiroteo. Resultaron ser «desafíos» de redes sociales. Mucha precaución con lo que se publica en internet, ¿no les parece?

Nueva Normativa de Aduanas Uruguay 2026: Guía completa de Franquicias y Compras Web

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Descubre los cambios clave en el régimen de compras por internet en Uruguay a partir de mayo de 2026. Conoce el nuevo tope de 800 USD anuales, la aplicación del IVA del 22%, las excepciones para envíos desde Estados Unidos (TIFA) y cómo aprovechar la nueva flexibilidad de los tres envíos permitidos. Mantente informado con este resumen detallado para ciudadanos y compradores frecuentes.

Descubre los cambios clave en el régimen de compras por internet en Uruguay a partir de mayo de 2026. Conoce el nuevo tope de 800 USD anuales, la aplicación del IVA del 22%, las excepciones para envíos desde Estados Unidos

Informe a la Comunidad: Transformación del Régimen de Compras Web en Uruguay
A partir del 1 de mayo de 2026, el escenario para las compras por internet en Uruguay experimentará un giro significativo bajo la implementación del Decreto Nº 50/026. Esta nueva normativa no solo ajusta cifras, sino que redefine la manera en que los uruguayos interactuamos con el comercio electrónico global, buscando un equilibrio entre el beneficio del consumidor y la formalización tributaria.

Un cambio en la filosofía de compra

Durante años, el sistema de franquicias permitió traer hasta tres paquetes anuales con un tope total de 600 USD sin pagar impuestos. La nueva reglamentación propone un alivio en el tope económico, elevándolo a 800 USD anuales. La gran innovación es la flexibilidad de este cupo: ya no es necesario que cada paquete sea menor a 200 USD para entrar en la franquicia; ahora, el ciudadano puede decidir si gasta sus 800 USD en un solo envío de alto valor o si los distribuye en hasta tres encomiendas a lo largo del año civil.

Sin embargo, esta mayor libertad viene acompañada de una nueva responsabilidad fiscal: la aplicación general del IVA del 22%. A diferencia del pasado, donde la franquicia significaba «cero impuestos», ahora significa «exoneración de aranceles de importación», pero manteniendo el aporte del IVA, lo que encarecerá el costo final de los productos en comparación con el sistema anterior.

Alianzas estratégicas y exoneraciones

Un punto vital del relato normativo es el papel de los tratados internacionales. Existe una ventana de beneficio para las compras provenientes de países con los que Uruguay mantiene acuerdos comerciales específicos, siendo el más relevante Estados Unidos a través del marco TIFA (Trade and Investment Framework Agreement). En estos casos, es posible quedar exonerado incluso del pago del IVA, siempre y cuando las tiendas internacionales y plataformas de e-commerce realicen un registro formal ante la Dirección Nacional de Aduanas de Uruguay.

El Régimen Simplificado: El respaldo del 60%

Para quienes superen los 800 USD anuales o realicen más de tres envíos, el sistema mantiene el Régimen Simplificado como una válvula de escape. Este permite seguir importando artículos de hasta 800 USD por vez, sin límite de cantidad de envíos anuales, abonando una tasa única y cerrada del 60% sobre el valor de la factura. Es la opción ideal para quienes ya agotaron sus beneficios de franquicia pero desean continuar adquiriendo productos del exterior de forma ágil.

Conclusión

¿Podemos decir entones que todas las compras en TEMU y otros portales de China sufrirán un aumento del 22%(tasa actual para el IVA) y que, por el momento, sólo las compras realizadas en Estados Unidos estarán exentas de IVA?

No, ya que sólo es parcialmente correcto, pero con matices muy importantes que han surgido en la reglamentación final del Decreto Nº 50/026.

Validación punto por punto para que no tengas sorpresas al momento de comprar:

1. Compras en China (Temu, AliExpress, etc.)

Correcto. Efectivamente, las compras que provengan de China (y cualquier país sin acuerdo comercial con Uruguay) pasarán a pagar el 22% de IVA de forma obligatoria. Ya no existirá la «franquicia 0%» para estos orígenes. Este es el motivo por el cual en la prensa se le ha apodado como el «Impuesto Temu«.

2. Compras en Estados Unidos

Ojo aquí. No es automático que todas las compras de EE. UU. estén exentas. El decreto establece que para no pagar IVA bajo el acuerdo TIFA:

  • El origen debe ser EE. UU. (esto se mantiene).
  • Requisito de Registro: Los vendedores (ej. Amazon, eBay) o las plataformas digitales deben estar registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) de Uruguay.
  • Si el vendedor no se registra: Aunque el paquete venga de Miami, si la tienda no hizo el trámite de registro en Uruguay, deberás pagar el 22% de IVA.

3. Origen vs. Procedencia

Muy importante. La Aduana controla la procedencia y el vendedor. Si compras en una tienda china (como Temu) pero el paquete hace escala en EE. UU., sigue considerándose una compra a China y pagará IVA. Para estar exento, el vendedor debe ser estadounidense y estar registrado.


Resumen de validación

Tu afirmaciónEstadoDetalle clave
Aumento del 22% en portales de ChinaCorrectoEs el cambio principal para frenar el aluvión de paquetes asiáticos.
EE. UU. está exento de IVAIncompletoSolo si la tienda está registrada ante la Aduana uruguaya.
Verificar origen antes de comprarCorrectoEs fundamental confirmar con tu courier qué tiendas ya están «validadas» para la exoneración.

Dato extra: Recuerda que si compras un «Obsequio Familiar» (debidamente acreditado según la norma), este también podría estar exento de IVA, independientemente del país.

MARIA ALEJANDRINA GONZALEZ MIRANDA (Q.E.P.D.)

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Falleció ayer 17 de abril de 2026, a los 93 años de edad.

Sus familiares y amistades participan con profundo dolor dicho fallecimiento.

Casa de duelo: Santa Rosa 1076.

Sepelio realizado.

Empresa Oliden S.A.

MARIA CRISTINA TEODORO DELGADO (Q.E.P.D.)

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Falleció ayer 17 de abril de 2026, a los 74 años de edad.

Sus sobrinos: Cristian Cáceres y Viviana Silveira, sus sobrinos nietos: Faustino y Josefina, y sus respectivas familias participan con profundo dolor dicho fallecimiento.

Casa de duelo: Bella Vista 2550.

Velatorio: Brasil 731, sala 2.

Sepelio realizado en Cementerio Central.

COMPLEJO VELATORIO RÉQUIEM

Defensa prohíbe a la Armada la cría de ganado

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El Ministerio de Defensa ordenó a la Infantería de Marina cesar actividades ganaderas y de cuidado animal para priorizar tareas de seguridad y patrullaje.

Personal del Ejercito realizando tareas de cuidado animal / Foto: Ejercito Nacional

El Ministerio de Defensa ordena a la Armada cesar actividades ganaderas y de cuidado animal

Según el periodista Leonardo Haberkorn en su artículo para El Observador, el Ministerio de Defensa Nacional ha emitido una directiva contundente hacia la Armada Nacional, específicamente dirigida al Comando de la Infantería de Marina, con el objetivo de profesionalizar la fuerza y centrar sus recursos en las tareas estrictamente militares. La orden administrativa exige el cese inmediato de las actividades de cría de ganado y el mantenimiento de refugios de animales en las dependencias bajo su jurisdicción. Esta medida busca eliminar lo que las autoridades consideran distracciones operativas que alejan a los efectivos de su misión fundamental: la custodia de la soberanía y la seguridad de los espacios estratégicos del país.

La disposición ministerial marca un cambio de paradigma en la gestión de las unidades militares que, tradicionalmente, han utilizado grandes extensiones de campo bajo su custodia para la producción agropecuaria. Según la visión de la actual cartera de Defensa, la dedicación de personal y recursos logísticos al manejo de ganado vacuno, ovino y el cuidado de canes en refugios propios no se alinea con los estándares de una fuerza moderna y especializada que debe priorizar el patrullaje de fronteras y la vigilancia costera.

El fin de las estancias militares y el foco en la operatividad

La práctica de mantener ganado en predios militares tiene raíces históricas en Uruguay, vinculadas originalmente a la autosuficiencia alimentaria de las unidades y al mantenimiento de los campos. No obstante, en el contexto de la Infantería de Marina, estas actividades habían cobrado una dimensión que, a juicio del Ministerio, interfería con el entrenamiento y la disponibilidad del personal para tareas de patrullaje. La orden es clara en cuanto a que los soldados deben estar formándose y operando en el terreno, y no dedicados a tareas rurales o veterinarias que pueden ser gestionadas por otros organismos o tercerizadas.

El Comando de la Infantería de Marina ocupa predios estratégicos donde la presencia de ganado era una constante. La directiva implica ahora un complejo proceso logístico para el traslado o la enajenación de estos animales, asegurando que los bienes del Estado sean gestionados con transparencia. Fuentes cercanas a la cartera señalaron que esta decisión no es aislada, sino que forma parte de una política general de optimización del gasto y del recurso humano dentro de las Fuerzas Armadas, donde cada unidad debe responder estrictamente a sus competencias legales.

Para los especialistas en seguridad, este movimiento es visto como una señal de mayor rigor institucional. La Infantería de Marina ha tenido un rol creciente en el apoyo a la seguridad pública y en el control de fronteras en los últimos años, lo que exige una tropa altamente capacitada y libre de tareas administrativas o de mantenimiento rural que bien podrían definirse como ajenas a la doctrina de defensa nacional.

La problemática del cuidado de los perros y el bienestar animal

Un punto particular de la orden ministerial refiere al cuidado de perros. En diversas unidades del Comando de la Infantería de Marina se habían establecido, de forma más o menos institucionalizada, espacios para el refugio y cuidado de animales, muchas veces alimentados y atendidos por los propios marinos con recursos de la unidad. Si bien estas acciones suelen nacer de una sensibilidad humanitaria del personal, la directiva del Ministerio de Defensa establece que las unidades militares no deben funcionar como refugios de animales domésticos.

La resolución plantea un desafío ético y logístico para la Armada, ya que el retiro de estos animales debe realizarse de manera responsable para no vulnerar las normas de bienestar animal vigentes. Se espera que en las próximas semanas se coordinen acciones con organizaciones de la sociedad civil y con el Instituto Nacional de Bienestar Animal para asegurar que los perros que actualmente residen en las unidades sean reubicados adecuadamente. Esta parte de la orden subraya que la infraestructura de defensa debe estar destinada exclusivamente a los fines para los que fue creada, evitando el uso de insumos públicos en actividades que no están presupuestadas ni autorizadas formalmente.

Área de entrenamiento canino / Foto: Ejercito Nacional

Impacto en la estructura de la fuerza y proyecciones

El cumplimiento de esta orden supone que los oficiales y suboficiales que estaban destinados a la supervisión de estas tareas rurales sean redistribuidos hacia los pelotones de patrulla y vigilancia. Esto refuerza la capacidad operativa de la Armada en momentos donde la presión por un control efectivo de las vías fluviales y de las zonas fronterizas es constante. La liberación de recursos dedicados a la compra de ración, mantenimiento de alambrados y sanidad animal permitirá, teóricamente, una mejor asignación hacia el equipamiento táctico y el mantenimiento de vehículos de patrulla.

A nivel interno, la medida ha generado diversas reacciones. Mientras que algunos sectores dentro de la fuerza ven con buenos ojos la descarga de responsabilidades no militares para enfocarse en la formación técnica, otros advierten sobre el desafío que supone mantener limpios y en condiciones los grandes predios sin el pastoreo de animales. El Ministerio de Defensa, por su parte, sostiene que la prolijidad de los cuarteles y unidades debe asegurarse mediante otros métodos de mantenimiento que no impliquen la gestión de una explotación ganadera paralela.

En definitiva, la orden emitida por el Ministerio hacia el Comando de la Infantería de Marina es un paso firme hacia la centralización de los objetivos de la Defensa Nacional. En un país que debate constantemente el rol de sus Fuerzas Armadas y el uso eficiente de los impuestos de los ciudadanos, la eliminación de las actividades agropecuarias dentro de las unidades operativas se presenta como una medida de transparencia y racionalización administrativa que busca, ante todo, que cada marino cumpla la función para la cual fue formado: proteger a la nación.


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Licitación para rehabilitar Ruta 3 hasta Salto Grande

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El MTOP publicó la licitación para la rehabilitación de la Ruta 3 hacia Salto Grande, con una inversión de US$ 25 millones para mejorar la conectividad regional.

El MTOP licita obras clave para la rehabilitación de la Ruta 3 hacia Salto Grande

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas ha dado un paso fundamental para la infraestructura del departamento de Salto al publicar oficialmente la licitación para la rehabilitación integral de un tramo estratégico de la Ruta 3. Este proyecto, que se extiende hasta el acceso al Puente Internacional de Salto Grande, representa una inversión aproximada de 25 millones de dólares y se enmarca en el plan de fortalecimiento de los corredores viales que conectan al país con la región.

La obra proyectada no solo busca mejorar la calidad del pavimento, sino también elevar los estándares de seguridad en una de las arterias más transitadas del norte uruguayo. El tramo a intervenir es vital para el flujo comercial y turístico, siendo el nexo principal entre la ciudad de Salto, las termas y el cruce fronterizo con la ciudad de Concordia, Argentina.

Detalles técnicos y alcance de la inversión

La licitación contempla la ejecución de trabajos de recuperación de calzada, el ensanche y pavimentación de banquinas, y la adecuación de la señalización vertical y horizontal. Según el pliego de condiciones, se busca una solución técnica de larga duración que soporte el intenso tránsito de carga pesada que caracteriza a esta zona del litoral.

La inversión de 25 millones de dólares forma parte de una estrategia nacional de descentralización de la obra pública. El ministro José Luis Falero ha destacado en diversas instancias que la prioridad de la actual gestión es asegurar que las rutas nacionales no solo lleguen a Montevideo, sino que conecten eficazmente a las capitales departamentales entre sí y con los puntos de salida del país. En este sentido, la Ruta 3 es considerada un corredor bioceánico de hecho, por donde circula gran parte de la producción agrícola y ganadera de la región.

Para los usuarios locales y los transportistas, la rehabilitación de este tramo es una demanda histórica. El estado actual de ciertos segmentos ha sido motivo de preocupación debido al desgaste acumulado por el paso de los años y el incremento del volumen de vehículos. Las obras previstas permitirán reducir los tiempos de traslado y, fundamentalmente, disminuir los riesgos de siniestralidad vial en puntos críticos de la traza.

Un impulso para el turismo y la logística regional

Desde la perspectiva local, la noticia ha sido recibida con optimismo por los sectores vinculados a la producción y el turismo. El acceso a Salto Grande es la carta de presentación para miles de visitantes que ingresan al departamento cada año. Una ruta moderna y bien señalizada es esencial para fortalecer la marca Salto como destino turístico de calidad. Además, la mejora en la infraestructura vial impacta directamente en los costos logísticos de las empresas de transporte que operan en la zona franca y en los parques industriales cercanos.

El proyecto también incluye la adecuación de algunas intersecciones y accesos que actualmente presentan dificultades de visibilidad o de maniobra para vehículos de gran porte. La intervención del MTOP en este tramo se complementa con otras obras que se vienen realizando en la red vial departamental, buscando crear un sistema integrado que facilite la movilidad de los salteños.

Plazos y expectativas de inicio

Con la publicación de la licitación, se abre el período para que las empresas constructoras interesadas presenten sus ofertas técnicas y económicas. Una vez realizado el proceso de apertura y adjudicación, se estima que las máquinas podrían estar trabajando en el terreno en los próximos meses. El plazo de ejecución de la obra será un factor determinante en la evaluación de las propuestas, ya que se busca minimizar las molestias al tránsito durante la temporada alta de turismo.

Esta obra se suma a un paquete de inversiones que el Ministerio de Transporte viene ejecutando en todo el territorio nacional, con un énfasis particular en el mantenimiento de la red vial primaria. Para Salto, la concreción de este proyecto significa un avance hacia la modernización de sus conexiones internacionales y un respaldo al desarrollo económico del departamento. La comunidad local permanecerá atenta al avance del proceso licitatorio, entendiendo que la Ruta 3 es, en definitiva, el camino hacia el crecimiento de la región norte del país.

Crisis en INAU: Remueven al Director de Adopciones

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El INAU desplazó a Darío Moreira tras críticas por desajustes en la gestión y decisiones polémicas. Nair Ramos asumirá la conducción del área de Adopciones.

Reestructura en INAU: Remueven al director del Área de Adopciones por fallas en la gestión

El Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) resolvió en las últimas horas el desplazamiento de su cargo del director del Área de Adopciones, Darío Moreira. La medida, que responde a lo que fuentes institucionales definieron como desajustes y malas decisiones en el ejercicio de su función, marca un punto de inflexión en una de las reparticiones más sensibles del organismo. En su lugar, el instituto ha designado a la educadora social Nair Ramos, quien cuenta con una trayectoria de diez años de labor en el programa Cercanías, para liderar una etapa de reestructura que busca devolver la confianza y la agilidad a los procesos de integración familiar.

El detonante de la decisión

Si bien el malestar en torno a la gestión de las adopciones venía gestándose desde hace meses, hubo situaciones puntuales que terminaron por precipitar la salida de Moreira. Uno de los hechos con mayor repercusión pública fue el caso de Itzaé, una bebé que permaneció durante ocho meses bajo el cuidado de una familia adoptante mediante una tenencia administrativa firmada por el propio Moreira. Sin embargo, una resolución judicial posterior determinó la separación de la niña de ese entorno para ser entregada a un tío biológico que viviría con sus hermanos. Este tipo de marchas y contramarchas administrativas pusieron en tela de juicio los criterios técnicos y la celeridad con la que se manejan los expedientes que afectan directamente la identidad y el vínculo afectivo de los menores.

A esto se sumaron recurrentes denuncias de parejas y familias que integran el Registro Único de Adopción. Muchos de estos aspirantes manifestaron haber transitado procesos de espera de varios años, cumpliendo con todas las instancias de evaluación, para finalmente recibir notificaciones que los calificaban como incompatibles con los perfiles de los niños disponibles, sin argumentos sólidos que justificaran tal demora o cambio de criterio. Estas inconsistencias generaron un clima de incertidumbre que el Directorio, encabezado por Guillermo Fossati, decidió cortar mediante el relevo del jerarca.

Un sistema en el ojo de la tormenta

La realidad del sistema de adopciones en Uruguay sigue siendo un desafío estructural que trasciende los nombres de quienes ocupan las direcciones. Según datos actualizados, hoy existen 564 niños y adolescentes bajo la órbita del INAU que están a la espera de encontrar una familia. No obstante, la complejidad del problema radica en que el 90% de este universo presenta características que dificultan su inserción: se trata de niños mayores de siete años, grupos de hermanos que no deben ser separados o menores que presentan algún tipo de discapacidad o patología crónica.

Esta brecha entre las expectativas de las familias adoptantes —que mayoritariamente buscan recién nacidos o niños pequeños— y la realidad de los centros de acogida es uno de los frentes que la nueva directora, Nair Ramos, deberá abordar. La intención de la administración es agilizar los procesos de valoración de las familias y, al mismo tiempo, trabajar en la sensibilización sobre la importancia de la adopción de niños mayores, buscando que el tiempo de institucionalización sea el mínimo posible.

Desafíos parlamentarios y locales

La remoción de Moreira no ha pasado inadvertida en el ámbito político. El diputado Pedro Jisdonian ha anunciado la convocatoria a las autoridades del INAU y del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) ante la comisión parlamentaria correspondiente. El objetivo no es solo profundizar en las razones de este cambio de mando, sino también pedir explicaciones sobre recientes fallecimientos de menores bajo tutela del Estado y la eficiencia de los controles internos. Por su parte, otros actores políticos, como Robert Silva, han propuesto la creación de la figura del referente para menores, advirtiendo que las fallas en los procesos de adopción actuales vulneran derechos fundamentales consagrados en la Ley de Urgente Consideración (LUC), que precisamente buscaba acortar los plazos legales.

Para nuestra región, esta situación cobra especial relevancia. En Salto, el Registro de Adoptantes cuenta con numerosas familias que siguen con atención estos cambios, esperando que la nueva gestión regionalice de manera más efectiva la atención y brinde respuestas claras. La llegada de Ramos, con su perfil volcado al trabajo de cercanía y territorio, genera la expectativa de que el INAU logre finalmente un equilibrio entre la necesaria rigurosidad técnica y la urgencia humana que cada niño en espera representa. El desafío para la nueva administración será demostrar que el sistema puede ser, ante todo, un puente sólido hacia el derecho a vivir en familia.

Condenas por hurtos en Salto: moto y freezer robados

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Justicia de Salto dictó medidas socioeducativas para un menor y libertad a prueba para un hombre tras robos en Barrio Ceibal y Zona Este. Detalles del fallo aquí.

Personal policial que se encontraba realizando recorridas en barrio Ceibal avistó a dos masculinos que circulaban en moto en actitud sospechosa. Al notar la presencia policial, ambos abandonaron la motocicleta y se dieron a la fuga hacia un campo existente en la zona, logrando los efectivos detener a uno de ellos, tratándose de un adolescente de 15 años de edad.

Consultado el número de motor del vehículo en el Sistema de Gestión y Seguridad Pública, se estableció que la moto, marca Winner, figuraba como hurtada. Posteriormente, en la zona de Salto Nuevo, se logró ubicar y detener al segundo involucrado, un masculino de 29 años de edad.

Enterada Fiscalía, se llevaron a cabo los trámites correspondientes con ambos detenidos.

Finalizadas las actuaciones, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto dispuso que el adolescente fuera declarado autor responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como delito de receptación. Como medida, se le impuso una sanción socioeducativa no privativa de libertad, consistente en su incorporación al Proyecto Miguel Magone de la Obra Social Don Bosco por el término de tres (3) meses, con descuento del tiempo de detención cumplido, sin perjuicio de su eventual modificación, sustitución o cese.

En otro hecho, personal policial concurrió a la zona este de la ciudad por un hurto. Al arribo, se identificó a un masculino de 25 años de edad que transportaba un freezer, estableciéndose que el mismo habría sido sustraído de una vivienda en construcción. En el lugar se hizo presente el propietario del inmueble, un hombre de 34 años, quien radicó la denuncia correspondiente.

Puesta en conocimiento la Fiscalía, se realizaron los trámites de rigor con el detenido. Finalizadas las actuaciones, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto dispuso la condena de E.S.F. como autor penalmente responsable de dos delitos de hurto en régimen de reiteración real, imponiéndole una pena de cuatro (4) meses de prisión.

La misma fue sustituida por un régimen de libertad a prueba (Ley N.º 19.889), debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: fijar residencia en el domicilio denunciado (Refugio ubicado en calle Grito de Asencio N.º 137 de esta ciudad), someterse a la orientación y vigilancia permanentes de la DI.NA.MA., presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente sin permanencia, y realizar servicios comunitarios.

Dichas medidas deberán cumplirse en el marco del Operativo Ciudadela, atendiendo al consumo problemático de estupefacientes, con una frecuencia de tres (3) veces por semana, dos (2) horas diarias, durante el tiempo que dure la condena.

Misas Sábado 18 y Domingo 19 de Abril

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PARROQUIA SAN JUAN BAUTISTA – CATEDRAL

Sábado 18 de abril

  • 07:30 hs. Misa en Catedral
  • 19:00 hs. Misa en Catedral

Domingo 19 de abril

  • 09:00 hs. Misa en Capilla Ntra. Sra. del Luján – Ceibal
  • 09:00 hs. Misa en Capilla Virgen de los 33 – Col. 18 de Julio
  • 11:00 hs. Misa en Catedral
  • 17:00 hs. Misa en Capilla Virgen del Camino
  • 19:00 hs. Misa en Catedral

Capilla Virgen del Camino

  • Venta de tortas a beneficio de la comunidad domingo 19 a las 18:00 hs.

Catequesis

  • Niños primer año en la parroquia comienza el miércoles 22 a las 18:00 hs.

Bingo misionero

  • Sábado 25 de 15:00 a 18:00 hs. – Casa Diocesana

PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN.-

SÁBADO 18 DE ABRIL

  • H. 08.00. MISA. TEMPLO PARROQUIAL.
  • H. 16.00. MISA. Cdad. SAN ISIDRO LABRADOR. (Tropezón)
  • H. 17.00. MISA.- Cdad. NIÑO JESÚS DE PRAGA. (Saladero)
  • H. 17.30. Celebración de la Palabra. Cdad. SANTA ROSA DE LIMA. (San Antonio)
  • H. 17.30. MISA. Cdad. SANTA MADRE TERESA DE CALCUTA. (B. Albisu)
  • H. 19.00. MISA. Cdad. MARÍA AUXILIADORA. (Corralito)
  • H. 19.00. MISA. TEMPLO PARROQUIAL.

DOMINGO 19 DE ABRIL

  • H. 08.30. MISA. Cdad. SANTA TERESITA. (Salto Nuevo).
  • H. 09.00. Celebración de la Palabra. Cdad. MARÍA AUXILIADORA. (B. Artigas)
  • H. 09.00. MISA. Cdad. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO. (B. Burton)
  • H. 10.00. MISA. Cdad. VIRGEN DE LOS TREINTA Y TRES.- (B. Uruguay)
  • H. 10.00. MISA. Cdad. SAN MIGUEL. (La Chinita).
  • H. 11.00. MISA. Cdad. DON BOSCO.
  • H. 11.00. MISA. TEMPLO PARROQUIAL.
  • H. 19.00. MISA. Cdad. DON BOSCO.
  • H. 19.30. MISA. TEMPLO PARROQUIAL.

PARROQUIA SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS – CERRO

Misas en Capillas:

San José

  • 19:00 hs. Jueves
  • 10:00 hs. Domingo

San Eduardo y San Carlo Acutis

  • 08:00 hs. Domingo

Ntra. Sra. de Fátima

  • 10:00 hs. Domingo

Templo parroquial

Miércoles

  • 19:00 hs. Misa

Viernes

  • 18:30 hs. Hora Santa
  • 19:00 hs. Misa

Domingo:

  • 19:00 hs. Misa

Un giro histórico en la normativa de tránsito de Salto: El fin de la confiscación como garantía de pago

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La Junta Departamental de Salto modifica el Decreto 6.650/2013 tras fallos de inconstitucionalidad. Se prohíbe retener vehículos como garantía de pago de multas.

Salto elimina retención de vehículos por multas de tránsito
Imagen ilustrativa / Generada por AI para EL PUEBLO.

Un giro histórico en la normativa de tránsito de Salto: El fin de la confiscación como garantía de pago

La realidad jurídica de Salto ha experimentado una transformación profunda a raíz de la reciente decisión de la Junta Departamental, que eleva un Proyecto de Decreto destinado a sanear las irregularidades señaladas por la Suprema Corte de Justicia. Este movimiento legislativo no es un hecho aislado, sino la culminación de un proceso de cuestionamiento constitucional que tuvo como hito la Sentencia Nº 776 del 23 de junio de 2025. El detonante fue la acción de inconstitucionalidad promovida por un particular contra los artículos 1 y 2 del Decreto con fuerza de Ley Nº 6.650/2013. Aquella normativa, que durante más de una década permitió a la Intendencia de Salto retener vehículos particulares hasta que se cancelaran las multas, ha sido finalmente desmantelada para dar paso a un procedimiento respetuoso de las garantías individuales y del derecho de propiedad.

Los fundamentos de un cambio necesario y el precedente de la Corte

La Comisión de Legislación y Reglamento, tras un exhaustivo estudio que incluyó informes de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) y consultas a otras Juntas Departamentales, determinó la necesidad de revisar la normativa vigente. El fallo de la Suprema Corte de Justicia fue tajante: se declaró la inconstitucionalidad de los artículos que exigían el previo pago de la multa para la devolución de un vehículo incautado. Aunque la sentencia se aplica inicialmente al caso concreto del demandante, sentó un precedente ineludible que obligó al Gobierno Departamental a modificar su artículo 1º y derogar íntegramente los artículos del 2 al 5 del decreto original.

Este ajuste normativo resuena directamente con la doctrina que el Dr. Ignacio Supparo ha defendido en las columnas de este diario. El punto central de la discordia radicaba en que la administración municipal utilizaba el vehículo como una suerte de «rehén» económico. Según la visión jurídica alineada con este cambio, la potestad de la Intendencia debe limitarse a sancionar la conducta del infractor, pero carece de legitimación para ejercer una apropiación de hecho sobre un bien privado con fines meramente recaudatorios. El nuevo texto legal busca precisamente separar la infracción de tránsito de la privación de la propiedad, devolviendo el equilibrio entre la autoridad y el ciudadano.

El nuevo procedimiento en controles de alcoholemia

El Decreto recientemente aprobado establece un protocolo administrativo claro para los operativos realizados por la División de Tránsito, siempre bajo el paraguas de la Ley Nº 18.191. En caso de detectarse una espirometría con resultado positivo, el procedimiento se desglosa de la siguiente manera:

  • Se debe confeccionar el «Acta de Intervenido de Espirometría» en dos vías, entregando una al examinado y reservando otra para la Administración.
  • Se procede al retiro de la Licencia de Conducir, la cual será derivada al Gobierno Departamental que corresponda.
  • Si el conductor es extranjero, se notificará la sanción a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y las oficinas consulares pertinentes.
  • El ciudadano mantiene su derecho a solicitar una prueba de contraste en caso de discrepancia con el resultado inicial, conforme al Decreto 285/16.

Una de las modificaciones más sustanciales es la gestión de la movilidad en el lugar del operativo. El individuo afectado queda inhibido de conducir inmediatamente. Sin embargo, si existe un acompañante habilitado para conducir, este podrá retirar el vehículo en el momento, siempre que su propia espirometría sea negativa y firme una declaración jurada. Este mecanismo evita la incautación innecesaria y el traslado del vehículo a depósitos municipales cuando existe una alternativa segura y legal.

La guarda del vehículo y la responsabilidad del Estado

En situaciones donde el conductor se encuentre solo o sin un acompañante responsable, el nuevo decreto prevé la intervención de la autoridad policial para salvaguardar la integridad del individuo. En estos escenarios, el vehículo permanecerá inmovilizado por el cuerpo inspectivo durante un plazo de treinta minutos. Si tras ese lapso no se presenta nadie autorizado para retirar la unidad, el vehículo quedará bajo la guarda de la Administración.

Un cambio fundamental introducido es la responsabilidad civil que asume la Intendencia. El Artículo 7 establece que el Gobierno Departamental será responsable por cualquier daño que el vehículo pueda sufrir mientras se encuentre bajo su custodia en los depósitos oficiales. Esto impone un estándar de cuidado mucho más alto a la administración, que ahora debe garantizar condiciones adecuadas de conservación para los bienes incautados. Además, se aclara que la reglamentación del funcionamiento de estas guardas será competencia del propio Gobierno Departamental.

Libertad de retiro y el fin de las barreras económicas

El corazón de esta reforma se encuentra en el Artículo 8, que desmantela el sistema de «pago por liberación». A partir de ahora, cualquier persona que acredite la propiedad del vehículo mediante la mera exhibición de documentos en sede administrativa podrá retirarlo bajo recibo de conformidad. El texto es rotundo: no será exigible el previo pago de la multa, costos, tasas ni ningún gravamen como condición para la devolución.

Este nuevo paradigma se aplicará no solo a casos de alcoholemia, sino también a conductores inhabilitados, personas con libretas suspendidas o menores de edad que conduzcan vehículos sin la habilitación correspondiente. En el caso específico de menores con espirometría positiva, se establece además la intervención inmediata de la Justicia a través de la autoridad policial. Asimismo, el procedimiento rige para cualquier persona cuya capacidad de conducir esté afectada por el consumo de estupefacientes o psicotrópicos.

Finalmente, el decreto estipula que el dinero recaudado por las multas deberá destinarse específicamente a financiar los planes de prevención y control de tránsito, incluyendo gastos de inspectores y servicios de apoyo policial. Con la derogación de los artículos 2 al 5 del Decreto 6.650/2013 y de toda norma que se oponga a este nuevo esquema, Salto cierra un capítulo polémico de su historia administrativa. El mensaje es claro: la seguridad vial es una prioridad, pero la recaudación no puede ser el pretexto para vulnerar la Constitución. La ciudad se encamina así hacia una fiscalización más justa, donde la sanción pecuniaria sigue su curso administrativo sin secuestrar el derecho de propiedad del contribuyente.