ELECCIONES INTERNAS

Elecciones Internas de los partidos políticos

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Este próximo domingo 30 de junio, los uruguayos somos convocados por el mandato constitucional y leyes reglamentarias a las elecciones internas de los partidos políticos, que, como se sabe, solo son obligatorias para los partidos políticos y no para los ciudadanos habilitados para votar.

La jornada de votación ese día estará marcada por un horario amplio, comenzando a las 8:00 horas y finalizando a las 19:30 horas.

QUÉ SE ELIJE

En las elecciones internas se eligen los candidatos presidenciales únicos por partido y los integrantes de los órganos deliberativos nacionales y departamentales. Habrá dos tipos de hojas de votación:

A) Una contendrá el precandidato a la Presidencia de la República y la lista de candidatos, titulares y suplentes para el Órgano Deliberativo Nacional.
B) La otra incluirá la lista de candidatos, titulares y suplentes para el Órgano Deliberativo Departamental.

HABILITADOS PARA VOTAR

Estarán habilitadas para votar todas las personas cuyas inscripciones cívicas hayan sido aceptadas hasta el 1° de abril de 2024, y que tengan dieciocho años de edad el día de las elecciones internas. Por esta razón, algunas personas que tramitaron su credencial (el período de inscripción cerró el 15 de abril) no estarán habilitadas para votar esta vez. En cuanto a los traslados, aquellos que hayan realizado el trámite cercano o después del 1º de abril podrán votar con la antigua credencial. Las nuevas inscripciones y los traslados quedarán vigentes para las próximas elecciones nacionales.

DÓNDE VOTAR

Podrá conocer el número de circuito que le corresponde y la dirección del mismo utilizando el buscador disponible en el sitio web de la Corte Electoral o consultando el padrón publicado en este suplemento. La búsqueda se puede realizar ingresando la serie y número de credencial.

Circuitos urbanos y suburbanos

Los electores deberán pertenecer siempre al circuito correspondiente.

Circuitos rurales

En estos circuitos podrán votar aquellos electores cuya inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y que exhiban su credencial cívica.

Circuitos accesibles

Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria y deban votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad podrán sufragar en un circuito declarado accesible dentro de la serie correspondiente, siempre que presenten su credencial cívica. En este caso, se tomará el voto como observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación y observación como declaración jurada. Puede verificar qué circuitos son accesibles en los planes circuitales.

Voto de personas con traslado de credencial no concluido al 1º de abril de 2024

Las personas en estas circunstancias deberán votar en el circuito correspondiente a la credencial que tenían antes de solicitar el traslado. La presentación del certificado expedido por la Oficina Inscriptora solo confirma que el traslado está en proceso y no les permite votar en el circuito de la serie a la cual trasladaron su credencial. No se aceptarán votos observados por estar fuera del departamento.

CÓMO VOTAR

El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales, donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También estará presente un funcionario facilitador al que el votante podrá acercarse si necesita asistencia.

La credencial cívica es el único documento válido para votar. Aquellos que no la tengan físicamente podrán renovarla presentando la antigua credencial, la cédula u otro documento con foto y nombre completo, además de pagar $200 en efectivo al momento del trámite. Este trámite puede realizarse en cualquier oficina electoral departamental sin necesidad de cita previa, en cualquier momento, incluso fuera del período de inscripción.

Votantes que no presenten la credencial

Deben dirigirse al circuito correspondiente, proporcionar su nombre, apellido, serie y número de credencial si lo recuerdan, y deben figurar necesariamente en el padrón o cuaderno de hojas electorales para poder votar en estas circunstancias.

Los electores no videntes o físicamente imposibilitados pueden ser acompañados al cuarto secreto por una persona de su confianza o un miembro de la comisión receptora de votos, si así lo desean.

Hojas de votación en los circuitos

La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será responsabilidad de los partidos políticos, a través de sus delegados encargados de abastecer los circuitos durante la jornada electoral. En caso de que el votante no encuentre la hoja de su preferencia, podrá retirarse sin votar y volver en otro momento. Dado el alto volumen de hojas de votación, se recomienda al elector concurrir con la hoja de su preferencia. En esta elección, el voto será secreto pero no obligatorio, por lo que no se extenderán constancias de voto.

(Fuente: Corte Electoral y EL PUEBLO)

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