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jueves, abril 10, 2025
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Referéndum: 104.046 son los habilitados para votar en Salto

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Con Maximiliano Muñóz, Jefe Departamental de la Corte Electoral

Este domingo se viene llevando a cabo la votación del referéndum sobre 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración, donde 104.046 salteños estaremos habilitados para votar en 276 circuitos establecidos en el Departamento. Se trata de una instancia obligatoria, de no votar habrá sanciones económicas salvo que justifique su no compa-recencia en los siguientes 30 días a partir del martes 29 de marzo.

  • El final del año pasado fue muy intenso para la Cor-te Electoral, ¿qué balance hace de lo trabajado en Sal-to en las diversas instancias que debieron atender?
  • Tal como usted menciona tuvimos a nivel de la Corte Electoral un segundo semestre bastante intenso, agitado, porque indudable-mente todavía estamos su-friendo las consecuencias de lo que es la pandemia del COVID, donde durante casi por un año y medio varias actividades, entre ellas muchas elecciones que estaban programadas por es-tar establecidas por ley, no se pudieron realizar, y toda esa actividad postergada se retomó a partir de julio o agosto de 2021, y eso provocó que ese semestre fuera una seguidilla de actividades eleccionarias que en muchos casos la organización y su desarrollo fueron de manera simultánea, y sin duda que hubo que ponerle mucho esfuerzo, optimizar recursos tanto materiales como humanos para poder bancar todos los frentes

En algunos casos costó un poco más. Recuerdo lo que fue la elección universitaria, que fue bastante compleja por sus propias características. Antes tu-vimos lo que fueron las elecciones del Colegio Médico, la de los docentes de ANEP, finalizando el año con el BPS, que también fue una movida importan-te. En definitiva, el balan-ce fue positivo, pensamos que se estuvo a la altura de las circunstancias. Tuvimos unos pocos días de licencia para recargar las pilas para afrontar este nuevo desafío que tenemos este domingo (hoy).

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  • ¿Habrá un circuito más que en las elecciones departa-mentales de setiembre de 2020?
  • Exactamente. Si tomamos como referencia la última elección departamental y municipal de setiembre del 20, crece un circuito, pasa-mos a tener 276 circuitos en el departamento con un total de 104.046 habilitados para votar.
  • Sabemos que el voto es obligatorio, ¿hay alguna edad que permita liberarse de esa obligación?
  • No, el voto es obligatorio para todas las personas ins-criptas en el Registro Cívico Nacional. La confusión creo que surge de la elección del BPS, que dentro de su legis-lación interna se establece que las personas mayores a 75 años quedan eximidas de la obligación de votar, pero eso únicamente se aplica para la elección de autori-dades del BPS. En las demás elecciones, sean internas, nacionales, balotaje, depar-tamentales e inclusive en estos actos de referéndum o plebiscito, según sea el caso, siempre será de carácter obligatorio, de lo contrario está establecida la sanción económica. También vale mencionar que la gente tiene la posibilidad, en el caso de no poder concurrir a votar por una causal que se pueda demostrar, poder hacer el trámite de justifica-ción del no voto.
  • Recordemos a cuánto as-ciende la multa.
  • La multa para el ciuda-dano en general es de una unidad reajustable (UR), en el caso de ser funciona-rio público o profesional asciende a dos UR.
  • En el caso de justificar la ausencia en no ir a votar, ¿a partir de qué fecha se pue-de realizar dicho trámite?
  • El plazo para la justificación empieza el martes 29 de marzo y se extiende por 30 días. El trámite se hace a través de la página web de la Corte Electoral, donde la aplicación le pide que llene sus datos en un formulario que le proporciona, se le da un correo electrónico por donde recibirá la respuesta al trámite, y lo único que le pide para finalizar es que se adjunte el comprobante de la causal que se argumenta. O sea, si es por enferme-dad, el certificado médico correspondiente; si es que está afuera del país, puede ser el pasaporte o el certificado de Migración; o si se encuentra radicado en un departamento diferente al de su credencial cívica, generalmente se justifica con una constancia de domicilio que le otorga la policía.
  • ¿Hay voto observado?
  • Observado interdeparta-mental no hay. Están con-templados los casos de voto observado que nuestra ley electoral establece para vo-tar fuera de circuito que son los integrantes de la mesa, las custodias de las urnas, los funcionarios electora-les que estén asignados a circuitos que no sean en el que le corresponden votar y las posibilidades de voto observado pero propio de cada uno de los circuitos de-pendientes de las distintas variantes que tiene nuestro sistema electoral, como es el caso del voto rural.
  • ¿Esta elección es menos compleja de otras?
  • En cuanto a la tarea previa que tenemos que realizar, dentro de aspectos organi-zativos y de desarrollo, es muy similar. En este caso la diferencia con la última elección que cubrimos que fue la del BPS en cuanto a la cantidad de habilitados fue la mitad por lo que el plan circuital era más chico. Pero las tareas que nosotros tenemos que realizar son muy similares en cuanto a despliegue y movimiento de personas. Si nos referimos a lo que es propiamente el escrutinio de lo que va a ser el resultado de este referéndum, entendemos que es mucho más sencillo dado que hay únicamente dos pa-peletas, por Si y por No, más las opciones de En Blanco y Anulado, por ende, entendemos que la comisión receptora tendrá una tarea bastante ágil y los resultados se darán a conocer de manera rápida.
  • ¿El voto en blanco por ser tomado como voto válido suma a la opción del No?
  • Electoralmente ocurre lo nuestras leyes, y en el caso que usted menciona es justamente así. O sea, el voto en blanco siempre está con una opción, pasa que en esta oportunidad de referéndum quienes promocionan el recurso necesitan la mayoría de los votos emitidos, por ende, necesitan expresamente la voluntad de expresión por el Si para llegar a derogar los 135 artículos. Entonces, en la matemática pura, dentro de las papeletas que se sumen al No estarán todas aquellas emitidas en blanco
  • ¿El horario de votación es el mismo de siempre?
  • De 8 a 19.30 con la posibi-lidad que si se llegara a esa hora y todavía hubiese personas esperando para poder votar, la comisión receptora dispone de una hora de prórroga como máximo.
  • En esta oportunidad, ¿las valijas con material y las urnas saldrán y serán recibidas desde un local de la ANEP de calle Osimani y 19 de abril?
  • Se repite lo ocurrido anteriormente cuando en la elección departamental de setiembre del 20 nosotros descentralizamos y tuvimos como base el Mercado 18 de Julio. En esta oportunidad no pudimos repetir el local por diferentes circunstancias y gracias a la buena disposición del Director del Liceo 5, nos cedió el gimnasio porque tenemos un tema de necesidad de espacio físico, porque lamentable-mente nuestro local de calle Treinta y Tres no lo tiene, en referencia a lo que es el almacenamiento de maletas, urnas, cajas de sobres y todo el material necesario para organizar de manera correcta la elección. Por eso últimamente hemos estado descentralizando lo que es la tarea del llenado de las urnas, también la actividad de la jornada electoral, y ya pensando en lo que será el escrutinio departamental que realiza la Junta Electoral, que se llevará a cabo en ese gimnasio.
  • ¿A qué hora comienza la jornada para ustedes este domingo?
  • Tenemos funcionarios bajar a las 3.30 porque a las 4 de la mañana están saliendo la primera urna para la localidad más lejana que es Sarandí de Arapey, y a partir de ahí con determinados horarios dependiendo de las distancias de las localidades del interior, a las 6.30 se distribuye todo el interior del departamento. Tengo entendido que ha habido consultas sobre la habilitación de personas para participar de este referéndum, ¿qué pasó?
  • La fecha de cierre ficto del padrón fue el 8 de diciembre de 2021, fue cuando la Corte llegó a la cantidad de validación de firmas y fijó la fecha del referéndum. Cuando se procede a ese cierre ficto se toman en cuenta los expedientes que fueron aprobados y distribuidos dentro de la Oficina Nacional. Eso significa que la persona que realizó trámites tanto de traslado de domicilio como de inscripciones antes de esa fecha, pero que lamentablemente el trámite no terminó administrativamente, eso implica que no quedaron habilitados. Entonces, habrá gente que se va a encontrar en la situación que va a decir, hice los trámites antes del 8 de diciembre y resulta que no me habilita-ron para votar, eso pasa por lo que le acabo de explicar, el trámite se realizó efectivamente en forma administrativa, pero no se terminó de aprobar ni de distribuir en la Oficina Nacional por lo que no logró su habilitación.

Por eso sugiero que la gente antes de ir a votar, entre a la página de la Corte Electoral y confirme en el padrón su habilitación para poder votar en el referéndum.

  • En ese caso, ¿la Corte otorgará algún tipo de justificación de no voto?
  • A posteriori del referéndum se colgará en la página de la Corte una constancia de no padrón, sirviendo de justificación que esa persona no votó porque no se encontraba habilitada para votar en el referéndum.

PERFIL DE
MAXIMILIANO MUÑÓZ
Casado, tiene dos hijos. Es del signo de Cáncer. De chiquito quería jugar al fútbol.
Es hincha de Peñarol.
¿Alguna asignatura pen- diente?
Viajar.
¿Una comida?
El asado.
¿Un libro?
Los de suspenso.
¿Una película?
Una mente brillante.
¿Un hobby?
El fútbol.
¿Qué música escucha? Variada.
¿Qué le gusta de la gente? Poder conocerla.
¿Qué no le gusta de la gente?
Que no vaya de frente.

Por Leonardo Silva

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