Próximo a la hora 02:30’ de ayer , un usuario se comunica al servicio de emergencia 9-1-1, dando cuenta que en Ruta 3 Km 492, tres masculinos en moto estarían hurtando en la finca de su vecino. Al arribar al lugar se entrevista a la dueña de la casa quien denuncio el hurto de dos motos una Yumbo GSII, una moto Baccio Px 110, una bicicleta color negra y otros objetos, la moto Yumbo GSII fue encontrada por personal Policial abandonada sobre el costado de la Ruta, junto a la bicicleta y otro objetos prontos para llevar. Inmediatamente personal de la Guardia Republicana que hacia recorridas avisto una moto a la cual le dio seguimiento y en Barrio Andresito II, fue interceptada, identificado el conductor de la moto se encuentra requerido por Seccional Tercera de Policía, inspeccionada la moto se trata de moto Baccio PX 110 hurtada. Puestos los hechos en conocimiento al Sr. Fiscal de Turno dispuso “detención del masculino y derivar todo a Investigaciones, acta a los policías actuantes y denunciante”. Se trabaja.
A la hora 18:20’ del día de ayer, en calle Brasil al 1900 una persona mayor de edad denuncio que personas extrañas mediante forzamiento de la reja le hurtaron desde el interior de su casa dos pares de championes. Se trabaja.
El jueves a la hora 02:20, personal Policial concurre a zona del Barrio Artigas, por tentativa de hurto. En el lugar se entrevista a un masculino mayor de edad, quien manifestó que se encontraba descansando y escuchó ruidos, avistando a un masculino de quien aporta nombre y descripción, él cual llevaba su garrafa. Agrega que le dio seguimiento y recuperó la garrafa en la vía pública. Averiguado un testigo concuerda con lo narrado anteriormente. A la hora 04:50 se presenta en Dependencia Policial, el masculino nombrado quien a posterior es puesto a disposición de Fiscalía de Turno. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno dispuso: condenar a I.N.M.B. como autor penalmente responsable de un delito de Violación de domicilio agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de Hurto en grado de tentativa, en reiteración real con un delito de lesiones personales a la pena de 7 (siete) meses de prisión, que se sustituyen por Libertad a Prueba (Ley Nº 19.889) consistiendo sus obligaciones en: A). Residencia en su domicilio denunciado; B). Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; C). Presentación en la Seccional Policial de su domicilio 1 (una) ves a la semana sin permanencia; D). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de realizar las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad. DOS VECES POR SEMANA y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el termino de tres meses; E). Ejercicio de una profesión, oficio, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.