Operación Elcano

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Por datos recabados y analizados por personal de la Dirección de Investigaciones se pudo determinar que en varias viviendas ubicadas en barrios Burton y Martínez Méndez se comercializaba sustancia prohibidas estupefacientes. En la fecha 08 de mayo de 2024, en coordinación con la Fiscalía Letrada de 2do. Turno de Salto, quien solicitó 10 ordenes de allanamientos al Jdo Ldo 4to Turno, personal de Dirección de Investigaciones realizo las diez ordenes de allanamiento en forma simultanea con el apoyo de personal de G.R.T, Brigada Departamental de Seguridad Rural, Brigada Departamental Antidrogas, Centro de Comando Unificado Móvil, Unidad de Drones y Guardia Republicana, contando con la participación de 98 efectivos policiales.

Se procedió a la detención de 11 (once) personas, 5 (cinco) masculinos y 6 (seis) femeninas, dos de ellas menores de edad).

Liliana Castro Automóviles

Se incauto:

  • 16 (dieciséis) “piedras” de pasta base
  • 16 (dieciséis) “tizas” de pasta base
  • varios envoltorios de sustancia vegetal
  • varias dosis de sustancia amarillenta
  • municiones varias
  • una camioneta
  • dos motos
  • dinero en efectivo.

Culminadas las actuaciones en Jdo Ldo 4to Turno de Salto condeno a:

  • el masculino de iniciales D.N.S.F. como autor responsable de un delito de continuado de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas es la modalidad de suministro a la pena de 2 (dos) años y 4 (cuatro) meses de penitenciaria efectiva.
  • A la femenina de iniciales M.C.C.R. como autora responsable de un delito de continuado de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas es la modalidad de negociación a la pena de 3 (tres) años y 2 (dos) meses de penitenciaria efectiva.
  • Al masculino de iniciales K.E.P.L como autor responsable de reiterados delitos de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas es la modalidad de negociación y un delito continuado de contrabando en régimen de reiteración real a la pena de 4 (cuatro) años y 2 (dos) meses de penitenciaría efectiva
  • al masculino de iniciales R.A.P.G como autor responsable de reiterados delitos de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas es la modalidad de negociación, un delito continuado de contrabando y un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones en reiteración real a la pena de 4 (cuatro) años y 10 (diez) meses de penitenciaria efectiva.
  • Al masculino de iniciales P.D.M.C como autor responsable de reiterados delitos de Tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas es la modalidad de negociación, en reiteración real a la pena de 4 (cuatro) años y 8 (ocho) meses de penitenciaria efectiva.
  • Al masculino de iniciales W.R.S como autor responsable de reiterados delitos de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de negociación, en reiteración real a la pena de 6 (seis) años y 6 (seis) meses de penitenciaria efectiva, todos con descuento de la preventiva sufrida y siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento de acuerdo a lo preceptuado por el art. 105 lit. E del CP.

Condeno a la femenina de iniciales C.A.A.P como autora responsable de tres delitos de receptación y un delito continuado de encubrimiento especialmente agravado, en reiteración real; y a la femenina de iniciales A.L.V.M como autora responsable de reiterados delitos de encubrimiento especialmente agravado en reiteración real, ambas a la pena de 24 (veinticuatro) meses de prisión, que se sustituye por libertad a prueba (Ley 19, 889).

Por Sentencia del día de la fecha condenó a las femeninas de 15 y 17 años de edad como autoras de una infracción grave a la Ley penal calificada como un delito de asistencia a las actividades de narcotráfico, a la pena de medida socio educativa en régimen de Libertad Asistida de 3 (tres) años para la menor de 17 años de edad y 2 (dos) años y 6 (seis) meses para la menor de 15 años de edad.

Fuente: Ministerio del Interior

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