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viernes, agosto 29, 2025

Recluso que escribió libro sobre sistema carcelario remitió carta a EL PUEBLO

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A raíz de una nota publicada por EL PUEBLO en su edición del miércoles 11 de mayo, en la página 6, titulada “Recluso escribió libro sobre sistema carcelario y lo utilizó en petición de libertad para redimir la pena”, el preso involucrado, Dr. Gastón Pesce, amparado en el derecho de respuesta que la ley otorga para estos casos, remitió una carta a nuestra Redacción para hacer saber algunos puntos que considera deben ser aclarados sobre el tema.

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LA CARTA

Sr. Director del diario “El Pueblo”. De mi consideración:

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En primer lugar debo decir que me encuentro privado de libertad desde el 20 de octubre del 2005 por un mal llamado ‘crimen pasional’, que en estricto rigor técnico jurídico, se trató en realidad de un “homicidio emocional o provocado”.

Debo aclarar que recién llegué a Salto el 20 de junio del año 2007, tras haber permanecido diez meses en un lugar separado de la cárcel sanducera, sin patio ni salida al exterior, y luego alrededor de nueve meses en el ComCar, hacia donde fui trasladado de un modo completamente clandestino, arbitrario  ilegítimo (acostado en el piso de un furgón policial y fuertemente custodiado, a las 2 de la madrugada del 6 de octubre del 2006, sin haber cometido infracción alguna, sin notificación ni procedimiento previo, y por supuesto, sin notificación alguna a mi defensa, todo lo cual es objeto de nulidad en los autos 798/2007 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo).

De modo que mi experiencia carcelaria (que por mi buena escolaridad como estudiante de Preparatorios arrancó a mis 16 años como secretario de actas del Patronato de la nueva Cárcel de Paysandú, cuando su fundación, en 1976 y se prolongó con más intensidad aún a partir de 1983, en que obtuve mi carnet de ingreso a las dependencias penales en el antiguo Penal de Punta Carretas y continuó todo el país a cabo de un intenso y comprometido ejercicio profesional) simplemente se amplió “desde adentro”, al cabo del largo período que desde “mi caída” se me ha venido haciendo cumplir, lo que dada mi formación y experiencia, representa un bagaje nada desdeñable acerca de lo que nuestro sistema penitenciario realmente es, completamente al margen de lo que debería ser de acuerdo con el derecho aplicable. Y no encontré mejor camino de redención que hacerlo saber mediante el libro que pretendo publicar.

Tampoco es verdad que desde mi llegada a Salto haya permanecido internado en la Chacra Policial. Muy por el contrario, mi pasaje a la misma luego de algunos meses de reclusión en el interior del recinto carcelario (10 en total) fue de inmediato interrumpido ante mi legítima protesta por haber sido degradantemente conducido con esposas a Paysandú cuando por mi conducta, (y méritos) el art. 7º de la Ley Penitenciaria, los tratados internacionales vigentes y aún la reciente Ley de Procedimiento Policial lo prohíben expresamente; y recién pude volver al cabo de un episodio de violencia en que tuve que defenderme a golpes de puño de una agresión interna (por defender a un compañero), con lo cual –para evitar males mayores- la autoridad policial –estimo que con buen criterio- me derivó a este lugar, desde el cual, en un marco más adecuado, pude ir dándole forma, trabajosamente y con escasos medios, a mi proyecto de libro que acabo de entregar el pasado 31 de marzo de 2011 a modo de homenaje a los caídos del Quebracho contra la arbitrariedad y a un aniversario más del suicidio del Presidente (Baltasar) Brum ante el golpe contra las instituciones de la República, lo cual –de alguna manera- se conecta con el contenido y fin que persigue mi propio libro, que es un grito de rebelión civilizada por un cambio en serio, sobre bases que ya están dadas pero que nadie lamentablemente respeta, en desmedro de la plena vigencia de un auténtico Estado de Derecho.

Es verdad que al cabo de 5 años y casi 7 meses (más de 2 de tiempo redimido) aún sin acusación ni beneficio alguno permanezco preso por una pena anticipada, completamente desnaturalizada que solo se (mal) justifica en la conmoción que  generó el caso. Es falso en cambio que desde un principio haya sido alojado en la Chacra Policial de Salto. Y –sobre todo- es falso también que haya pretendido “utilizar” como artilugio la redacción de un libro para intentar, por ese solo medio o recurso, alcanzar mi libertad. Lejos de ello, puesta en vigencia la Ley Nº 17.897 empecé por crear los formularios de control de redención de pena que hoy (inconvenientemente modificados) se usan en todo el país, organicé la primera Oficina de Gestión y Redención de Penas que fue la de Paysandú, destacada por el comisionado parlamentario en sus informes de 2005, 2006 y 2007, he redactado cientos de escritos y decenas de proyectos para los demás reclusos, he intentado al menos en cuatro oportunidades redimir pena por estudio a fin de terminar las tres materias que me restan de Notariado y estudiar computación con resultado siempre negativo, he promovido ya dos proyectos productivos con otros reclusos y voy por el tercero, llevo redactados ya dos libros y voy por un tercero y permanezco suspendido en mi ejercicio profesional en contra del principio de inocencia que aún me ampara, sancionado ya tres veces sin infracción alguna (la última, al cabo de una pesquisa secreta expresamente prohibida por el art. 22 de la Constitución), indebidamente embargado, alejado de todos mis afectos e intereses, a 500 km. de mis hijos y a 120 de mis padres, octogenarios y enfermos (en contra del art. 5º num. 30 del pacto de San José de Costa Rica), al cabo de un proceso penal donde no se me permite el ejercicio cabal de mi defensa que aún, por si fuera poco, ni siquiera ha comenzado.

Y me considero un testigo por demás calificado de la insostenible situación carcelaria del país y sus verdaderas causas, cosa que he tratado de hacer saber al Sr. Presidente Mujica, al Senador Larrañaga, incluso a través de la prensa, sin receptividad alguna hasta la fecha, lo cual adjudico a mi hoy disminuida posición.

Con mucho gusto me explayaría todo lo necesario o aún lo meramente suficiente en torno a todos estos temas para ilustración y utilidad de la opinión pública y de todos aquellos a quienes pudiere corresponder. Pero aunque bien sé que a mi derecho a la libertad de expresión formal y teóricamente lo tengo (art. 29 de la Constitución), la real situación de minusvalía y sometimiento que se deriva de mi condición de “preso” y el estado de permanente “equilibrio inestable” que ello implica, me llevan a sugerirle, si lo cree Ud. de interés, tenga a bien gestionar la venia del Sr. Jefe de Policía y/o de la autoridad judicial, a fin de evitarme amargas y no requeridas represalias. Saluda a Ud. atentamente Dr. Gastón Pesce Echeverz.

N. de R.: Omitimos algunos puntos mencionados en la carta, debido a que se referían a aspectos intrínsecos de la personalidad de la víctima del caso por el cual está procesado el Dr. Pesce, en el entendido de que en la nota publicada por este diario, solo se hizo mención a la publicación elaborada por el recluso y no a la causa por la cual se encuentra en reclusión. Además, EL PUEBLO, amparado en el art. 29 de la Constitución y en la ley Nº16.099 se reserva el derecho de publicar lo que considera pertinente y de interés público.

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