¿Pagar o no pagar? El dilema que la Justicia resolvió

La Suprema Corte de Justicia volvió a marcarle la cancha a la Intendencia de Salto. Esta vez, el fallo impide que la comuna obligue a los vecinos a pagar multas de tránsito para poder poner al día la patente de rodados. Para el Dr. Ignacio Supparo, abogado que ya había enfrentado a la administración local por la incautación de vehículos en espirometrías, esta sentencia es, ante todo, una victoria de la libertad del ciudadano frente al avance del Estado. Según el profesional, el poder público tiene límites claros y no puede inventar mecanismos de presión solo para mejorar su caja.

Meramente ilustrativa. Generada con IA

El tributo no es un garrote

La distinción técnica que hace Supparo es fundamental para entender por qué la Intendencia estaba actuando de forma abusiva. La patente es un impuesto destinado a financiar servicios, mientras que la multa es una sanción para corregir una conducta. Cuando la comuna bloquea el pago de la patente por una multa pendiente, está usando un impuesto como herramienta de castigo. Para el abogado, esto no es eficiencia, es abuso de poder, ya que deja al vecino atrapado en los «tentáculos» de la administración sin importar la naturaleza de su deuda.

La recaída en viejas prácticas

Este escenario no es nuevo para los salteños ni para la Intendencia. En julio del año pasado, Supparo ya había logrado que la Corte declarara inconstitucional la exigencia de pagar la multa para recuperar un vehículo incautado por espirometría. En aquel momento, la administración local, a través del Dr. Jorge Libardi, defendió la medida como constitucional, aunque la Justicia fue clara: se puede incautar, pero no se puede secuestrar el bien para forzar el cobro. Hoy, la historia se repite con la patente: el Estado intenta usar un «atajo» recaudatorio en lugar de ir por las vías legales que corresponden.

El fin de los «medios oblicuos»

Ignacio Supparo
Dr. Ignacio Supparo

Supparo sostiene que la Intendencia debe comportarse como cualquier vecino a la hora de cobrar lo que se le debe. Si alguien no paga una multa, la comuna tiene herramientas como la fiscalización o la ejecución judicial, pero no puede «trabar gestiones esenciales» para forzar el pago integral. El abogado es tajante al afirmar que se le estaba concediendo un privilegio injusto al poder, permitiéndole cobrar deudas de forma indirecta mientras el ciudadano quedaba arrinconado y bajo una coerción permanente.

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¿Autonomía o derecho a presionar?

Uno de los argumentos de la Intendencia de Salto para resistir esta ley era la defensa de su autonomía departamental. Sin embargo, Supparo aclara que la descentralización no le da permiso a nadie para desdibujar categorías jurídicas o crear privilegios que asfixien al contribuyente. El marco constitucional es uno solo y exige respeto por la propiedad y la libertad de la gente. Para el profesional, admitir que una multa impida pagar un impuesto es abrir una puerta peligrosa donde mañana cualquier trámite podría ser bloqueado por cualquier motivo.

Un freno a la voracidad fiscal

A diferencia de la postura del equipo económico municipal, que ve en esto una desmotivación para el infractor, la visión jurídica de Supparo celebra el restablecimiento del equilibrio. El fallo no perdona las multas, que siguen existiendo y deben pagarse, sino que impide que el Estado use «mecanismos de coerción generalizada». Es un recordatorio de que, cuando el poder intenta mezclar funciones para recaudar más fácil, el derecho aparece para poner un freno y proteger al ciudadano de los excesos.

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