Recientemente fue aprobado el Decreto del Ministerio del Interior que crea el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros para los establecimientos o locales dedicados a dar alojamiento u hospedaje en nuestro país. Será una obligación para el personal a cargo de hoteles, pensiones, alojamientos, chacras turísticas, casas de inquilinato y de aquellas cualquiera sea su denominación destinada a hospedaje, requerir los datos filiatorios de los pasajeros o huéspedes y registrarlos en el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros (RIHP), el cual será administrado por el Ministerio del Interior.
Cabe destacar que para el Ministerio de Turismo y Deporte, la creación de este registro permitirá la obtención de información que alimentará la Cuenta Satélite de Turismo, a partir de la cual se puede conocer mejor el mercado turístico, así como facilitar la toma de decisiones.
De acuerdo a lo indicado en el portal de información HOSTELTUR, el Presidente de la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU), Cr. Juan Martínez, “la obligación de hacer esto ya existía pero no se estaba cumpliendo. Antes se hacía una planilla manual de la población flotante que la pasaba a buscar la Policía por cada hotel; en algunos departamentos se mandaban los datos por mail a la Jefatura. Trabajamos con el Ministerio del Interior para mejorar el registro, para que se haga online, y estamos empezando con algunos hoteles de Montevideo: hay una web en la que cargás el registro de pasajeros, que depende del Ministerio del Interior, ya no de las Jefaturas, dentro del Sistema Nacional de Seguridad. El objetivo para el que fue creado es para seguridad, confiamos en que se maneje confidencialmente y no se le dé otros usos”.
Desde el gobierno expresaron que “las personas, al momento de hospedarse, están obligadas a exhibir la documentación personal a efectos del registro, y los propietarios o administradores de los locales también deberán estar registrados en el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros (RIHP), que dependerá operativamente de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol”.
Martínez explicó además que “es un rubro menor de lo que quieren tener como dato; se armó todo un sistema para agregar allí a quiénes se alojan y dónde están y se fijan si hay algún requerido. La fiscalización sí estará a cargo de las jefaturas departamentales por lo que se faculta a la Policía a realizar inspecciones oculares en los locales a fin de comprobar los movimientos de la población flotante y verificar la identidad de los huéspedes o pasajeros. En los casos en los que la Policía compruebe que algún local no cuenta con la habilitación municipal correspondiente, lo comunicará a las autoridades competentes (Intendencia, Dirección Nacional de Bomberos)”, agregó.
El decreto puede descargarse desde
www.turismo.gub.uy
Recientemente fue aprobado el Decreto del Ministerio del Interior que crea el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros para los establecimientos o locales dedicados a dar alojamiento u hospedaje en nuestro país. Será una obligación para el personal a cargo de hoteles, pensiones, alojamientos, chacras turísticas, casas de inquilinato y de aquellas cualquiera sea su denominación destinada a hospedaje, requerir los datos filiatorios de los pasajeros o huéspedes y registrarlos en el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros (RIHP), el cual será administrado por el Ministerio del Interior.
Cabe destacar que para el Ministerio de Turismo y Deporte, la creación de este registro permitirá la obtención de información que alimentará la Cuenta Satélite de Turismo, a partir de la cual se puede conocer mejor el mercado turístico, así como facilitar la toma de decisiones.
De acuerdo a lo indicado en el portal de información HOSTELTUR, el Presidente de la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU), Cr. Juan Martínez, “la obligación de hacer esto ya existía pero no se estaba cumpliendo. Antes se hacía una planilla manual de la población flotante que la pasaba a buscar la Policía por cada hotel; en algunos departamentos se mandaban los datos por mail a la Jefatura. Trabajamos con el Ministerio del Interior para mejorar el registro, para que se haga online, y estamos empezando con algunos hoteles de Montevideo: hay una web en la que cargás el registro de pasajeros, que depende del Ministerio del Interior, ya no de las Jefaturas, dentro del Sistema Nacional de Seguridad. El objetivo para el que fue creado es para seguridad, confiamos en que se maneje confidencialmente y no se le dé otros usos”.
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Desde el gobierno expresaron que “las personas, al momento de hospedarse, están obligadas a exhibir la documentación personal a efectos del registro, y los propietarios o administradores de los locales también deberán estar registrados en el Registro Informático de Huéspedes y Pasajeros (RIHP), que dependerá operativamente de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol”.
Martínez explicó además que “es un rubro menor de lo que quieren tener como dato; se armó todo un sistema para agregar allí a quiénes se alojan y dónde están y se fijan si hay algún requerido. La fiscalización sí estará a cargo de las jefaturas departamentales por lo que se faculta a la Policía a realizar inspecciones oculares en los locales a fin de comprobar los movimientos de la población flotante y verificar la identidad de los huéspedes o pasajeros. En los casos en los que la Policía compruebe que algún local no cuenta con la habilitación municipal correspondiente, lo comunicará a las autoridades competentes (Intendencia, Dirección Nacional de Bomberos)”, agregó.
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El decreto puede descargarse desde
www.turismo.gub.uy
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