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lunes, 28 de abril de 2025
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Los fueros no deben proteger a delincuentes

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Diario EL PUEBLO digital
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En una de las instancias más recordadas y ¨mediáticas¨ para usar un término actual, poco antes de su disolución por parte de la dictadura militar, el parlamento de entonces rechazó un pedido de desafuero al diputado Enrique Erro, acusado por versiones que provenían de informantes del Ejército Nacional y que lo acusaban de haberse integrado al MLN-T Tupamaros, debido a sus furibundas exposiciones.

Esta acusación a Erro, a quien gran parte del parlamento consideraba un ¨revoltoso¨ tenía muchos parlamentarios adeptos, pero sin embargo ganó la posición de rechazo al desafuero y Erro continuó ejerciendo su banca hasta que la dictadura disolvió las cámaras.
Nos viene a la memoria como un hecho en el que más allá de las banderías políticas, el parlamento de entonces hizo jugar el espíritu de la ley que instituyó los fueros parlamentarios precisamente para poner a estos a cubierto de todo intento de persecución por motivos políticos o posiciones antojadizas a los representantes del pueblo.
Es que los fueros son una potestad del cuerpo parlamentario y no de persona alguna.
En nuestros días se han conocido algunas situaciones que nos retrotraen a aquella situación, protagonizada por parlamentarios que están protegidos, durante toda la legislatura por los fueros, que los eximen de concurrir cuando un juez los convoca.
Para nosotros la cuestión es muy clara. Los fueros parlamentarios fueron instituidos (a nuestro entender con total acierto), para protección de los representantes del pueblo, ante mezquinos intereses e intenciones aviesas de quienes se sienten cuestionados o ¨molestados¨ por algunos parlamentarios que hurgan en su accionar.
Por lo tanto, cuando la justicia convoca a un parlamentario por otros motivos, o sea por supuestos delitos o hechos que pueden llegar a constituir delitos comunes el cuerpo no debiera cobijarlos.
Todo lo contrario, para hacer realidad lo que establece la Constitución de la República, de que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley, debieran de ser los primeros en presentarse sin fueros ante el Poder Judicial.
Lamentablemente no siempre ha sido así y en más de una ocasión hemos tenido la impresión que se han cobijado en los fueros para escapar precisamente a la acción judicial, con lo que los fueros los ponen en una situación privilegiada frente a todos los demás uruguayos y en caso que no se le otorgue el levantamiento de los mismos, la Justicia no puede tocarlo, ni aún cuando éste se presente voluntariamente.
Si bien no siempre alguien acusado de un supuesto delito, como puede ser una negligencia o una falta en el tránsito, debe ser llamado delincuente, tampoco es un accionar correcto hacer valer sus privilegios de legislador en casos comunes y corrientes.
Lo hemos dicho varias veces y lo ratificamos nuevamente hoy.

A.R.D.

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