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jueves, 3 de abril de 2025
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Salto

Fallo revocado «en todos sus términos»

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Diario EL PUEBLO digital
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Los árbitros exigirán la acreditación que habilita a miembros del cuerpo técnico a ingresar y permanecer en el área técnica. Sólo pueden dar indicaciones el director técnico o ayudante técnico (en forma alternada)”, lo que sin lugar a dudas determina que sea el árbitro quién controle quienes permanecen en el área técnica, así como las funciones que desarrollan, por la lógica cercanía e inmediatez a los hechos y a estas conductas, y su total imparcialidad en el control. Por supuesto que actuando de oficio o ante el pedido/denuncia de parte, siendo una conducta comprobable y sancionable en el momento de su acontecimiento.

Esto determina asimismo que no sea necesario ingresar a analizar, si efectivamente quien no figuraba como técnico y/o ayudante técnico en el formulario del encuentro dio o no indicaciones y de qué tipo fueron las mismas, pues en todo caso quien debió de relevar estos
hechos es el árbitro del encuentro. Volvemos a insistir en que es una situación por demás difícil, pero en todo caso, estará en los actores de cada encuentro evitar situaciones anómalas al respecto (sea ventajosa o no), denunciando al árbitro si alguna persona que no figura como
técnico y/o ayudante en el formulario, da indicaciones a los jugadores por fuera de las que correspondan a su función en el equipo. Es el árbitro por la inmediatez que posee quien puede más justamente corroborar los hechos.

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Por lo cual, y en base a la normativa citada,  el Tribunal RESUELVE:

HACER LUGAR AL RECURSO INTERPUESTO POR EL CLUB ATLÉTICO PALOMAR CONTRA EL FALLO DEL TRIBUNAL DE LA LIGA SALTEÑA DE FÚTBOL.
2- REVOCAR EL FALLO DEL TRIBUNAL DE LA LIGA SALTEÑA EN TODOS SUS TÉRMINOS, POR LOS FUNDAMENTOS EXPRESADOS.

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