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Está prohibida la caza de especies silvestres, salvo aquellas autorizadas especialmente. Entre las especies habilitadas para la caza se encuentran: perdiz, paloma y ciervo axis con permiso de caza deportiva, cotorra y jabalí de libre caza y nutria y liebre con permiso de caza comercial. No habilitadas son: cardenal, ñandú, mulita, carpincho, venado, entre otras.
Las multas por no cumplir con la normativa de fauna van de 10 a 1500 unidades reajustables dependiendo del tipo de especie, cantidad de ejemplares, forma de caza y lugar. Además se podrán decomisar todos los elementos que se utilicen para la caza y transporte.
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