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viernes, 4 de julio de 2025
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¡LEY TRANS YA!: Una mirada política acerca de la necesidad de una Ley Integral para Personas Trans

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Diario EL PUEBLO digital
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En el marco del Mes de la Diversidad y el tratamiento en el Parlamento de la Ley Integral para Personas Trans, los sectores organizadores de esta instancia de intercambio, comprometidos con el ideal frenteamplista de combatir las desigualdades sociales, abrimos el encuentro a tratar esta temática, a través de un panel donde abordamos la dimensión social, legislativa, jurídica y de derechos humanos que involucra esta ley. ley trans 001
Encontramos coincidencias programáticas y políticas respecto a este tipo de temáticas, entendiendo además que grupos conservadores anti derechos han emprendido una campaña de desinformación en contra de esta ley, por lo cual nos parece fundamental aportar insumos serios y objetivos, de referentes idónees, a quienes estén interesados. El panel estará integrado por la Profesora Collette Spinetti, activista trans e integrante de Casa Grande, la Profesora Manuela Mutti, Diputada por Salto del MPP y la Doctora en Derecho Ana Paula Lechini, Presidente de la Agrupación Humanista Armando Aguirre. Moderando Ramiro Ferreira, Activista LGBT e integrante del Partido Socialista. La misma tendrá la modalidad de charla debate, fomentando el intercambio y promoviendo la participación. Se llevará adelante el día sábado 8 de Setiembre a las19 horas en el Local del Frente Amplio Salto (Uruguay 1372) y será abierta a todo público.
EN LA LUCHA DE LOS DERECHOS POR LAS PERSONAS TRANS
Obtener y mantener un empleo normal es algo que está fuera del alcance de muchas personas transexuales, transgénero y que no se rigen por estereotipos de género.
En algunos casos un empleo fijo tampoco es lo mejor: ya sea que se les acuse de usar el baño “equivocado”, se les acose por no adaptarse a un estereotipo de género en particular, o que sean los únicos a quienes se les niegue el cuidado de salud necesario, los empleados trans a menudo tienen que soportar un trato humillante y políticas injustas todos los días de la semana.
Para las personas trans el empleo es una de las áreas donde encuentran más desafíos en el plano jurídico, y que son más difíciles en lo personal.
El empleo, no obstante, es esencial; muchas personas se definen a partir de su empleo, en el cual invierten mucho de su tiempo. Tampoco pueden sobrevivir o encontrar seguro médico si no tienen empleo.
En una encuesta a personas trans realizada en 2011, el 90% de las personas encuestadas afirmó que había sido víctima de maltrato o discriminación, y el 26% afirmó que había perdido su empleo debido a su identidad o expresión de género.
Ser despedido puede ser la gota que derrama el vaso para alguien que ya tiene problemas con situaciones tensas o abusos desvergonzados en el lugar de empleo.
Los encuestados trans que habían perdido su empleo debido a prejuicios contra ellos tenían cuatro veces más probabilidades de encontrarse sin hogar que los que no perdieron su empleo; el 70% tenía más probabilidades de tener problemas de adicción al alcohol o a las drogas, y el 50% tenía más probabilidades de ser encarcelados. Algunos legisladores federales y defensores de causas LGBTT han trabajado por más de 15 años para que se apruebe la ley contra la discriminación en el empleo (Employment Non-Discrimination Act, ENDA por sus siglas en inglés) que prohibiría la discriminación contra las personas LGBTT a escala nacional. Por mientras, se ha logrado cierto éxito al usar la ley federal contra la discriminación sexual y las leyes estatales sobre discapacidades, para disputar casos de discriminación en los tribunales. Ciertos estados y ciudades también avanzan al crear nuevos reglamentos. En el marco internacional de los derechos humanos todavía no existen definiciones claras y contundentes acerca de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgénero, travestistas e intersex (lgbttti).
Los instrumentos internacionales vinculantes no mencionan directamente aún la orientación o preferencia sexual y la identidad y/o expresión de rol de género.
Sin embargo, conforme se ha ido incorporando al debate de los derechos humanos, y como par-te del cambio social y civilizatorio, ha comenzado a hacerse referencia a la situación de estos grupos de población en declaraciones y procedimientos especiales del sistema de Naciones Unidas por parte de organismos internacionales, en los que se consideran tanto sus condiciones de vida como la falta, reducción o menoscabo que tienen en el acceso y ejercicio de sus derechos humanos. Entre los antecedentes más remotos que plantean el tema de los derechos humanos de las personas trans –aunque cabe aclarar que realizado entre particulares, sin ningún valor resolutivo vinculante–, está la Declaración Internacional de los Derechos de Género, la cual fue aprobada y adoptada el 28 de agosto de 1993 por las y los asistentes a la Segunda Conferencia Internacional sobre Legislación de Transgéneros y Política de Empleo Entre los derechos considerados en esa declaración se ubican: el derecho de las personas a reivindicar la identidad de género, el derecho a la libre expresión de la identidad y el papel del género, el derecho a determinar y modificar el propio cuerpo, y el derecho a un servicio médico competente y profesional.

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