Pensión Especial Reparatoria

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¿ A quiénes alcanzan? ¿Es hereditaria como se sostiene? ¿Cuál es su origen? ¿Por qué el Parlamento entendió en su momento de estricta justicia plantear legislar sobre esta temática?

Este viernes el Presidente de la República Luis Lacalle Pou presentó al Presidente del Frente Amplio Fernando Pereira el anteproyecto de ley sobre la reforma de la seguridad social. Unos días antes, en el Congreso del Herrerismo, uno de los sectores del Partido Nacional, la dirigente María Eugenia Almirón, “pidió revisar en el parlamento la condición de ‘hereditaria’ de las pensiones que reciben los presos de la dictadura militar amparados en la Ley. 18.033”, dice la gacetilla enviada por dicha dirigente a los medios de comunicación, agregando que “tenemos que ponernos a pensar qué vamos a hacer con las pensiones para los Tupamaros, que están hereditarias y creo que eso es injusto para con toda la ciudadanía”.

El tema de la reforma de la seguridad social está en la agenda política del país desde el gobierno anterior, donde desde el hoy partido opositor Frente Amplio se ha intentado incorporar a la discusión la situación de la Caja Militar y las distintas cajas profesionales como forma de buscar una visión integral. Hoy al debate que se viene se agregó la propuesta de la dirigente herrerista de revisar los alcances “hereditarios” de la Ley N° 18.033 de 19 de octubre de 2006, sobre los “ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985”, a la que Almirón trata como “pensiones de tupamaros”.

ALGUNAS PREGUNTAS

Pero, ¿qué establece la Ley N° 18.033? ¿A quiénes alcanzan? ¿Es hereditaria como se sostiene? ¿Cuál es su origen? ¿Por qué el Parlamento entendió en su momento de estricta justicia plantear legislar sobre esta temática?

Para intentar entender parte del universo de las personas alcanzadas por dicha ley, veamos lo que establece su primer artículo. “Quedan comprendidos en la presente ley las personas que, por motivos políticos, ideológicos o gremiales, entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985: A) Se hubieran visto obligadas a abandonar el territorio nacional siempre que hubieran retornado al mismo antes del 1° de marzo de 1995. B) Hubieran estado detenidas o en la clandestinidad, durante dicho lapso, total o parcialmente. C) Hayan sido despedidos de la actividad privada al amparo de lo preceptuado por el Decreto N° 518/973, de 4 de julio de 1973, y lo acrediten fehacientemente. Asimismo, se encuentran comprendidos quienes acrediten su calidad de trabajadores de las empresas clausuradas en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1.026/973, de 28 de noviembre de 1973. Asimismo, se encuentran amparados quienes con anterioridad al 9 de febrero de 1973 y por los mismos motivos indicados precedentemente, fueron detenidos o abandonaron el territorio nacional y retornaron antes del 1° de marzo de 1995, y acrediten fehacientemente dichas circunstancias”.

BENEFICIARIOS DE LA PER

De acuerdo a una “investigación desarrollada en el marco del convenio entre el Instituto de Ciencia Política (FCS-UDELAR) y la Institución Nacional de Derechos Humanos” en 2015, se analizó “el impacto de las leyes vigentes dirigidas hacia ex presas y ex presos políticos” y que lleva por nombre “estudio cualitativo de la Pensión Especial Reparatoria (Ley 18.033)”.

En el mismo, se establece que “el impacto de la PER, está en estrecha relación con una peripecia carcelaria que ocupa un lugar central en el relato de las ex presas y ex presos políticos. Las detenciones reiteradas a partir de 1968, con altos niveles de arbitrariedad y procesos de tortura física, aislamiento y tratos degradantes por un periodo de entre uno y dos meses en el general de los casos, para luego proceder a un periodo de prisión, en muchos casos prolongados. En esta línea hemos encontrado relatos que hablan de un año de prisión y el máximo periodo encontrado ha sido de trece años. También en un sentido general se han mencionado la presencia de violaciones, torturas físicas, y psicológicas. Incluyendo la prolongación de sistemas de control, hostigamiento y presión tanto hacia los presos políticos mediante sanciones, aislamiento y amenazas, así como conductas desarrolladas hacia las familias durante todo el período de cárcel”.

“Luego de la prisión podemos ordenar los impactos en dos ejes presentes en la gran mayoría de los casos. El impacto inmediato de la prisión, y el impacto sostenido en el tiempo, llegando en algunos casos a la actualidad. El periodo inmediato está muy relacionado a la dificultad de re inscribirse en la vida cotidiana fuera de la prisión, la reconstrucción de lazos familiares, la búsqueda de sustentos para la vida diaria como ser vivienda, trabajo, estudios, y que tiene que ver con la reincorporación a la sociedad”.

“En un segundo nivel podemos observar aquellas consecuencias y procesos que son sostenidos en un periodo largo de tiempo. De este modo podemos observar consecuencias que perduran en el tiempo y que caracterizan en mayor o menor medida a las ex presas y los ex presos políticos. Uno de los más notorios es el silencio sobre el pasado, la experiencia carcelaria, salvo contadas excepciones, se ha mantenido y en algunos casos se mantiene hasta el día de hoy. En otros, la memoria se ha administrado dentro de un círculo restringido de personas con las cuales se ha compartido la peripecia carcelaria”.

PENSIÓN ESPECIAL REPARATORIA

Artículo 11 de la Ley N° 18.033: “Las personas comprendidas en el artículo 1° de esta ley que habiendo sido detenidas y procesadas por la Justicia Militar o Civil y que, como consecuencia de ello sufrieron privación de libertad entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, tendrán derecho a una pensión especial reparatoria equivalente, al momento de inicio de su percepción, a 8,5 (ocho y media) Bases de Prestaciones y Contribuciones mensuales.

No tendrán derecho a percibir la prestación establecida en el presente artículo los titulares de una jubilación, pensión, retiro o subsidio transitorio por incapacidad parcial, salvo que optaren por la pensión especial reparatoria.

Tampoco podrán acceder a esta prestación quienes se hubieren acogido a los beneficios establecidos en la Ley Nº 15.783, de 28 de noviembre de 1985, Ley Nº 16.163, de 21 de diciembre de 1990, Ley Nº 16.194, de 12 de julio de 1991, Ley Nº 16.451, de 16 de diciembre de 1993, Ley Nº 16.561, de 19 de agosto de 1994, Ley Nº 17.061, de 24 de diciembre de 1998, Ley Nº 17.620, de 17 de febrero de 2003, Ley Nº 17.917, de 30 de octubre de 2005, Ley Nº 17.949, de 8 de enero de 2006, u otras disposiciones análogas, ni quienes perciban ingresos de cualquier naturaleza superiores a 15 (quince) Bases de Prestaciones y Contribuciones mensuales, calculados en promedio anual”.

QUIENES PUEDEN HEREDAR

“En caso de fallecimiento de los beneficiarios de esta Pensión Especial Reparatoria, su cónyuge o concubino/a ‘more uxorio’, hijos menores, hijos mayores declarados incapaces y los/as concubinos/as declarados tales por la Ley Nº 18.246, de 27 de diciembre de 2007, podrán ejercer derechos de causahabientes”. Como puede apreciarse en este último inciso, queda claro cuáles son los alcances de la misma en materia hereditaria.

También en la calle opinaron los salteños

La pregunta fue muy puntual: ¿Qué opinión tiene sobre la pensión que cobran los Tupmaros? Con ella, y grabador en mano, EL PUEBLO salió a las calles a consultar a una serie de salteños elegidos al azar. Estas son algunas de las respuestas recibidas:

-Daniel (40 años, constructor):

“Mi opinión en que es injusto lo que cobran en comparación con personas que trabajan de sol a sol, de forma incansable para poder darle alimento o estudios a su familia”.

-Graciela (66 años, tejedora):

“Yo pienso que los tupamaros sabían lo que hacían y entrar en la organización era voluntario. Deben atenerse a las consecuencias. Los soldados y los policías obedecían órdenes. Es un disparate que sigamos pagando pensiones hereditarias. Hay que tomar conciencia que todos aportamos con nuestros impuestos. Para mí es una vergüenza que se pague eso”.

-Ana (46 años, ama de casa):

“Creo que si por cada pensamiento, idea o creencia, o actitud que una persona haya tenido y se haya visto afectada va a recibir una pensión…bueno…todos tendríamos que recibir una pensión”.

-Alex (30 años, repartidor):

“Los tupamaros (piensa)…¿con el daño que le hicieron a tantas personas ahora les van a dar una pensión? ¿Un gobierno que supuestamente es de derecha avala eso?… (en este momento se le aclara a Alex que esto ya viene de años)… Ahh, pero estamos perdidos entonces, es una barbaridad”.

-Carmen (62 años, ama de casa):

“De política no tengo idea de nada, ni me interesa en absoluto (risas), todos los políticos son iguales, con eso te digo todo, no me hagas hablar (risas)”.

-Ruben (73 años, jubilado):

“Esas pensiones son una muestra de una sociedad polarizada, con gente fanática. Yo siempre digo que nuestra historia reciente es hemipléjica. Se inventó un relato con dioses y demonios. La mayoría de nuestros jóvenes no saben que los tupas desde el anonimato atentaron contra un gobierno democráticamente electo. Si se siguen pagando pensiones, no deben ser hereditarias. Sería justo también pagar pensiones a familiares de policías y soldados asesinados”.

-Marisa (51 años, empleada pública):

“Qué casualidad, hace unos días hablábamos de eso con mi esposo; yo le decía que tan mala no será la ley cuando la aprobó un gobierno y después vino otro y no la sacó. Eso cuando se aprobó tiene que haber sido discutido, estudiado, y como le digo, ¿por qué este gobierno de ahora no la dejó sin efecto a esa ley, si puede hacerlo? Solo que sea una cuestión de no querer ponerse a mucha gente en contra, miedo a que se los acuse de hacer recortes…”.

-Laura (24 años, estudiante):

“No conozco el tema, no sabía que existía esa pensión, o no me acuerdo haber escuchado…Ni idea, así que prefiero no opinar”.

-Ángel (33 años, empleado público):

“Eso es una ley, y como tal tuvo todo un proceso para llegar a aprobarse, ¿no? No es de un día para el otro ni es un capricho de alguien, Los que estuvieron en eso fueron personas que uno supone son confiables, o sea, me parece que detrás de la ley tiene que haber todo un fundamento, que yo personalmente no lo conozco, pero seguro que tiene su razón de ser…O sea, se les paga sí, pero por algo se les paga”.

-José Carlos (58 años, comerciante):

“Yo entiendo que es gente (los tupamaros) que puede haber sido castigada, digamos, o perjudicada en su momento, pero eso ya pasó, creo que no corresponde seguir pagándoles por eso. Les está pagando el pueblo uruguayo, o sea nosotros que no tuvimos nada que ver, ¿por qué? Para mí con eso se está ayudando a que sigan los enfrentamientos, porque hay enfrentamientos entre quien cobra    quien no, entre quien dice que está bien que aquel cobre pero que este otro no, y así todo…”.

-María (39 años, empresaria):

“Por lo que he podido informarme, diría que es injusto ese cobro porque no abarca también a la otra parte de esa guerrilla que hubo, ¿no? Incluso uno mira los sueldos de los soldados y son bajísimos, y siempre fue así, ni que hablar las jubilaciones de los soldados… Entonces ¿por qué a los que estuvieron del otro sí hay que pagarles y muy buena plata? Por lo que entiendo es así, no es parejo y para mí ahí está la equivocación”.

La retribución no me resulta injusta, sí la condición hereditaria”

Esc. María Eugenia Almirón: “La ciudadanía está molesta porque las jubilaciones o pensiones no se heredan, salvo casos excepcionales”

Mujer de amplia trayectoria política, la Escribana María Eugenia Almirón, dirigente del Partido Nacional en Salto y actualmente integrante de la delegación uruguaya en la CARU (Comisión Administradora del Río Uruguay) hizo escuchar su voz hace algunos días, planteando que las pensiones que reciben los ex integrantes del grupo guerrillero Tupamaros es un tema que debe someterse a revisión.

Consultada por EL PUEBLO para este informe dominical, fue muy clara al sostener que su planteo no se opone a que estas personas reciban (o sigan recibiendo, mejor dicho) esa pensión que les fue otorgada por ley hace más de una década, sino que el desacuerdo concreto radica en que sea un beneficio que se herede a otros integrantes de la familia, una vez fallecido el Tupamaro. En ese sentido, su planteo es coincidente con el proyecto de ley propuesto por legisladores pertenecientes a Cabildo Abierto, hace alrededor de un año atrás.

A continuación los pasajes esenciales del diálogo mantenido con la Escribana Almirón.

-¿Qué opinión o qué reflexión, en líneas generales, le merece este tema?

Es importante destacar que estas pensiones son jubilaciones especiales y pensiones reparatorias que tienen por objetivo indemnizar a las personas que por motivos políticos, ideológicos o gremiales, se vieron obligadas a abandonar el territorio nacional, fueron detenidas o despedidas de sus trabajos entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985. Estas reparaciones a mi juicio, tienen un criterio de justicia y que se aplicó también en otras dependencias de Estado…

-¿Por qué entonces entiende, como lo ha manifestado, que hay que revisar esas indemnizaciones?

Nuestro planteo de revisión es referente a la heredabilidad de las mismas, o sea que, ante el fallecimiento del beneficiario, la misma se transmite a sus herederos.

-¿Nota usted que hay molestia de la gente por estas pensiones que algunos uruguayos cobran?

Si, la ciudadanía está molesta porque las jubilaciones o pensiones no se heredan, salvo casos excepcionales…

-¿Como por ejemplo?

Como por ejemplo si hay herederos incapaces y en caso de menores, las heredan solo hasta la mayoría de edad, o en caso que estudien, se les mantiene hasta los veintiún años. Pero para el resto, el beneficio no se hereda.

-Si se propusiera una modificación a esta ley, ¿usted piensa que tendría el apoyo de la clase política en general?

Nuestro planteo fue hacia la interna del Herrerismo, y eventualmente se va a tratar en su órgano de gobierno. Creemos positivo el haber instalado el tema para la discusión política.

-En definitiva, por lo que ha dicho, salvo el carácter de hereditario, no le parece que sea una retribución “injusta” como entienden algunos…

Claro, la retribución no me resulta injusta, lo que sí nos parece injusto, es la condición hereditaria de las mismas.

Esa persona no está bien informada, la pensión que cobramos las víctimas del terrorismo de Estado no es hereditaria”

Baldemar Taroco, CRYSOL

La ley que establece la Pensión Especial Reparatoria (PER) es la N° 18.033 de octubre de 2006, que ha estado en el ojo de la tormenta esta semana. Para conocer la visión que se tiene del planteo de revisar la condición hereditaria de dicha pensión, EL PUEBLO dialogó con Baldemar Taroco, representante de CRYSOL (asociación que nuclea a expresos políticos fundada en el año 2000).

– ¿Cuál fue su primera reacción cuando tomó estado público este planteo en el seno del congreso de un sector del partido de gobierno?

– Se ve que esa persona no está bien informada de lo que dice la ley, algo que suele pasar. A veces los mismos legisladores votan cosas sin saber los contenidos. La famosa PER que cobramos las víctimas del terrorismo de Estado, es una especie de pensión de sobrevivencia, como se le llama, y no es hereditaria. Cuando fallece el beneficiario se termina esa pensión. Se da solo en el caso que la ley uruguaya lo contempla de viudas o viudos cuando fallece el esposo o la esposa, que pasa a cobrar esa pensión, pero para eso, tiene que renunciar a cualquier otra pensión que cobre. Como lo que nosotros cobramos es la PER, no tenemos derecho a otros beneficios porque se trata de una pensión de tipo reparatorio, por lo que tenemos que renunciar a nuestra jubilación, que por tanto, no podemos cobrar.

– ¿Por qué piensa que este tema aparece en este momento?

– Hay una especie de campaña contra los beneficios que las normas de derechos humanos han consagrado, en este caso, el beneficio que se da a las víctimas de terrorismo de Estado de derecho a una pensión, pero que a su vez nos priva de nuestra verdadera jubilación. Hay un interés político en este momento, del partido militar principalmente, y acompañado a veces por voceros de otras colectividades políticas, en querer eliminar todo lo que han sido conquistas, pero más que conquistas, derechos humanos. Por eso pienso que existe una intencionalidad política detrás de todo esto impulsando desde el partido militar que otros acompañan para quedar bien con sus colegas del partido multicolor.

De todas maneras, se trata de una ley que ya tiene su tiempo de estar vigente y que fue votada por todos los partidos políticos, por lo que no creo que se la puede modificar, ya tiene su tiempo que ha determinado aquello que llaman jurídicamente como de derechos adquiridos, y que además está reglado por normas internacionales de derechos humanos.

– Cuando usted refiere al partido militar, ¿a quién se refiere concretamente?

– Cabildo Abierto es el partido que representa a los militares, con la sola presentación de un proyecto de ley para imponer prisión domiciliaria a mayores de 65 años, va dirigida a quienes están detenidos en la cárcel de Domingo Arena en Montevideo por homicidios, violaciones a mujeres y hombres, por desaparición de niños, aunque la mitad de los que allí tendrían que estar se encuentran en su casa con prisión domiciliaria.

– ¿Podría existir una interpretación económica más que política de este pedido? ¿Se trata de mucho dinero estas pensiones, a cuántas personas beneficia?

– Actualmente alcanzaría a unas 1.500 personas, no más, pero los montos que se han gastado en esto, no llegan a cubrir lo que sale las jubilaciones militares en un año, no se ha llegado a un gasto de U$S 500 millones. La ley que hoy cuestionan y que ha estado vigente desde 2006, en todos estos años no habría llegado a cubrir ese monto de solo un año en los militares.

– ¿A cuánto haciende el monto de una de estas pensiones?

– En este momento, son 8.5 BPC (Bases de Prestaciones y Contribuciones), creo que llegan a los 40 y algo de mil pesos; es decir que, si sumamos todas las pensiones, veremos que para los montos anuales que maneja el gobierno, se trata de montos mínimos. Pero, además, que den cuenta que cuando se habla de un monto que cobra la PER, no olvide que tendría que descontar lo que nos correspondería por una pensión común o la jubilación que no estamos cobrando. Por ejemplo, supongamos que la PER fuera unos $ 50 mil, y la jubilación que nos correspondería es de unos $ 40 mil, lo que se agrega es mínimo, porque uno tiene la posibilidad de optar entre su jubilación y esta pensión. Por tanto, lo que están pagando es la diferencia. Si consulta a cualquier organismo internacional, como la Comisión Internacional de Juristas que ha venido a nuestro país, nos han dicho que lo que está pasando con la PER es absurdo respecto a tener que dejar de percibir su jubilación para cobrar esto.

Por eso tenemos claro que detrás de todo este planteo intempestivo hay una intencionalidad política de algunos operadores políticos que están haciendo campaña porque creen que como se trata de un beneficio otorgado por el FA hay que sacarlo. Nuestra organización de ex presos políticos no pertenecemos a ningún partido político como organización, hemos tenido nuestras discrepancias y discusiones con el gobierno anterior, como tenemos con éste, con los reclamos de reparación que estamos haciendo, porque seguimos reclamando lo que es la reparación integral que aún no se nos dio, como se dio en Argentina.

Se necesita “una reparación histórica para todos”, sostiene

Senador Manini Ríos: “Aquí a la historia se la está mirando con un solo ojo, y hay que mirarla completa”

La palabra del Senador líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, también fue requerida por EL PUEBLO para este informe. El vínculo de Manini con el Ejército Nacional, en el que ocupó el más alto cargo, hace que esté muy cerca del tema de hoy; pero además, su partido elaboró un proyecto de ley al respecto, que no se propone derogar ninguna ley (salvo un decreto) sino al contrario, pretende ampliar los beneficios a otros uruguayos. Así transcurría parte de la conversación:

-En líneas generales, ¿cuál es su opinión sobre las pensiones que cobran los Tupamaros?

A esta altura, después de más de quince años que están cobrando esa pensión, creo que no adelanta nada estar opinando sobre la pertinencia de que cobren o no cobren. Acá se hizo una ley, esa ley no fue recurrida por el pueblo uruguayo, no se levantaron firmas, así que creo que no adelanta nada emitir juicio al respecto. Lo que sí digo es que aquí a la historia se la está mirando con un solo ojo, y hay que mirarla completa. Nosotros, Cabildo Abierto, presentamos un proyecyo de ley hace más de un año, de reparación a las víctimas de las organizaciones armadas que asolaron nuestro país en las décadas del 60 y del 70. Ese proyeco de ley está hoy en comisión para ser tratado…

-Explíquenos a grandes rasgos ese proyecto…

Nosotros entedemos que hay una gran injusticoa de fondo. Por ejemplo, el señor Eulalio Núñez, que vive en Artigas y que tiene sesenta y pico de años, es hijo del soldado Gaudencio Núñez, uno de los cuatro asesinados adentro del jeep (se refiere al episodio del 18 de mayo de 1972, en que Tupamaros dan muerte a balazos a cuatro efectivos del Ejército), y Eulalio Núñez vive en una pobreza total, sin ninguna remuneración por parte del Estado, y los asesinos de su padre están cobrando hace más de quince años una pensión del Estado. Yo creo que ahí hay una gran injusticia, en ese caso es muy notoria, pero así hay un montón de casos. Nuestro proyecto busca que se repare también a las víctimas de las organizaciones armadas; es decir que nuestro proyecto es más ambicioso, también busca una reparación histórica, que en cada lugar donde cayó asesinado, un policía por ejemplo, por tener uniforme policial, o un militar, o un civil por acción de estas bandas armadas, que haya una placa también recordando eso, como lo hay de la otra parte de la historia. Así que creemos que a la historia hay que mirarla completa.

-Usted entiende entonces que no valdría la pena intentar derogar la ley…

Claro, de la pertinencia o no de esa ley yo creo que no arroja nada una discusión, no quiero entrar en eso. Yo creo que esa ley quedó firme; se puede derogar la ley pero ya generó efectos, creo que es un tema jurídico. Lo que sí digo es que hubo un decreto en los últimos días del gobierno de Tabaré Vázquez, haciendo extensiva esa reparación a las familias, a los hijos, a las esposas, y ahí yo creo que se comete una injusticia porque se le está dando a esos familiares lo que no se le da a los familiares de cualquier uruguayo que muere y deja la pensión, no se le da los mismos beneficios.

-¿Por lo tanto habría que derogar ese decreto puntualmente?

Ahí sí, creo que habría que haber derogado ese decreto. Se lo dije al Presidente Lacalle en marzo del año 2020, que ese decreto que había firmado Vázquez había que derogarlo. El Presidente no lo quiso derogar hasta el día de hoy, pero no porque no se lo hayamos advertido.

-Según su punto de vista, ¿qué percibe en la gente, en la opinión pública, sobre este asunto?

Yo creo que en general hay una gran indiferencia…Pero aquellos que están por dentro, no dejan de percibir la injusticia que encierra que haya algunos que cobren y otros que normalmente no figuran entre los agredidos, los realmente agredidos, no estén cobrando esa pensión.

-¿Cuántos son aproximadamente esos uruguayos que según usted deberían también cobrar?

Son menos de 100, para el Estado no es una erogación grande, no es mucho dinero. Pero lo que creemos más importante es la reparación histórica, decir las cosas todas como fueron, decir la historia completa, el rompecabezas completo, eso es lo que estamos tratando y vamos a insistir con nuestro proyecto para que próximamente tome forma de ley.

Dip. Alvaro Lima

“Considero que la ley hace lugar a una reclamación con la cual estoy de acuerdo”

Dentro de los invitados a pronunciarse sobre la Ley sobre pensiones reparatorias, invitamos al Diputado del FA, Álvaro Lima.

Esta ley se la conoce popularmente como “la ley de pensiones de los Tupamaros”, pero, en realidad es la “Ley de Pensión especial reparatoria “, y es para todos los ex presos políticos. “Es una prestación económica indemnizatoria que otorga BPS a ex presos políticos que fueron procesados por la justicia civil y/o militar y que por lo mismo estuvieron privados de su libertad a partir del 9 de febrero de 1973 o a aquellas personas que sufrieron al menos un año de privación de libertad sin ser procesadas o que estuvieron en centros clandestinos de detención fuera del país en operativos en que participaron fuerzas represivas uruguayas.

También debemos decir, que también se trata, de una Jubilación especial reparatoria en la que el BPS otorga una prestación económica que otorga BPS a exiliados y presos políticos siempre que cumplan con determinados requisitos de edad y servicios aportados. Los beneficiarios en este caso: Podrán acceder a esta prestación, quienes por motivos políticos, ideológicos o gremiales, entre el 9/2/1973 y el 28/2/1985: Se vieron obligados a abandonar el territorio nacional y hayan retornado antes del 1/3/1995.

También digamos que el Monto mensual es de 5 BPC ($ 25.820,00), según valor vigente a la fecha en que se otorga la jubilación.

DIPUTADO ÁLVARO LIMA

“Respecto a ese asunto lo único que puedo expresar es que se trata de una decisión que atravesó por una coyuntura histórica donde todo el sistema político nacional participó en su oportunidad”, comenzó diciendo el diputado.

Esta síntesis que realiza el curul frenteamplista nos lleva a acotar que no fue sencillo alcanzar un consenso sobre el tema y que antes que se concretara la ley reparatoria hubo otros intentos que paliaron en parte la situación pero que no alcanzaron la dimensión de esta.

También, según una parte de la opinión pública, se habla de muchos miles de pensionistas por esta ley y de sumas altas que perciben mensualmente los beneficiarios. Por otro lado están los que señalan que el universo a quienes alcanza la pensión y el monto de las mismas no pasa de una pensión común y corriente y de pocas personas que lo perciben. En parte porque muchos no solicitaron la pensión y también porque ha pasado mucho tiempo, mas de 35 años que se abrieron las puertas de la cárcel y muchos de esos presos, fallecieron.

PARA LIMA ES UN RECLAMO JUSTO

El diputado Álvaro Lima al referirse a la ley en si, dijo: “se arribó a una ley de reparación, de las muchas que existen en nuestra legislación y que considero hace lugar a una reclamación con la cual estoy de acuerdo”.

Y aquí el apunte es porque por mucho tiempo los ex presos políticos debieron de arreglarse por su cuenta. Mucho de los que salieron ya tenían una avanzada edad, otros, salieron con problemas motrices, con problemas mentales, o con enfermedades crónicas, y se les hizo difícil poder trabajar, poder reintegrarse en la sociedad, según expresiones de los que impulsaban la ley.

Uno de los temas que se argumenta, y que a la popularmente ley que se señala como “ley de las pensiones de los Tupamaros” es que en realidad es que hubo presos de todos los partidos, hubo sindicalistas, estudiantes, personas simplemente se vieron envueltas por los hechos. Y que al salir de la prisión se encontraron en una situación de volver a empezar casi sin ningún recurso.

Para que la ley de pensiones reparatoria se efectivizara, pasaron más de 25 años de la salida de prisión.

LIMA: “COMO TODA LEY, PUEDE SER REVISADA”

Uno de los temas que se quiere revisar, medir su alcance actual, y probablemente cambiar tiene que ver con lo hereditario. Sobre el destino de esta ley en este presente, el diputado Alvaro Lima fue escueto y muy expresivo: “Naturalmente, como ocurre con toda ley, en cualquier momento puede ser revisada e incluso dar inicio a una instancia de volver a considerar su legitimidad por quienes entienden que así debe de ocurrir. Para mi, es un tema zanjado y sobre el cual no tengo más que expresar”.

Nota de Redacción: Hay que recordar estuvo la denominada “ley del Dr. Sanguinetti de volver trabajadores, funcionarios, docentes a sus puestos de trabajo.

Y la ley de Batlle que reconocía años de prisión como años trabajados, y que restituía a los empleados públicos que habían estado presos.

Ope Pasquet, Diputado Partido Colorado

Lo razonable es que cada cual pueda tomar las decisiones que hacen al fin de su vida según sus propias creencias, opiniones y convicciones”

EL PUEBLO dialogó con el autor de uno de los proyectos de ley que refiere a la eutanasia, el Dr. Ope Pasquet, Diputado del Partido Colorado y Presidente de la Cámara de Representantes.

– ¿Esperaba una resistencia tan fuerte contra su proyecto de ley sobre la eutanasia?

– Uno sabe que hay gente que tiene determinada sensibilidad y posición frente a estos temas, no me sorprendió que se manifestaran de esta manera. Por supuesto que es totalmente legítimo que se expresen opiniones a favor o en contra y con toda la intensidad y vehemencia que el tema a veces promueve. Ahora lo que yo digo es que justamente, como hay distintos puntos de vista y estamos en una sociedad democrática y plural, lo razonable es que cada cual pueda tomar las decisiones que hacen al fin de su vida según sus propias creencias, opiniones y convicciones, y que nadie se las quiera imponer a otros. Veo que hay grupos que tienen convicciones y creencias religiosas muy fuertes y firmes, a lo cual tienen todo el derecho del mundo, pero pretenden imponer esa manera de pensar a los demás, en una sociedad laica como la nuestra eso no corresponde.

– Su proyecto apunta a quienes tienen enfermedades terminales sumado al sufrimiento. El querer morir, ¿es un derecho?

– Nosotros entendemos que sí, la persona en ese trance tiene que poder tomar esa decisión. En nuestro proyecto de ley presentado en marzo del año 2020, tomaba a esto desde una perspectiva jurídico penal y dice que no comete delito el médico que en las circunstancias previstas por la ley, y siguiendo el procedimiento establecido en la misma, ayuda a morir a una persona o ayuda a poner fin a ella misma su vida. Posteriormente, en diciembre del año pasado, el Frente Amplio presentó otro proyecto sobre el mismo tema, ya no en clave de derecho penal como nuestro proyecto, sino desde la perspectiva de afirmación de los derechos de la persona. Dice que toda persona tiene derecho a una muerte digna, etcétera, y lo enfoca desde esa perspectiva. A mí me parece que está muy bien, creo que ambos proyectos son complementarios, no antagónicos, y está muy bien establecer el derecho a la muerte digna, y al mismo tiempo decir que los médicos que ayuden a una persona que se encuentre en la situación prevista por la ley anticipar su muerte, no va a estar cometiendo delito. Creo que son dos visiones complementarias que esperamos poder volcar en un proyecto común.

– ¿Cómo resuelve su proyecto el no ir en contra de lo que establece el artículo 44 de la Constitución?

– ¿Cuál es la razón de ser de esa norma? Los ciudadanos tienen el deber de cuidar su salud porque si no la cuidan van a requerir atención médica y finalmente será la sociedad la que tenga que hacerse cargo de esa atención médica. Entonces es razonable, porque se les dice a los ciudadanos que cuiden su propia salud porque si no la cuidan después nosotros tendremos que hacernos cargo de las consecuencias y brindarle la atención médica que van a necesitar. En cambio, cuando se trata de anticipar la propia muerte en las circunstancias de una enfermedad terminal y de sufrimiento insoportable, ya la persona no va a requerir atención médica, al contrario, dice “hasta aquí llegué, dejo de formar parte de la sociedad, dejo de estar vivo, no le voy a causar a la sociedad ningún inconveniente ni ninguna molestia por el hecho de morirme, me salgo de la sociedad, dejo de integrarla y opto por anticipar mi muerte”. De esa manera, entiendo que la persona ejerce un derecho que en nada perjudica a la sociedad de la que forma parte.

Eso es totalmente distinto a que la persona siga formando parte de la sociedad, pero descuida su salud y finalmente la sociedad es la que tiene que hacerse cargo de cuidarlo y atenderlo. Son dos cosas totalmente distintas. Y evidentemente se ha entendido así a través del tiempo, porque fíjese usted que estamos todos de acuerdo, y en esto no hay discrepancia, es que no es obligatorio someterse a la atención médica. Cuando una persona va al consultorio de un médico y le dice que está gravemente enfermo, y si se atiende es posible que viva un tiempo más, pero si no se atiende, entonces va a venir la muerte próximamente. Hay gente que opta por no cuidarse, por no atenderse, porque le dicen que la enfermedad es incurable y no quiere pasar ni por la quimioterapia ni por la radioterapia ni por cosas de esas, y con el diagnóstico se va para su casa y trata de seguir su vida mientras pueda. Seguramente todos conocemos casos de esos. Yo conozco. A nadie se le ocurre decirle a esa gente, “mire, por el artículo 44 de la Constitución usted está obligado a someterse al tratamiento médico, y si no lo hace y no va al consultorio, voy a ir a buscar a un policía a la seccional”, del mismo modo en que se lleva a declarar a un testigo omiso. Eso no sucede en Uruguay. Se respeta el derecho de la persona, y en determinadas circunstancias, puede no cuidar su salud.

– ¿Una tercera persona puede pedir la eutanasia a otra persona?

– No, claramente no. Tanto nuestro proyecto como el del Frente Amplio se basa en la libre voluntad de la persona de cuya vida se trata, ningún tercero puede decidir por ella, ningún familiar ni ningún juez ni médico pueden hacerlo. Es la propia persona la que, si es un adulto psíquicamente apto dice, “bueno, hasta aquí llegué”. Si no está psíquicamente apto, no puede tomar esa decisión.

Rodrigo Goñi Reyes, Diputado Partido Nacional

Cuando se devalúa el valor de la vida ya no queda nada”

El Diputado nacionalista Rodrigo Goñi Reyes se ha constituido en casi un cruzado contra el proyecto de ley presentado por el actual Presidente de la Cámara de Representantes, el Diputado colorado Ope Pasquet. Con él dialogó EL PUEBLO aprovechando su reciente visita a nuestra ciudad.

¿SE PUEDE RENUNCIAR AL DERECHO A LA VIDA?

“Estamos ante una propuesta de un cambio radical –comenzó diciendo Goñi a nuestro matutino- en el orden jurídico, ético y cultural de la sociedad uruguaya. Por lo tanto, primero hay que garantizar una reflexión profunda, informada, de toma de conciencia no solamente si uno está de acuerdo en que una persona pueda pedir la muerte o no, sino que también uno tiene que analizar los efectos que va a tener una ley de estas características en la sociedad que viene. Todos sabemos que este tipo de leyes crean cultura, entonces no solo tenemos que pensar en si existe derecho o no, o si se puede renunciar al derecho a la vida o no. Nada de eso se ha analizado ni por el Parlamento ni por ninguna otra institución”.

“Lo que suele hacerse en Parlamentos y en sociedades responsables ante un proyecto de estos, es analizar lo que se llama la evaluación del impacto, qué tipo de efectos, cuáles van a ser las consecuencias previsibles de una ley de esta naturaleza. Nada de eso se ha hecho, por eso estamos reclamando que se cumpla con este proceso de reflexión previa”.

PROYECTO INJUSTO

“En segundo lugar, y yendo directamente a las razones, los argumentos de nuestra postura contraria, es que entendemos que este es un proyecto profundamente injusto con los que la ley califica que son eutanasiables; es decir, aquellas personas que tienen una enfermedad crónica, que tienen un sufrimiento insoportable, de alguna manera la ley les quita la protección que hasta ahora tienen, porque si tú vas hoy al médico y le dices que te mate, el médico no te puede matar. Nadie puede matar al paciente. Con la eutanasia se le quita esa protección y garantías al paciente”.

“También es profundamente injusto porque atenta contra la dignidad de las personas vulnerables. ¿En qué sentido? Si se aprobara habrá dos categorías de personas, aquellas que pueden pedir la muerte y los médicos la van a matar, y aquellas que no. Entonces, estamos por primera vez en nuestra historia calificando dos tipos de categorías de personas, dos tipos de dignidades, que para nosotros es absolutamente inconcebible. Más aún, lo que siempre hace una sociedad es defender y proteger al más vulnerable, que en este caso es precisamente a quien le quitan los derechos”.

“Y en tercer lugar, bajo la excusa o propósito de dar a la autonomía y libertad de la persona mayor amplitud, nosotros decimos todo lo contrario, se pervierte esa libertad y esa autonomía porque a todas aquellas personas más vulnerables enfermas, de alguna manera se la va a presionar, porque es lo que suele ocurrir, si la sociedad dice que hay algunas personas que pueden pedir la muerte, esa libertad quedará condicionada a sentirse una carga”.

“Todos nuestros mayores, personas enfermas o dependientes, en parte de su tiempo se sienten carga para la sociedad, para su familia. Hoy lo que hacemos como sociedad es tratar de acompañar a esa persona para que no se sienta una carga, lo hacemos con nuestros mayores. Ahora, si se aprobara una ley de esta naturaleza, la sociedad le diría que realmente es una carga, de alguna forma se le dice que le das la oportunidad de terminar con su vida para dejar de ser una carga para esa sociedad. Por lo tanto, esa libertad queda aún más condicionada, a una libertad que ya está condicionada por su enfermedad y por su sufrimiento se la va a condicionar más aún, porque todos aquellos que estén dentro de la categoría de poder pedir la eutanasia, de alguna forma quedará sometida a esa pregunta, a esa presión de todo el sistema médico, de la familia y el entorno social”.

NUEVA TAREA A LOS MÉDICOS: MATAR

“También es injusta con los médicos, a quienes sin preguntarles se le arrancará el principio fundamental de su Código de Ética médico que es no dañar. Desde hace 2.500 años los médicos juran y tienen su primer compromiso con aquello de jamás dañar al paciente. Y ahora, el Parlamento uruguayo, sin consultarlos, les va a arrancar ese principio al no consultar al Colegio Médico. Pero ya no solo se le arrancará ese principio básico de comportamiento y de conducta de no dañar al paciente, sino que le van a imponer una tarea nueva, nada más y nada menos que dar muerte a los pacientes”.

“Finalmente, como legislador tengo que analizar cuáles van a ser los efectos de una ley, que no es para casos excepcionales. Muchas veces los promotores de esta ley de eutanasia, hablan de un caso, tres casos. Para esos casos, el orden jurídico ya prevé que ningún médico vaya preso o sea procesado, algo que nunca ocurrió en nuestro país cuando en determinadas circunstancias, como por móviles de piedad, como dice el Código Penal, da muerte al paciente. No está hecha para esos casos excepcionales esta ley, la que está hecha para un universo muchísimo mayor de decenas de miles de uruguayos, que van a quedar sometidos a la presión de sentirse una carga y pedir la muerte, y además, irá generando una cultura donde se devalúa la vida. En una sociedad en la que vemos el aumento de homicidios y de la violencia, donde la vida va perdiendo su valor y ya casi que se mata por cualquier cosa, este tipo de ley lo que hace es profundizar, lejos de ir contra esa devaluación de la vida, lo que hace es consolidarla y profundizarla. Cuando se devalúa el valor de la vida ya no queda nada”.

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