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viernes, 23 de mayo de 2025
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La difamación y la injuria son los delitos más recurrentes en las redes sociales

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Entrevista a Gabriel Cartagena

Con motivo de haber dado esta semana una charla abierta en la sede de la Universidad Católica sobre “la protección de datos, derechos de autor y Habeas data”, EL PUEBLO dialogó con el doctor Gabriel Cartagena, quien además es docente de Informática Jurídica en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

– ¿Qué es el Derecho Informático?
– Es una de las consideradas rama moderna o nueva del Derecho, aunque en Uruguay ya tiene más de 25 años de existencia, por lo menos en lo que es la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. La Informática Jurídica tiende a estudiar toda aquella influencia que tiene la computación aplicada al Derecho. Es una materia autónoma pero que toca a todas, como el Derecho Laboral en referencia, por ejemplo, a lo que es el teletrabajo. La parte contractual en todo lo que son los contratos vía internet. Respecto al comercio electrónico, hablar hace años que el comercio se podría efectuar a través de redes sociales o a través de internet parecía toda una locura, hoy por hoy el comercio en sí se desarrolla, en gran parte, a través del comercio electrónico. En definitiva, la Informática Jurídica lo que hace es estudiar todo lo que tiene que ver a la informática ya sea como medio o como objeto en el Derecho.Gabriel Cartagena (1)

– ¿Existen delitos informáticos?
– Sí, dentro de lo que es la materia, hay una parte en la que hablamos de la responsabilidad penal, existen muchos delitos que se dieron a partir del uso de internet. Hay dos ramas interpretativas en cuanto a los delitos informáticos, están quienes sostienen que se deben legislar los delitos y está la otra rama, que es la que seguimos en Uruguay con el doctor Marcelo Bauzá, por la cual consideramos que es plenamente aplicable todo lo que es el Código Penal que tenemos del año 1980, con las adaptaciones que hay que hacerle a lo que es el uso de la tecnología. Decimos que realizar un hurto vía internet es lo mismo que realizar un hurto por la vía tradicional. Se dan los mismos elementos…

– ¿Cómo se constituiría el hurto por internet?
– Generalmente se da a través del robo de identidad, o a su vez a través de las cuentas bancarias. Hay distintas técnicas para el robo informático, uno es a través de los descuentos, las moneditas, los cambios que quedan en las cuentas bancarias que se las pasan a una cuenta propia o a la cuenta de un tercero.

– Tomó estado público que una persona había clonado el sitio web oficial del Banco República, los clientes sin darse cuenta ingresaban al sitio clonado dejando sus datos personales ingresados, y luego esta persona los utilizó para meterse en las cuentas y transferir el dinero a su cuenta, ¿qué delito se constituye ahí? ¿Hurto o estafa?
– Eso está dentro de la estafa. Hay algunos delitos que son puntuales y que hoy los estamos viendo a cada rato como el robo a los cajeros. Estudiando todo lo que es el Derecho Informático y los delitos de la responsabilidad penal, los españoles, al principio, como nosotros en Uruguay, empezamos a estudiar la situación del hurto en sí, o sea, el robo del cajero y cuánta plata se llevan. Pero en realidad, hay toda una red internacional que a través del robo de cajeros, lo que vendría a ser su objetivo mayor –y no puedo confirmar que esto mismo se esté dando ahora en Uruguay, pero tirando lo que es una doctrina europea, calculo que estamos en ese camino-, el hecho fundamental de robar un cajero no es el hurto en sí, sino robar las piezas del cajero, porque robando esas piezas, hay organizaciones internacionales que lo que hacen es clonar cajeros y al momento que la persona va a poner su tarjeta de debito o de crédito en un cajero, le copian el PIN (contraseña) y con eso hacen, ahí sí, el hurto de la cuenta bancaria de la persona.
Hace un mes estuvimos en Artigas hablando de este tema con policías, y nos decían que hoy se está tirando la línea de que sea por el hurto en sí, o sea, por el robo de dinero. Pero hay que prender una alarma, porque debe llamar la atención que por qué en Uruguay se están robando tantos cajeros, pudiendo estar relacionado con lo que es el robo de identidad. Es decir, roban piezas específicas del cajero, como el chip, piezas que las redes internacionales utilizan luego en otros países, porque los cajeros están universalizados, y las máquinas son iguales en Europa y en América. Pero en Europa hay un control muy estricto de la explotación del cajero; en realidad, ya no se le da tanta importancia al dinero en sí que se puedan robar sino que lo que más se pone hincapié, es en las piezas que se roban, y en Uruguay no tenemos control de eso.

– ¿Los jueces aprueban la doctrina de la analogía legal que ustedes sostienen en esta materia?
– La jurisprudencia aplica perfectamente los delitos penales del Código Penal, en la difamación e injurias, en el hurto, en la estafa, todos esos delitos se ven claramente con lo que es la aplicación del Código Penal.

– Hace unos 20 años atrás, a los jueces les costaba tomar como prueba los correos electrónicos, otros formatos digitales, porque no estaba expresamente previsto en la ley.
– Hemos ido avanzando, porque el C.G.P. (Código General del Proceso), decretos y otras leyes se han ido agregando a la prueba, por lo cual hoy la firma electrónica o digital, o lo que se llama la firma avanzada, todo eso lleva a que un documento tenga la misma veracidad que un documento en soporte papel. Hoy por hoy en nuestro Derecho, esa prueba es admitida. Entonces, todo esto ha llevado a que como es una materia nueva, moderna, a los jueces, a los abogados, a los propios escribanos, la informática le brinde nuevos paradigmas. O sea, un escribano hace muchos años no tenía pensado realizar toda una escritura en una computadora, hoy lo tiene en la computadora. Para un juez, hace unos años era impensable una difamación e injuria a través de las redes sociales o a través de WhatsApp, y hoy ya hay jurisprudencia. Y estoy hablando de los últimos diez años, sobre la aplicación de la difamación e injurias a través de medios informáticos.

– En estos tiempos se viene trabajando mucho en la creación de aplicaciones, tanto para teléfonos celulares como para tablets o computadoras, y un dato que preocupa enormemente a los usuarios, es el manejo de la información personal de cada uno…
– Cuando nos metemos en una red social o en una aplicación y ponemos nuestros datos, es cuando comienza la tarea de control que nosotros debemos tener de nuestros datos personales. Una vez que ponemos nuestros datos personales y aceptamos que esa aplicación o esa red social utilicen la información, la estamos exponiendo. A ver, Uruguay cuenta igualmente con una ley que nos dice todo lo relacionado al acceso a la información pública, que va por la Ley Nº 18.381, y después tenemos todo lo que es el control de la protección de datos por la Ley Nº 18.331. Son distintas leyes, y son distintos ámbitos.

Desde el punto de vista de la información privada de la persona, evidentemente que estamos frente a un gran riesgo cuando estamos entregando nuestra información personal en una red social o en un programa o aplicación cuando nos piden que bajemos correo electrónico, el nombre, la dirección, la cédula…

– La aplicación suele preguntar si puede usar toda la información que se encuentra en su teléfono…
– Exactamente, ahí es cuando estamos dando el okey para que la aplicación trabaje con nuestros datos. Se supone también que en Uruguay esa aplicación, cuando estamos en el ámbito nacional, tiene que tener un control. O sea, uno brinda sus datos para que funcione en esa aplicación, no correspondería que esa aplicación pase la información a otra aplicación, que es lo que en realidad está pasando. Hoy tenés una cuenta en Facebook, pero podés tenerla perfectamente en Twitter, en Instagram y te llega información que uno no sabe cómo. Por ejemplo, tú sos periodista y te llega entonces información sobre el periodismo, y uno se pregunta, “¿cómo se enteran?”. Por el perfil. En mi caso soy abogado y me llega publicidad sobre determinados libros de mi profesión, porque se enteraron por mi perfil en las redes sociales.

– ¿Cómo se protegen los derechos de autor en materia informática?
– Los derechos de autor están protegidos por la Ley Nº 17.616, que es la que actualizó la Ley Nº 9.739. El derecho autoral es el mismo para la materia tradicional de cuando la persona hacía un libro o un invento, pero se amplió para la creación de software y de hardware. En Uruguay, mayormente lo que tenemos es creación de software, o sea de programas de computación. Por suerte en Uruguay tenemos gente muy capacitada que trabaja en la parte de ingeniería y tenemos una protección hacia la obra autoral, cuando es una obra que es autónoma, es decir que es independiente de otra, que no hay una imitación, eso está protegido por el derecho de autor. Se tiene que registrar a través de la Biblioteca Nacional y a través de todos los pasos administrativos que tiene el Ministerio de Educación y Cultura. Pero cuando uno tiene la originalidad de un software, se puede proteger a través del derecho de autor.

– ¿Qué diferencia hay con el Habeas Data?
– Son cosas distintas, porque el derecho de autor es el derecho que tengo sobre una creación realizada, llámese programa de computación o escribir un libro. El Habeas Data es un amparo que tengo desde el punto de vista judicial para pedirle, por ejemplo a una empresa, que cambie una información que tiene sobre mí. O sea, el Habeas Data es un proceso judicial en el cual yo pido información o le pido judicialmente a una empresa que en su base de datos que tiene determinados datos con los que no estoy de acuerdo, en plazos muy breves -porque se aplica la Ley Nº 16.011 del amparo-, en caso de no ponerse de acuerdo por la vía administrativa, me habilita a iniciar un proceso de Habeas Data.

– ¿Hay muchos reclamos sobre derechos de autor informáticos?
– En Salto, que es de lo que puedo hablar, son pocos. A nivel de Montevideo hay bastantes, pero no podría decir que son en la mayoría de los casos. Si tuviera que elegir una opción, diría que hoy la difamación e injurias van primero debido a lo que está ocurriendo por el mal uso de las redes sociales.
Pienso que esto se va a acentuar en nuestro país en estos tiempos electorales que vienen.
El mal uso de las redes sociales parte no solo de los dirigentes políticos sino también de los ciudadanos.
Hoy el ciudadano piensa que puede opinar del contrincante político de la forma que quiera, y piensa que está protegido por la red social por estar en la tranquilidad de su casa, de su teléfono, de su computadora. Lo mismo pasa con los dirigentes. Pero se equivocan, pueden ser llamados a responsabilidad por la vía judicial.

Perfil de Gabriel Cartagena

Casado, tiene una hija. Es del signo de Leo. De chiquito quería ser presidente de la República. Es hincha de Peñarol.

¿Una asignatura pendiente? Desarrollarme más en la parte académica.
¿Una comida? El chivito.
¿Un libro? “Open Government” (“Gobierno Abierto”). ¿Una película? Titanic.
¿Un hobby? Escribir.
¿Qué música escucha? Lucas Sugo.
¿Qué le gusta de la gente? La sinceridad y la honestidad.
¿Qué no le gusta de la gente? El engaño y el querer aparentar lo que no es.

Entrevista de Leonardo Silva

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