Por cuestiones jurídicas no se puede estipular desde el reglamento interno de la Liga Salteña de Fútbol, una tasa en la que se pueda cobrar directamente a los clubes de AUF (Siendo esto último potestad de OFI-AUF, que podrían promover una normativa general similar a la que proponemos en favor de todas las Ligas).-

Por lo referido en el párrafo anterior, los neutrales establecen que «debimos buscar una alternativa a ello, por eso proponemos que ante una transferencia de jugadores de nuestra Liga a Clubes de AUF y/u otra organización la tasa fija formalmente sea “abonada por el Club Local”, que naturalmente trasladará expresamente ese costo al Club de AUF, ya que de otra forma nuestro Club no suscribiría el consentimiento del “pase”.- Este es el único mecanismo válido y legal para que se proteja este tipo de situaciones injustas en la que se liberan gratuitamente jugadores a AUF y/u otras organizaciones.-
De esta forma, «proponemos una tasa general de 15 UR, y otra de 25 UR para el caso que el jugador o jugadora haya sido parte integrante de los planteles de cualquier selección de Salto Capital (cualquier categoría) durante cualquier período.- Una vez abonada la tasa fija a la Liga, la misma se distribuirá de la siguiente forma: a) al Club local la suma de 10 UR y a la LSF la suma de 5 UR; y b) para el caso del jugador haya sido parte de planteles de selecciones de Salto, al Club Local la suma de 15 UR, y a la Liga la suma de 10 UR.-
