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lunes, febrero 2, 2026

¿Te cobran de más?

Conocé tus derechos frente a las malas prácticas en Salto

Caminar por las calles de Salto en busca de un artículo básico se transformó, para muchos vecinos, en un ejercicio de adivinación constante. Resultó indignante para este cronista recorrer varios locales comerciales en una sola noche y encontrar que la información esencial estaba oculta a la vista del público. En la mayoría de estos establecimientos, los productos descansaban en las góndolas sin un solo cartel que indicara su precio de venta. Esta práctica, lejos de ser un descuido, parece una estrategia deliberada que afecta el bolsillo y el tiempo de todos.

La Ley 17.250 es el escudo legal que todo ciudadano uruguayo posee para defenderse de estas arbitrariedades. El texto normativo es tajante en su Artículo 15, donde establece que “la oferta de productos y servicios deberá asegurar informaciones claras, veraces y legibles”. Cuando un comerciante decide no exhibir el costo, está quebrando la confianza y violentando la libertad de elección que tiene el comprador antes de pasar por la caja. El acceso al precio no es un favor del dueño del local, sino un requisito de transparencia básica.

El laberinto de los códigos y el silencio en las ferreterías

Un rubro que parece funcionar bajo sus propias reglas en nuestra ciudad es el de las ferreterías y barracas de materiales. En estos locales, la etiqueta con el precio desapareció para dar paso a complejos códigos internos que el comprador no comprende. El cliente se vio obligado a cargar con el objeto hasta un mostrador para que un empleado, tras consultar un sistema, le revele finalmente el misterio del valor del producto.

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Esta modalidad de trabajo viola frontalmente el espíritu de la ley nacional de consumo, que en su Artículo 15 detalla que el precio debe incluir los impuestos. La normativa exige que la información sea visible sin necesidad de que el consumidor realice gestiones adicionales o dependa del humor de terceros. Al esconder el valor tras un código, el comercio logra desincentivar la comparación de precios, una herramienta vital para el ahorro familiar.

Foto: mediospublicos.uy

El mito del «monto mínimo» para pagar con débito

Una de las consultas más frecuentes que recibimos refiere a las limitaciones ilegales impuestas al uso de tarjetas. Muchos comercios locales exigen una compra mínima para permitir el pago con tarjeta de débito, a pesar de que la ley lo prohíbe. El Artículo 64 de la Ley 19.210 (Inclusión Financiera) complementa la defensa del consumidor al prohibir diferencias de precio o restricciones entre el efectivo y el débito.

El argumento del comerciante suele centrarse en el costo del arancel bancario, pero no es un problema del consumidor cargar con ese costo operativo. Obligar a un salteño a comprar más productos para poder usar su dinero electrónico es una infracción que se repite a diario en los barrios. Estas prácticas abusivas castigan a los trabajadores que dependen de sus cuentas salariales y no disponen o no desean circular con billetes físicos.

Publicidad engañosa y el derecho a la reparación

La ley uruguaya no solo protege el momento del pago, sino que se extiende a todo el proceso de comunicación publicitaria. Se considera práctica abusiva cualquier mensaje que induzca al error al consumidor sobre las características, cantidad o precio de un bien. En Salto, abundan los carteles con ofertas que, al llegar a la caja, resultan ser condiciones distintas a las anunciadas originalmente en las vidrieras o en las redes sociales del local.

El Artículo 24 de la Ley 17.250 es fundamental aquí, ya que establece que “el proveedor de productos o servicios es responsable por la información que brinde”. Ante un producto defectuoso o una publicidad que no cumplió lo prometido, el ciudadano tendrá el respaldo para exigir la sustitución del bien o la devolución del dinero. Ninguna política interna de un local puede estar por encima de los derechos fundamentales que otorga la legislación nacional en todo el territorio.

El rol fiscalizador de la Oficina de Defensa al Consumidor

En nuestra ciudad, la Oficina de Defensa al Consumidor se erigió como el brazo ejecutor de estas garantías para el vecino de a pie. Este espacio no sólo recibe quejas, sino que asesora a cientos de salteños sobre cómo proceder ante contratos abusivos o servicios mal prestados. El funcionamiento de esta oficina, ubicada en la órbita de la Intendencia de Salto, es clave para equilibrar la balanza de poder comercial. La Oficina atiende en Zorrilla 93, de 9:15 a 16:00 horas. Los ciudadanos pueden realizar consultas, reclamos o denuncias. Además, se pueden utilizar los números 473 34005 y 473 32430.

Es fundamental entender que la oficina no actúa de oficio en todos los casos, sino que necesita la denuncia activa para poder iniciar un expediente. El personal técnico allí dispuesto busca siempre una instancia de mediación antes de pasar a las sanciones económicas para los infractores. La presencia de este organismo en nuestra ciudad recuerda a los comerciantes que el incumplimiento de la ley nacional tiene consecuencias administrativas y legales que son muy reales.

Cómo formalizar un reclamo de manera efectiva

Para que una queja no quede en un simple descargo en redes sociales, el consumidor debe seguir los canales formales establecidos. El primer paso consiste siempre en solicitar el Libro de Quejas del establecimiento, el cual debe estar sellado y disponible según la normativa. Este documento es una prueba irrefutable ante una inspección posterior y obliga al comercio a dar una respuesta formal en un plazo determinado por las autoridades.

Si el problema persiste y no hay solución, el usuario podrá elevar su caso mediante la plataforma digital del Ministerio de Economía. Allí se adjuntan fotos de la falta de precios o testimonios de la negativa a aceptar tarjetas de débito sin montos mínimos. La digitalización de los procesos permite que cualquier salteño, desde su propio teléfono, pueda poner en conocimiento de las autoridades nacionales las irregularidades detectadas en los comercios.

Hacia un comercio salteño más transparente y justo

La construcción de un mercado respetuoso en Salto no depende únicamente de las leyes escritas, sino de la educación del comprador. Un ciudadano informado es más difícil de engañar y obliga al comerciante a elevar sus estándares de calidad informativa. La práctica de ocultar precios o imponer condiciones ilegales para el pago debe ser erradicada mediante la denuncia constante y la conciencia colectiva de nuestros derechos.

Finalmente, el respeto por la Ley 17.250 beneficia también a los buenos comerciantes que cumplen con todas las reglas vigentes. La competencia desleal de quienes ocultan datos perjudica a quienes invirtieron en cartelería y sistemas de transparencia hacia el cliente salteño. Hacer valer nuestros derechos en el minimercado del barrio o en la gran ferretería es, en definitiva, una forma de cuidar la convivencia y la economía de todo el pueblo.

Para conocer todos los alcances y detalles de la ley, puedes acceder a su texto en el portal de IMPO:
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/17250-2000

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