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Que lean los delegados de clubes de la Liga: esto tienen que saber

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Diario EL PUEBLO digital
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Se trata del nuevo período para presentar Listas de Inscripción Especial de Jugadores, de acuerdo al comunicado revelado por la Organización del Fútbol del Interior, para conocimiento de todas las ligas involucradas. A EL PUEBLO se le hizo llegar el texto, que es del caso compartirlo. En los clubes tendrán que saberlo, porque los involucra.

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El Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores que entrará en vigencia el pasado 1ero. de enero, establece la obligatoriedad de su aplicación para todas las transferencias dentro de OFI, comprendiendo asimismo las transferencias dentro de sus Ligas y Sectores afiliados. En dicho Reglamento se establece una única “Lista de Inscripción Especial de Jugadores” o “Lista de Cantera” que se considerarán para todas las transferencias, y es la que los clubes presentan anualmente para enviar a AUF. 

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Al haberse realizado estos cambios reglamentarios posteriormente a la presentación de la mencionada lista, muchos clubes se encuentran ahora conque no la presentaron o no incluyeron el total de jugadores por considerar que dicha lista no tendría incidencia en las transferencias locales. Es por ello que el Consejo Ejecutivo, atendiendo el pedido de algunas Ligas y Clubes ha establecido como medida transitoria autorizar en forma excepcional y únicamente para la Temporada 2023, a que aquellas Ligas que lo requieran puedan habilitar a sus clubes un nuevo período especial para presentar dichas listas, bajo las siguientes condiciones: 

a) El plazo para presentar las listas en este período especial vencerá el día 10 de marzo del corriente año. Las listas presentadas en este período especial tendrán validez únicamente para las transferencias dentro de OFI;

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 b) Los clubes que NO presentaron lista de acuerdo a lo establecido en la Circular 2608 (vencimiento 30/Noviembre/22 para ser registradas en AUF), podrán presentarla en este período especial ante su Liga, con las mismas condiciones y características que las establecidas para la mencionada Circular; 

c) Los clubes que SI presentaron lista de acuerdo a lo establecido en la Circular 2608 (vencimiento 30/Noviembre/22 para ser registradas en AUF), podrán presentar en este período especial ante su Liga, nuevas listas a las que originalmente presentaron, con las mismas condiciones y características que las establecidas para la mencionada Circular; d) Las listas presentadas por los clubes en este período especial no sustituyen a las presentadas en el período ordinario para los pases OFI-AUF; e) A efectos del control por parte de las Ligas, les hemos enviado (vía correo electrónico) copia de las listas presentadas por sus clubes en el período ordinario; f) 

Las Ligas que habiliten este período especial, deberán conservar las listas en su poder, debiendo enviar la vía digital por correo electrónico (a [email protected]) antes del 15 de marzo. 

Luego de esa fecha las mismas no podrán ser modificadas; Se recuerda que los jugadores se encuentran correctamente incluidos en las listas presentadas, si éstos han disputado en su club un mínimo del 10% de los partidos de la temporada anterior (2022). Dicho mínimo no corresponde cuando el jugador actuó en préstamo en otro club. Estas condiciones son válidas y aplican para todas las categorías de las listas (General, Sub20, Sub17, Sub15 y Sub14). 

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