De acuerdo a la denuncia trascendida recientemente, efectuada por el organismo rector de la salud humana a nivel mundial, hay algunos países ricos, productores de la vacuna en algunos casos, que se han reservado vacunas mucho más allá de las necesidades de su población de riesgo.
En cambio en algunos países pobres que sepamos, ni ha llegado siquiera la posibilidad de obtener dicha vacuna, debido a que carecen de medios para adquirirla.
Por estos días se ha planteado en el país, el acierto o el error de haber contraído determinadas cláusulas de confidencialidad, que permite obrar en algunos aspectos a espaldas del pueblo, vale decir sin que éste se entere siquiera del compromiso que se está contrayendo.
En este sentido entendemos que en el fondo lo que está en juego son los derechos y deberes de los participantes en una negociación comercial, como es la que nos ocupa, aún cuando se trata de la salud humana.
Se nos dice que lo habitual en cualquier negocio es que el productor o el vendedor se haga responsable de lo que produce y vende o vende sencillamente.
Se trata de que el producto realmente responda a los aspectos que fueron pregonados al momento de venderlo.
En este caso concreto, uno de los aspectos que ha trascendido es el acuerdo firmado para que en caso de tener algún reclamo contra el producto (vacuna), dicho reclamo se tramite ante la Justicia local, vale decir en el país que la está suministrando.
O ignoramos que existen riesgos propios en toda vacuna, por lo general leves, pero no nos gusta el hecho de que el fabricante se “cubra” ante posibles riesgos.
Es que no vemos que se diga que si no existieran éstos, el costo de la vacuna sería menor.
No vemos tampoco porqué en este caso debiera ser diferente a lo habitual, cuando estamos hablando de un negocio de miles de millones de dólares.
No nos gusta que se especule con la salud de las personas, como en este caso, en que la vacuna resulta casi imprescindible para resguardarse de la pandemia.
Entendemos que quien ha estudiado y se ha preparado para producir este tipo de producto, tiene derecho a ser protegido y por lo tanto a poner precio al producto que desarrolla, pero no vemos razón alguna para que se “esquilme” a algunos países y se beneficie a otros.
Es nuestra opinión.
A.R.D.