Pirotecnia
Varias dudas de la población se siguen escuchando estos días en relación a la venta y uso de la pirotecnia que tradicionalmente se utiliza para las fiestas de fin de año.
Muchos se preguntan cómo es posible que al estar prohibida y controlada la venta, se hayan escuchado igualmente sonidos de bombas o pirotecnia sonora.
En este sentido es bueno recordar lo que fue solicitado al respecto por parte de la Intendencia de Salto el año 2021, y aprobado en la Junta Departamental.
La solicitud ingresó como el asunto N 166 del 10 de mayo de 2021 caratulado como «Intendencia de Salto Remite Proyecto de prohibición del uso, exposición o venta pirotecnia sonora”
El Legislativo Departamental remitió una minuta de comunicación conteniendo Proyecto de Decreto relativo a temática sobre prohibición del uso, exposición o venta de pirotecnia sonora o artefactos de estruendo, exponiendo los hechos que constituyen los antecedentes del presente decreto, los fundamentos de derecho, las razones de mérito y la finalidad perseguida, a fin de recabar -formalmente la iniciativa del Ejecutivo Departamental.
CONSIDERANDO: Que la Administración de conformidad y de acuerdo con su competencia de ejercer la policia higiénica y sanitaria de las poblaciones, velar por la salud pública, eleva actuaciones en el sentido solicitado. ATENTO a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y en uso de sus facultades legales, la Junta Departamental entonces decretó Prohibir en todo el territorio del departamento de Salto el uso de de pirotecnia sonora o artefactos de estruendo ya sea en uso doméstico, espectáculos públicos, eventos privados o para cualquier otra finalidad
A la vez que Prohibió la exposición o venta de artículos de pirotecnia sonora y artículos de estruendo en espacios públicos y comercios de lodo el departamento
Excepciones
Se exceptúa de las prohibiciones, la pirotecnia lumínica no sonora, siempre y cuando se encuentren debidamente autorizados por la autoridad con jurisdicción competente. Queda excluido además, todo material pirotécnico que se utilice para fines militares, productivos y maniobras de seguridad ciudadana, siempre que los responsables de su utilización estén debidamente registrados y habilitados por el Servicio de Material y Armamento del Ejército oO por la autoridad competente en cada caso
Incumplimientos
El incumplimiento o contravención a las prohibiciones, será castigado con la aplicación de una multa por parte de la Intendencia de Salto, que podrá graduarse según la gravedad y reiteración, de 5 UR (unidades reajustables) a 350 UR (unidades reajustables), asi como la confiscación de todos los materiales .
La Junta Departamental por tanto facultó también a la Intendencia de Salto a confiscar el material pirotécnico que esté almacenado y sea objeto de las prohibiciones establecidas precedentemente, cuyo destino en todos los casos será coordinado con Jerarcas del Batallón de Infanteria N”. 7 de Salto, a quién le corresponderá por ser el Organismo idóneo en la matena y contar con personal y vehiculos apropiados el traslado, depósito y destino correspondiente
Destino de la recaudación por multas
Lo recaudado por las multas detalladas, será destinado a promover campañas de concientización en la malena, instituciones al cuidado de personas con trastornos del espectro autista e instituciones de protección animal.
Toda esta información fue además remitida a distintos importadores de Salto y comercios que son distribuidores, así como al Centro Comercial y Juntas Departamentales del país a partir de su promulgación, que fue el año 2021.
Recordemos que desde la Intendencia de Salto llamó a registro de aquellos que tengan venta de pirotecnia , puestos que fueron y serán controlados para constatarse que los productos coinciden con lo que está aprobado para su venta. De no ser así la mercadería se retira del medio.








