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martes, junio 3, 2025
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«Lo que debería hacer el intendente de Salto, que fue quien tomó la medida de cerrar la hotelería privada, es indemnizar a los hoteleros por el dinero que perdieron de percibir»

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Eduardo Lust es abogado y docente de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, en particular de Salto desde hace por lo menos 20 años. Ingresó en el terreno político siendo elegido en octubre de 2019 Representante Nacional por Cabildo Abierto. Se ha destacado por posiciones polémicas que incluso han ido contra los intereses de la coalición de gobierno, como su defensa por el medioambiente.

En la ocasión, fue consultado por EL PUEBLO sobre su postura respecto a la decisión de la intendencia de Salto del cierre total de los centros termales en Semana de Turismo. De regalo, nos dejó una serie de definiciones también polémicas sobre su visión de la marcha del gobierno, al que calificó de «autoritario».

  • ¿Cómo observa al gobierno administrando la pandemia?
  • Para combatir esta epidemia, el gobierno tomó una serie de medidas tanto en lo nacional como los gobiernos departamentales, muchas de ellas con respaldo jurídico, y otras sin respaldo jurídico, porque para combatir el virus, parece que lo aconsejable es restringir algunos derechos que el Estado puede restringir.

Por ejemplo, la libertad ambulatoria, la libertad de reunión, por decir las más elementales. Para hacer eso, la Constitución establece en su artículo 168, que es el que le da las competencias al Poder Ejecutivo, dice que, si hubiere un caso de conmoción interior, el gobierno tiene que enfrentar la conmoción, pero como a veces enfrentar la conmoción le lleva un proceso burocrático extenso o complicado, le permite enfrentar la conmoción dictando medidas prontas de seguridad. Eso ha tenido una reacción negativa cuando lo dije, pero como soy una persona que creo que lo jurídico está por encima de lo político, y pienso también, con todo respeto, que la mayoría de los dirigentes políticos creen que lo político está por encima de lo jurídico, que vendría a ser la doctrina Mujica, se toman decisiones al margen de lo jurídico.

Entonces, muchas de estas medidas que se han tomado, van contra la Constitución que establece que todas las conductas de las personas que no alteran el orden público están exentas de la autoridad de los magistrados. Eso lo dice a texto expreso la Constitución, y cuando habla de magistrados, no se refiere a jueces o a funcionarios del Poder Judicial o de la Fiscalía, sino que magistrado se entiende como a cualquier autoridad.

Entonces, si uno une todo este combo, muchas de las prohibiciones que el gobierno nacional y departamental están haciendo, necesitan ley, porque la Constitución lo dice, que para ir en contra de esas libertades que no alteran el orden público, se pueden limitar mediante leyes. Como el Estado no ha dictado leyes, excepto la prohibición de aglomeración, que también se aplica mal, porque la aglomeración implica que las personas no se puedan reunir en la vía pública o lugares privados de acceso público, eso lo dice la ley textual.

Pero independientemente de que sea inconveniente, en una casa particular se pueden reunir cualquier cantidad de personas, y nadie puede entrar a un domicilio de noche ni siquiera con orden de allanamiento a poner orden. Independientemente que yo esté de acuerdo con el tema de la aglomeración, lo voté, pero dejé constancia en el Parlamento. El Estado está limitando derechos sin una norma legal que lo respalde.

  • ¿Por qué no lo hace?
  • Y no lo hace porque generalmente la clase política, que me incluyo, son hipócritas. Tienen una herramienta que la Constitución le da, que se ve que ni siquiera el Presidente la conoce bien, porque el otro día dijo en una conferencia de prensa que él no iba a dictar medidas prontas de seguridad porque este no es un Estado policial, y medidas prontas de seguridad no las dictó la dictadura, en la historia nacional hay decenas de casos de medidas prontas de seguridad en caso de conmoción interna. Por ejemplo, en el año 47 la Asociación de Panaderos del Uruguay se negó a vender pan por un conflicto, se dictó medidas prontas de seguridad obligándolos a vender pan, parece un cuento, pero fue así.

En el año 59 cuando la gran inundación, hubo que evacuar una ciudad entera, Paso de los Toros. Ahora, para evacuar a una ciudad entera tenían que ir las autoridades a pedirle al vecino que se fuera, y si el vecino decía que no se iba, no había forma de sacarlo. Entonces, el gobierno blanco, presidido curiosamente por un antepasado del actual presidente, dictó medidas prontas de seguridad para evacuar la ciudad de Paso de los Toros. Lo que dice la Constitución, mire qué curioso, es que en el ámbito de las medidas prontas de seguridad, con respecto a las personas, no se las puede arrestar porque no están cometiendo ningún delito sino trasladarlas de lugar, que es lo que está pasando de hecho. La Constitución lo dice expresamente, se les invita a que se trasladen de lugar, eso pasa de hecho sin ley, por lo tanto, muchas de las actitudes del gobierno, las está tomando sin un respaldo jurídico.

Pasa que todos los partidos, también Cabildo Abierto, el Frente Amplio y todos sin excepción, acompañan estas medidas. Entonces, como todos están de acuerdo nadie lo denuncia, y como para mí las libertades individuales están primero que nada, y la teoría de que lo político está por encima de lo jurídico nos lleva siempre a un Estado autoritario, el que piensa eso es un autoritario, yo lo rechazo.

  • Estas decisiones del gobierno que usted acaba de denunciar, haciendo referencia a que poco menos que estamos viviendo en un Estado autoritario donde se deja de lado lo jurídico, ¿no debilita la esencia de nuestro Estado de Derecho?
  • Sí, claro. Pero Uruguay no es un Estado de Derecho, en apariencia es un Estado de Derecho, que como todos vivimos en esa apariencia, termina siendo como la Alegoría de la Caverna de Platón. Esto es igual, como todos estamos viendo lo mismo, creemos que Uruguay es un Estado de Derecho, pero yo considero que Uruguay solo es un Estado plausible.

Hay una cantidad de ejemplos por lo que los gobiernos, sin excepción, del Partido Nacional, Partido Colorado y Frente Amplio, con el visto bueno yo diría de casi todos, se han apartado todo el tiempo de la Constitución en el tema del Tribunal de Cuentas, en las competencias de la presidencia y del Poder Legislativo, en los gobiernos departamentales y los municipios. Ahora, para

hacer lo que ellos quieren de acuerdo a la Constitución, tendrían que modificarla para adecuar lo que están haciendo de Hecho al Derecho, pero para eso hay que pasar por un plebiscito, y el Cuerpo Electoral si no hay un tema que sea atractivo, no les vota.

Porque si hacen un plebiscito donde se pide dar más competencias al Presidente de la República y sacárselas al Poder Legislativo, la gente aunque no entienda demasiado, ya con eso no lo vota.

Entonces, ¿qué es lo que hace el sistema político? Prefiere gobernar al margen de la Constitución, con la complicidad de todos los partidos, porque el partido que lo puede denunciar no lo denuncia porque capaz que mañana está él ahí, entonces le sirve que el sistema continúe.

  • Previo a Semana de Turismo, hubo un cruce de declaraciones entre el gobierno nacional y la intendencia de Salto, tomándose la decisión del cierre de los centros termales, incluyendo a la hotelería privada. Usted en ese momento escribió en un twitter que «los Gobiernos pueden en defensa del ‘interés general’ limitar los derechos de propiedad y su ejercicio, solo por ley. Si así procede, debe indemnizar al interés particular del daño que él solo soporta en beneficio de todos. Ese es el principio del art.32 de la Constitución». ¿Podría ampliar este concepto?
  • La crisis económica al sector que más ha golpeado es al turismo. Los propietarios de empresas de turismo en todas sus ramas, hotelería, transporte, todo lo que implica turismo, han soportado el peso de la crisis en forma muy diferente a los funcionarios públicos, que cobran y no trabajan, muchos de ellos.

Entonces, el artículo 32 de la Constitución habla de las expropiaciones, no tiene que ver con la hotelería, pero ese artículo marca la doctrina general al decir que cuando hay un bien que posee un particular, y el Estado considera que ese bien puede servir al interés general, lo puede despojar, aún en contra de la voluntad de la persona.

Le saca el bien, pero lo debe indemnizar. Ahora, permitir el goce de la propiedad no es solo del título de propietario, sino de utilizarla, usufructuarla, disponer de ella como se le antoje.

Entonces, el intendente no puede cerrar un hotel sin norma que lo habilite, porque si la tiene, macanudo. A nivel departamental existen los Decretos de Expropiación, y una norma puede establecer que usted no abre esta Semana de Turismo.

Por más que tenga toda la semana vendida, usted no abre. Pero no la hay. Ahora, el intendente puede decir que hay dos derechos que se contraponen, el Derecho a la Vida o el Derecho a la Salud Pública frente a su Derecho de Propiedad. Cuando hay dos derechos consagrados en la Constitución que formalmente tienen la misma jerarquía, pero uno se opone al otro, se crea un conflicto que hay que resolver.

  • ¿Y cómo se resuelve en este caso?
  • La Constitución lo dice, se resuelve por los Principios Generales del Derecho. Se enfrentan los dos derechos y se ponen en la balanza cuál derecho es el más importante o más fuerte.

Claramente el Derecho a la Vida, que es lo que se esgrime, es más importante que la propiedad, porque en la enumeración de Derechos que hace la Constitución en el artículo 7, la propiedad es el último, y el primero es la vida.

Entonces, ¿qué es lo que tienen que hacer la autoridad pública, la nacional y la departamental? Decir que por el interés general, usted no puede abrir esta Semana Santa y debe sacrificarse en aras de todo el departamento. Y como el artículo dice en el primer párrafo que eso se puede limitar, lo debe indemnizar.

Le cierro el hotel y le pregunto, ¿cuánto hubiera recaudado? Equis cantidad, y entonces tendría que indemnizarle por esa cantidad de dinero que se perdió.

Entonces, lo que debería hacer el intendente de Salto, que fue quien tomó la medida de cerrar la hotelería privada, es justamente eso, indemnizar a los hoteleros por el dinero que perdieron de percibir en esa Semana de Turismo que pasó.

El intendente podría haber cerrado los hoteles municipales, pero no los privados

PERFIL DE
EDUARDO LUST

Divorciado, tiene 3 hijos. Es del signo de Escorpio. De chiquito quería ser escritor. Es hincha de Peñarol y de Litoral de Paysandú.

¿Una asignatura pendiente? Estudiar música.

¿Una comida? El asado.

¿Un libro? «Más Platón y menos Prozac» de Lou Marinoff. ¿Una película? «La clase dirigente», con Peter O’Toole.
¿Un hobby? Leer.
¿Qué música escucha? Folklore.

¿Qué le gusta de la gente? La amistad que transmite.

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