El abogado y profesor Horacio de Brum, salteño, es uno de los pocos especialistas en derecho agrario en el país. Es recurrentemente consultado tanto por autoridades gubernamentales yprivadas porque maneja muy bien ese tema. Hoy el tema agrario está en el tapete. Hay tratados con Argentina que pueden estar incursionando en lo que es el derecho agrario y también hay otro tipo de actividades en el país que pueden generar seguramente con la parte tributaria, derivaciones en el derecho agrario. Martín Olaverry, del Programa “Valor Agregado”, de radio Carve, en gentileza con el programa Actualidad Agropecuaria, brindó la información obtenida en el diálogo con Horacio de Brum.
La situación que se está dando en muchas zonas del país sobre todo a partir de la política que se ha establecido por parte de Uruguay de buscar alternativas en lo que se refiere a la generación de energía y en este sentido hay varios campos eólicos con molinos que se están instalando en diferentes zonas del territorio nacional y es importante ver desde el punto de vista del campo que implica esto y como se debe de manejar y que establece la ley para este tipo de situaciones.
Quiero enmarcar cual es la situación. Acá se ha dado una política bastante clara sobre la promoción de las energías renovables, no olvidemos que el 90% de la energía consumida en nuestro país no es de carácter renovable, o sea que el consumo de energía del Uruguay, proviene básicamente del consumo de los derivados del petróleo, de la generación de energía térmica y en menor medida de lo que se denomina energías renovables.
La posibilidad de desarrollar que tiene y de crecer un país en términos económicos, está expresamente relacionado a la posibilidad de obtener energía en mayor cantidad y a un precio accesible.
Es teniendo todo esto que se ha establecido una política clara de promoción de lo que se llaman energías renovables. En Uruguay por ejemplo la Dirección Nacional de Energía, que depende del Ministerio de Industria, Energía y Minería, es la responsable de poder llevar adelante el programa para generar ámbitos que permitan el desarrollo de este tipo de energía, y que ha establecido una política energética que requiere todo un período del 2005 al 2030 y desde junio del año 2007, se desarrolla un programa de energía eólica en Uruguay que esto es una iniciativa conjunta del gobierno nacional como de las Naciones Unidas para el desarrollo que lo ejecuta el mismo Ministerio de Industria a través de la Dirección Nacional de Energía y es financiada por el fondo global para el medioambiente. O sea que con todo esto estamos diciendo que se ha establecido una política para eso. Pero la generación de energías renovables y la posibilidad de instalar campos eólicos en el territorio nacional, lleva indefectiblemente a que esto se tenga que instalar en el medio rural, entonces ahí es donde posiblemente puedan surgir colisión de intereses o derechos entre quienes quieran promover estos campos eólicos y los productores rurales.
Y por ejemplo: ¿qué situación se da? ¿qué tipo de acuerdo se plantea o es el más corriente cuando en una zona del país el productor está con su establecimiento en un lugar donde se dan las características naturales son las apropiadas para la instalación de un campo eólico?
El tema es que en el año 2007, en la ley de rendición de cuentas (nº 18.362), en el inciso referido al Ministerio de Industria y Minería, regula en los artículos 241 y 250 todo lo concerniente al ingreso de proyectos de parques eólicos en las zonas rurales, y le da cierta predominancia a este tipo de proyectos frente a lo que pueden ser otras actividades agropecuarias, entre otras cosas establece determinadas servidumbres que son obligatorias y que debe de cumplir el productor rural.
HORACIO DE BRUM
DELGADO
Dr. Horacio de Brum Delgado Doctor en Derecho, Universidad Católica del Uruguay. Post-grado en Derecho y Economía Ambiental por, Universidad del Salvador (Buenos Aires) y Carlos III de Madrid (España). Es Máster en Derecho Agroalimentario, Agroambiental y Rural por la Fundación San Pablo CEU, Valladolid, España (en curso). Fue Coordinador Académico de la Facultad de Derecho, Universidad Católica del Uruguay (mayo 2003 – febrero 2009). Fue Profesor de tiempo completo, Facultad de Derecho, Universidad Católica del Uruguay (2007 – febrero 2009). Fue Adjunto en la Asesoría Jurídica de la Universidad Católica del Uruguay (desde julio de 2007).
Profesor Adjunto en la Cátedra de Derechos Humanos y en la Cátedra de Derecho Agrario de la Facultad de Derecho, Universidad Católica del Uruguay.