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jueves, 10 de abril de 2025
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LA CONSTITUCIÓN QUE DEMOCRATIZÓ LA POLÍTICA NACIONAL

Diario EL PUEBLO digital
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Estimados lectores. En noviembre de 1917, fruto de un pacto político entre batllistas y nacionalistas, cuyas negociaciones se llevó adelante por reconocidos dirigentes de ambas colectividades y que se dio a conocer como “Pacto de los 8”; se plebiscitó por primera vez una reforma constitucional, que dejó su marca hasta nuestros días y sirvió de inicio a la cultura de acuerdos políticos en el país, transformándose en la primera Carta Magna producto del accionar de los partidos políticos nacionales, al haber sido la de 1830, establecida por el Imperio del Brasil y Argentina, con el arbitraje de Gran Bretaña. Algunas de las modificaciones más importantes que se realizaron a la Constitución de 1830, fue el cambio de la denominación del país; ya en su artículo 1, dejó de llamarlo como el «Estado Oriental del Uruguay», para nombrarlo «República Oriental del Uruguay». Luego, instaló algunos cambios tan profundos, como por ejemplo, la separación de la Iglesia y el Estado, dejando de ser la Católica Apostólica Romana la «religión oficial», y estableció que todos los cultos religiosos son libres en el país, al tiempo que el Estado no sostiene ninguna creencia. Por otro lado, la reforma más controvertida, fue pactar una presidencia y un colegiado simultáneamente. Habría un Presidente de la República, cuyas tareas serían las de un Jefe de Estado, teniendo bajo su órbita a las fuerzas armadas, la seguridad interior y las relaciones exteriores; y un colegiado llamado Consejo de Administración, que desempeñaría la tarea más ejecutiva: comercial, industrial, cultural y educativa; integrado proporcionalmente por los dos partidos más votados. La nueva Constitución entró en vigencia el 1° de marzo de 1919, cuyas consagraciones democráticas esenciales fueron: el voto secreto, la representación proporcional y la eliminación de la pena de muerte. También, incluyó el derecho del hábeas corpus, por el cual una persona pasaba a tener el derecho a comparecer ante un juez para determinar la legalidad de su arresto. Para lograrse dicha reforma, se tuvo que atravesar un largo y tortuoso camino, ya que la Constitución de 1830, estableció un mecanismo muy exigente, que demandaba el acuerdo de tres períodos de gobierno consecutivos para poder modificarse. Como un entendimiento político de tal magnitud era difícil de alcanzar, los dirigentes de la época tuvieron la idea de acordar una reforma estrictamente para cambiar el mecanismo de reforma, o sea, cambiar la forma de cambiar la Constitución. Pero también, existió un duro enfrentamiento en las internas de los dos partidos tradicionales; principalmente entre quienes apoyaban las ideas de Batlle y Ordóñez de establecer un Ejecutivo colegiado al estilo de Suiza, y la secularización del Estado; y quiénes no. Esto llevó a que se llegara a una transacción que conformara a ambos sectores (mezclados entre sí), de la que resultó la contemplación de dichas ideas y las solicitadas por los la mayoría de los blancos, como la descentralización y defensa de la pureza del sufragio, el voto secreto y obligatorio, la inscripción obligatoria en el registro, y el derecho a ser elegible, condición sumamente vedada en la anterior Constitución. Las discrepancias políticas generadas en la convivencia del Presidente y el Consejo, pudo haber sido una de las causas del Golpe de Estado de 1933, a juicio de algunos historiadores; tema discutible, pero que no debería descartarse. Si bien muchos facultativos entienden que la Constitución de 1934 (aprobada por medio de plebiscito en plena dictadura Terrista), es más revolucionaria, al establecer prácticamente el modelo actual, y aportar derechos de segunda generación, como la huelga; la de 1917, fue un gran paso hacia un aggiornamento fundamental, que marcó el comienzo de la participación ciudadana en la vida política del Uruguay, volviéndolo un terruño fuertemente politizado, esencia misma de nuestra idiosincrasia. Por eso, consideramos compartir algunas líneas al respecto, y homenajear, de alguna manera, a la Constitución que democratizó la política nacional.

Por: Dr. Adrián Báez

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