INTERNAS (5ª parte – final). En nuestras anteriores entregas hemos hecho referencia a lo que realmente se votaba en las elecciones internas de los partidos políticos, a cómo resolvían sus internas los partidos antes de la reforma de 1996, cuáles fueron los hechos históricos y políticos que derivaron en la reforma electoral por la Constitución en 1996 y comenzamos a mencionar algunas de las consecuencias que aparejó dicha reforma.
Pero iremos dejando por acá por el hecho que no podemos prolongar eternamente cada semana nuestras reflexiones sobre un mismo tema, aunque no dejamos de reconocer que nos seguimos debiendo el debate como sociedad, más cuando vemos que muchos ya han dejado de hablar de estas cosas porque naturalmente pasaron a preocuparse por las elecciones de octubre. Así que iremos dejando por acá pero quedando claro que no se trata de un tema que se haya agotado ni mucho menos, seguirá pendiente por un tiempo más.
Ya establecimos nuestra posición contraria en “apuntes” anteriores a volver obligatorias las elecciones internas de los partidos políticos, pero seguimos avanzando, y la semana pasada, tras enumerar las principales modificaciones en nuestra Constitución sobre aspectos electorales (a ella nos remitimos), hicimos mención a alguna de sus consecuencias que quedaron en evidencia en el tiempo.
¿Qué ocurre? Y esto es esencial. Cuando se realizan reformas a determinados sistemas, pueden necesitarse ajustes, porque ante la novedad de determinadas prácticas, está claro que acá se debe avanzar como los científicos, a ensayo y error, y al constatarse algo que no funciona, debería mejorarse. Algo que se vuelve complicado cuando se trata de la Constitución y no de una ley o decreto común, pues los mecanismos son distintos. Ese sería el primer error, pues en algunos aspectos, lo que puede ser materia de ley, no debe incorporarse a la Constitución porque si mañana se quiere corregir, casi seguro que quedará en nada.
Por ejemplo. El constituyente tuvo la noble idea de jerarquizar las elecciones de los gobiernos departamentales por sobre las nacionales, entonces las separó en el tiempo. Bien. Pero luego al establecer en las elecciones internas que también se debía votar por las convenciones departamentales que resolverían las candidaturas de hasta tres personas por partido, terminó descartando sus buenas intenciones porque lo que terminó haciendo, en definitiva, fue un giro al tema de 360° quedando en el mismo lugar.
La solución, después con el tiempo nos fuimos dando cuenta, pasaba por una reforma mucho más sencilla, manteniéndose las elecciones nacionales y departamentales el mismo día, pero habilitando el voto cruzado. Es decir, votaba para Presidente al candidato del Partido X y para Intendente al candidato del Partido Z, sin anular el voto, dando de esa manera la plena libertad al elector de votar según su real saber y entender por quienes consideraba mejor candidatos sin importar el partido al que pertenecieran.
Ahora lo que deberá hacerse es buscar el momento para plantear una nueva reforma de nuestra Constitución, por lo que sugerimos que deberían sacarse muchos temas con el compromiso de hacerlos ley para que cuando se vean nuevos errores se pudieran corregir de una manera menos compleja sin tener que convocar a un nuevo plebiscito.
Estos temas apasionantes dan para mucho más, pero exceden largamente una columna semanal de comentarios de actualidad. El día que quiera escribir a fondo de este y de otros temas, deberemos cambiar al formato libro, pero ese ya será otro cantar, por lo que no hay nada mejor que dejar esos pensamientos para gente que realmente sabe de esos temas.
Hasta la semana que viene… y tilo pa’la barra!