OTRO FUNCIONARIO DE ALUR FALLECE DE COVID-19

0
1
Enlace para compartir: https://elpueblodigital.uy/0ce9

LA QUINTA MUERTE QUE ENTRISTECE A LA EMPRESA

Se trata del quinto obrero de la empresa sucroalcoholera ALUR que fallece por covid-19.-Los cinco decesos se trata de hombres, cuyas edades oscilando entre loa 50 y 60 años.-Este último deceso se produjo este viernes 28 de mayo.-Suman 32 muertes en Bella Unión provocadas por el virus desde que se desató el primer caso activo en nuestra ciudad que fue el 30 de mayo de 2020 ( ayer domingo se cumplio un año).-Fue el caso de una señora de 29 años, la cual no tuvo complicaciones, recuperándose tras la cuarentena efectuada en su domicilio.-

OTRO PROCEDIMIENTO POR INFRACCIÓN LEY 22.415 CÓDIGO ADUANERO DE LA PREFECTURA DE MONTE CASEROS
Una seguidilla de procedimientos a llevado adelante personal de la Prefectura Naval de Monte Caseros.-Desde la vecina orilla y con destino a costa uruguaya, jurisdicción de Bella Unión se han abortado en los últimos días varias intentonas de pasar variada mercadería a territorio uruguayo.-Bebidas, perfumes y otros tantos artículos forman parte de los recientes decomisos .-

En las primeras horas de la noche del Jueves 27 de mayo una Patrulla de Prefectura monte Caseros ,destacada hacia el sector Norte de la jurisdicción, a la altura del KM 496 + 600 del Río Uruguay (Puerto Pastito Verde), observa una canoa en la costa y a metros varias personas trasladando bultos hasta la misma, por lo que se acercan al lugar y dan la voz de ” Alto Prefectura “. Al percatarse las personas de la presencia policial se dan a la fuga entre las malezas, logrando el personal actuante interceptar a una persona de sexo masculino de 42 años de edad, argentino, domiciliado en Caseros.-Posteriormente se realizo un rastrillaje en la zona encontrando algunos bultos más en el monte.

Mediante comunicación telefónica con el Juzgado Federal de Paso de los Libres Secretaria Penal de turno siendo atendido por el Dr. NAHUEL OLIVA indico que por orden del Juez Federal Dr. GUSTAVO DEL CORAZÓN DE JESUS FRESNEDA, se realice el secuestro y traslado de la mercadería como así también de la embarcación involucrada hasta la Prefectura para su conteo por infracción a la Ley 22.415 a disposición de AFIP-DGA de la ciudad de Paso de los Libres, sin disponer medidas respecto del ciudadano involucrado. En presencia de testigos se efectuó el conteo de la mercadería, tratándose de botellas de LICOR – CAFÉ AL COÑAC de 1 lts, botellas de WHISKY DOBLE-V de 1 lts., DESODORANTES EN AEROSOL REXONA, DESODORANTES EN AEROSOL PARA PIES, botellas DR. LEMON – MOJITO de 1 lts. Y REVESTIMIENTO PARA PARED de hormigón Símil Piedra de 30×10 cm. cada una, todo de industria argentina. Con un aforo estimado de aproximadamente 190.000 Pesos argentinos.-

UNA PERSONA CONDENADA A TRES MESES DE PRISIÓN EFECTIVA Y OTRAS SANCIONES

Relacionado a denuncia en Seccional Séptima de Bella Unión ,de hurto en una finca de calle Atilio Ferrandis, ocurrido el
pasado día 03 del corriente mes, donde hurtaron una cartera de color negra, tipo
mochila, conteniendo en su interior documentos varios y $ 8.000 (Pesos Uruguayos) y el
hurto de una moto marca Yumbo, modelo SPEED, desde el garaje de una pensión de
calle Jaime Romans, la que fue recuperada por esta policía, hecho ocurrido el pasado día
25 del mes en curso, todo lo que fue informado oportunamente.
En el transcurso de la investigación, se pudo establecer que no sería ajeno al
hecho una persona del sexo masculino, de 24 años de edad, quien fue conducido a Sede
Fiscal y posteriormente a la Sede Judicial.
Finalizada la Instancia Judicial, el Señor Juez Letrado de Primer Instancia de Primer
Turno de la Ciudad de Bella Unión, dispuso formalizar la investigación respecto del
imputado, la persona de iniciales F.N.F.R., y por sentencia, lo condenó como autor
penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de 6(seis) meses de
prisión, a cumplirse bajo el seguimiento régimen: A) 3 TRES meses de prisión de
cumplimiento efectivo ; Tres meses de régimen de libertad a
prueba (Artículo 295
Bis del C.P.P.) bajo las siguientes condiciones: 1) Residencia en un lugar determinado
donde sea posible la supervisión por la OSLA, 2) Sujeción y orientación de la referida
oficina, 3) Presentación una vez por semana en la Seccional Policial correspondiente al
domicilio que fije una vez que sea liberado, 4) prestación de servicio comunitario en un
organismo público con una carga horaria de dos horas semanales por un plazo de 3
meses. Todo lo anterior, con descuento de la preventiva sufrida y de su cargo las
prestaciones accesorias de rigor.


SE CUMPLIERON 33 AÑOS DEL FEMICIDIO DE LA ENFERMERA RITA SOSA
Fue un impacto para la población de Bella Unión de la época.- Un femicidio que conmociona a este suelo cañero.-Una apreciada enfermera había mantenido un relacionamiento amoroso con un fotógrafo no oriundo de esta ciudad.- En momentos que la profesional de la salud cumplia funciones en la sede de Gremeda que en aquellos años estaba ubicada en calle Joaquín Suárez casi Avenida Artigas , fue ultimada por su ex compañero.-Ayer domingo se cumplieron 33 años de aquel triste desenlace.-El semanario ” EL CORREO” cuyo redactor responsable era nuestro estimado compañero de tareas hoy en diario EL PUEBLO, Alberto Rodriguez , realizó la cobertura del trágico hecho.-
Nombre: RITA SOSA
Nació el 22 de mayo de 1950 en la ciudad de Belén Salto. Estudió Enfermería en la ciudad de Bella Unión y se recibió el 6 de julio de 1978, viajó a la ciudad de Artigas para hacer el curso de Instrumentista Quirúrgico.
Comenzó a trabajar el mismo año en que se recibió.
El 30 de mayo de 1988, ejerciendo su Profesión en GREMEDA Bella Unión , falleció, víctima de violencia de género, a la edad de 38 años.-( material de Socat Grupoca)

¡Ayúdanos! ¿Qué te pareció este artículo?
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
Enlace para compartir: https://elpueblodigital.uy/0ce9