19.7 C
Salto
sábado, febrero 7, 2026
Columnas De Opinión
Dr. Gabriel Cartagena Sanguinetti
Dr. Gabriel Cartagena Sanguinetti
Abogado y docente uruguayo especializado en derecho informático, nacido en Fray Bentos en 1978. Egresado de la Universidad de la República, es expresidente de la Asociación de Abogados de Salto, autor de publicaciones nacionales e internacionales sobre derecho informático, y miembro de la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática. También está involucrado en actividades sociales y voluntariado, habiendo sido miembro directivo de los Clubes de Leones de Salto, y es un activo defensor de derechos a través de su práctica legal.

Mojones que acompañan la rotonda de ingreso a Salto: seguridad y legalidad en cuestión.

La ciudad de Salto tiene un punto de ingreso que no pasa desapercibido: la rotonda ubicada al Sur, en el acceso principal desde la ruta nacional número 3. En los últimos meses se han instalado allí una serie de mojones que llaman la atención de conductores y peatones, pero también generan preocupación por su legalidad y su impacto en la seguridad vial.

Hasta el momento no se conoce normativa departamental ni resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que autorice expresamente la colocación de estos elementos en ese punto o la diferencia con los otros puntos del mismo lugar mencionado en esta columna. Los mojones, más allá de su apariencia o propósito estético, son estructuras fijas dentro del dominio público vial y deben ajustarse a las normas nacionales de señalización y seguridad, en particular a la Ley Nº 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial y a las Normas UY de señalización vertical y horizontal elaboradas por la Dirección Nacional de Vialidad.

Estas disposiciones exigen que todo elemento instalado en rutas o rotondas cuente con un estudio técnico previo, visibilidad adecuada, materiales reflectivos y distancia reglamentaria respecto de la calzada. De lo contrario, pueden transformarse en obstáculos que ponen en riesgo la circulación, sobre todo en condiciones nocturnas o de baja visibilidad.

La situación en Salto merece atención inmediata por parte de las autoridades nacionales. No se trata solo de una cuestión de estética urbana, sino de un asunto de seguridad pública. Las rotondas son zonas de alta circulación donde cualquier elemento mal ubicado puede provocar accidentes, distraer la atención de los conductores o generar daños materiales y humanos que luego lamentamos como sociedad.

Por ello, resulta necesario que la Intendencia de Salto y el Ministerio de Transporte informen bajo qué norma o proyecto se autorizó esta instalación, si existe un estudio técnico de seguridad vial que la respalde, y quién asumirá la responsabilidad en caso de que se produzca un siniestro derivado de su presencia.

En definitiva, la seguridad ciudadana está por encima de cualquier interés estético, privado o decisión improvisada. El espacio público vial pertenece a todos y debe ser regulado con transparencia, planificación y criterio técnico. No se puede transformar una rotonda de ingreso nacional en un campo de experimentación visual o decorativa sin evaluar los riesgos que ello implica.

Colocar mojones sin autorización ni justificación técnica solo genera incertidumbre y dudas sobre la forma en que se están tomando decisiones que afectan directamente la seguridad de miles de personas. La señalización vial debe ser planificada por técnicos competentes, autorizada por los organismos correspondientes y ejecutada bajo control estatal. La improvisación en materia de tránsito no es una opción.

La ciudadanía tiene derecho a saber quién autorizó, con qué fundamentos y bajo qué responsabilidad se colocaron los mojones en la rotonda Sur de Salto. La seguridad colectiva no puede quedar sujeta a criterios personales ni a antojos locales. GECS

Enlace para compartir: https://elpueblodigital.uy/xxnf