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Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno, se dispuso: «condenar a un masculino de iniciales V.C.C. como autor penalmente responsable de un delito de negociación de estupefacientes, un delito de tráfico interno de armas y municiones en régimen de reiteración real a la pena de tres (3) años y 6 (seis) meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo, con descuento del tiempo de la cautelar sufrida».
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