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domingo, 11 de mayo de 2025
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Hoy domingo se vota en el Consulado Argentino

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Diario EL PUEBLO digital
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El Consulado de la República Argentina informa a la colonia de ciudadanos argentinos residentes

en las ciudades de Salto, Artigas y Rivera que hoy domingo 22 de octubre se celebrarán en el exterior las elecciones generales a nivel nacional en las que se elegirán Presidente y

Vicepresidente, 24 senadores, 130 diputados y 43 parlamentarios Mercosur.

Por ello, el Consulado permanecerá abierto de 8 a 18 para que puedan emitir su voto los ciudadanos argentinos nativos o por opción, mayores de 16 años, que tengan asentado en el DNI el domicilio en

los departamentos de Salto, Artigas o Rivera y, además, figuren en el padrón definitivo

(www.padron.gov.ar) dentro del distrito «Argentinos en el Exterior«. El voto de los argentinos con

domicilio registrado en el exterior NO es obligatorio.

En tanto, los extranjeros residentes en la Argentina que cuentan con DNI no podrán votar en estas

elecciones nacionales, pero sí están habilitados para hacerlo en elecciones provinciales y/o

municipales según lo establezca la normativa vigente de cada provincia.

¿COMO VOTAR DESDE EL EXTERIOR?

Cuándo: Domingo 22 de octubre entre las 8:00 y las 18:00 hs.

Dónde: Artigas 1162. Si ud. aparece en el padrón para emitir su voto en la Argentina, no podrá votar

en el Consulado, pero deberá acercarse a justificar la no emisión del voto.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR PARA PODER EJERCER EL VOTO?

Deberá presentarse con su DNI argentino. Son válidos tanto el nuevo DNI tarjeta como el DNI libreta

celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste que contiene la leyenda “No válido para votar”, el DNI libreta

verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica. No podrá votar con pasaporte o cédula uruguaya.

SI APAREZCO EN EL PADRÓN PARA VOTAR EN ARGENTINA, ¿CÓMO JUSTIFICO LA NO EMISIÓN

DEL VOTO? Si posee asentado en el DNI un domicilio en la Argentina y se encuentra en el exterior el

día de los comicios, tiene que justificar la no emisión de voto; podrá hacerlo tanto en la sede consular

como de forma remota por sus propios medios.

En este último caso deberá ingresar a la página http://infractores.padron.gov.ar/ desde donde

podrá, de manera personal, solicitar la justificación de la no emisión del voto adjuntando alguna

documentación que así lo acredite (por ejemplo, certificado policial, pasaje, etc).

En caso de estar interesado en tramitar la justificación de forma presencial en el Consulado, podrá

hacerlo en horario de atención al público (lunes a viernes, de 9 a 14 horas). El plazo para realizar el

trámite de justificación de no emisión del voto en cada caso es de 60 días desde la fecha de los

comicios. La única diferencia entre ambos procedimientos es que, en caso de hacerlo en el Consulado

de forma presencial, no será necesario realizar ningún otro procedimiento adicional en la Argentina.

IMPORTANTE: Sólo podrán votar aquellos electores que figuren en el padrón de este Consulado. El

resto de los ciudadanos argentinos debe justificar la no emisión del voto. Ni las autoridades de mesa ni

el personal del Consulado pueden incluir a un elector que no figura en el padrón.

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