Próximo a la hora 01:15 del día 12 de marzo personal concurre a una vivienda
ubicada en pasaje 17 metros, barrio Malvasio por una persona herida de arma
blanca, en el lugar se encontraba un masculino de 63 años de edad con
abundante sangrado en la zona abdominal manifestando que mantuvo un
altercado con un vecino quien lo lesiono con un arma blanca, se traslada al
masculino lesionado a emergencia de Hospital Regional Salto para su
atención; en nosocomio local visto por médico de guardia diagnostico “herido
de arma blanca grave”. Personal de Guardia Republicana localizo y procedió a
la detención del autor, un masculino de 63 años de edad quien manifestó que
su vecino lo golpeo en la zona de la cabeza por lo cual él lo
lesionó con un cuchillo de unos 15 centímetros de hoja el cual fue incautado.
Personal de Dirección de Investigaciones, recabaron datos y analizaron
información, trasladando al masculino detenido a la Sede en horas de la tarde.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en
lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se dispuso: “Téngase por
formalizada la investigación del imputado
* J.A.C. por la presunta comisión en calidad de autor de un delito de lesiones
graves agravadas; se dispuso: prisión preventiva por ciento ochenta (180) días
que vencerá en forma automática el día 08 de setiembre de 2024 a la hora
18:00”. Trabajó personal de Dirección de Investigaciones.
Formalizado con prisión por varios delitos de hurto.
Personal de la Unidad de Investigaciones toma conocimiento de varios hurtos
ocurridos a comercios en la Zona Este. De acuerdo a la colección de las
cámaras de video vigilancia, se pudo determinar la posible identidad del autor
de los hechos. Se recepciona denuncia del propietario de la Distribuidora sita
en Bella Unión al 800 dando cuenta que en hora de la madrugada un
masculino ingreso al local, logrando sustraer la suma de $60.000 mil pesos. Al
recabar las filmaciones se trataba del mismo indagado que había participado
en hechos anteriores.
Posteriormente personal de la Unidad de Investigaciones en momentos que
realizaban tareas investigativas proceden a identificar en calle 19 de Abril y
Avda Reyles, a un masculino mayor de edad quien no estaría ajenos a los
hechos en mención. Consultado el Fiscal de Turno y Juzgado Actuante, de
acuerdo a lo solicitado y de acuerdo a las evidencias colectadas en el marco
de una investigación por un presunto delito de hurto considerando la
necesidad, urgencia y utilidad para la investigación, se dispone la detención
Art 15 de la Constitución”.
Culminadas las actuaciones en este Juzgado Letrado de Primera Instancia en
lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, comunica que se
condenó a:
* R.O.O.P., como autor responsable de reiterados delitos de Hurto a la pena
de 12 (doce) meses de prisión efectiva, con descuento de la cautelar cumplida
y siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y
alojamiento conforme a lo dispuesto por el Art 105 lit. e) del Código Penal.
Formalizado con prisión por hurto.
Personal de la Unidad de Investigaciones toma conocimiento de un hurto
ocurrido en la Escuela Nro. 1 ubicada en calle Larrañaga y Artigas. Los
autores mediante daños en una ventana, ingresaron en reiteradas
oportunidades, lográndose llevar los parlantes de la escuela, celulares,
comestibles y insumos.
Se procedió a colectar distintas cámaras de la zona, lográndose identificar a
los presuntos autores, localizando a uno de ellos. Consultado el Fiscal de
Turno y Juzgado Actuante, de acuerdo a lo solicitado y de acuerdo a las
evidencias colectadas en el marco de una investigación por un presunto delito
de hurto considerando la necesidad, urgencia y utilidad para la investigación,
se dispone la detención Art 15 de la Constitución”.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo
Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, se Condenó a:
* G.J.M.B. , como autor penalmente responsable de un delito de hurto
especialmente agravado, a la pena de trece (13) meses de prisión, con
descuento del tiempo de detención sufrido y de su cargo las accesorias legales
de rigor (art. 105 lit. E del C.P.).