Fueron sorprendidos in fraganti gracias a las cámaras de un vecino, intentaron escapar de la Policía y terminaron tras las rejas.

​La rápida respuesta policial y las cámaras de videovigilancia permitieron capturar a los delincuentes a pocas cuadras del lugar con los objetos hurtados.

​Próximo a la hora 05:00 del 30 de junio, una llamada al servicio de emergencias alertó sobre un hurto en proceso en la calle Vilardebó al 800. El denunciante manifestó que, a través de sus cámaras de videovigilancia, observaba a dos individuos debajo de un camión con claras intenciones de robo.

​Al llegar al lugar, el personal policial constató la falta de dos baterías pertenecientes al vehículo estacionado. De inmediato, se desplegó un operativo de patrullaje en la zona en procura de los autores. A pocas cuadras del sitio, los efectivos visualizaron a tres hombres quienes, al percatarse de la presencia policial, arrojaron los objetos que transportaban e intentaron darse a la fuga.

​La Policía logró interceptar y detener a dos de ellos, de 29 y 33 años. En el lugar se comprobó que los objetos de los que se habían desprendido correspondían exactamente a las baterías hurtadas. Posteriormente, el damnificado —un hombre de 47 años— radicó la denuncia correspondiente y reconoció las pertenencias como de su propiedad. El caso fue derivado a la Dirección de Investigaciones.

​Enterada la Fiscalía de Turno, se dispuso el traslado de los detenidos y la elevación de los antecedentes a la Justicia.
​Tras culminar las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de 8º Turno de Salto, se libró el oficio correspondiente dictando la siguiente resolución:
​»Admítase la acusación, condenándose a S.G.S.S. y R.P.P. como autores penalmente responsables de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, a la pena de cinco (5) meses de prisión de cumplimiento efectivo, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubieren sufrido y siendo de su cargo las accesorias legales de rigor previstas en el artículo 105, literal E del Código Penal».

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