back to top
26.6 C
Salto
22 de Nov
viernes, 22 de noviembre de 2024
26.6 C
Salto

Disturbios y amenazas en local comercial

Enlace para compartir: https://elpueblodigital.uy/qaez

El pasado 20 de noviembre de 2024, aproximadamente a las 17:30, el personal de P.A.D.O. concurrió a la intersección de las calles Uruguay y Sarandí debido a un reporte sobre una persona causando molestias. En el lugar, se entrevistó con el propietario de un local comercial de la zona, quien informó que un hombre se había acercado a su comercio solicitando alimentos de manera prepotente. Ante la negativa, el hombre lo insultó y le arrojó basura de un contenedor. El propietario agregó que no deseaba la intervención policial en ese momento.

Poco después, se recibió nuevamente un llamado al Servicio de Emergencia 9-1-1, en el que el usuario informó que el mismo hombre había regresado al local y estaba causando desorden. En el lugar, se entrevistó nuevamente con el propietario, quien explicó que, tras la salida de los efectivos policiales, el hombre regresó, comenzó nuevamente a insultarlo y lo amenazó con romper los vidrios del local. En esta ocasión, solicitó la intervención policial.

- espacio publicitario -
Liliana Castro Automóviles

Se localizó e identificó al hombre, de 31 años de edad, quien fue detenido. La fiscalía de turno fue informada de los hechos y se procedió con la detención. El personal de la Dirección de Investigaciones realizó la recolección y análisis de las cámaras públicas y privadas de la zona.

- espacio publicitario -
Liliana Castro Automóviles

Finalizadas las actuaciones, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto comunicó, por decreto del día de la fecha, que en base al Artículo 222 del Nuevo Código de Procedimiento Penal, se impusieron las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía, las cuales vencen de manera automática el 20 de mayo de 2025, a las 18:00 horas. Las medidas cautelares impuestas son las siguientes:

a. Fijar domicilio y no modificarlo sin conocimiento del tribunal.
b. Prohibición de concurrir al local comercial ubicado en la intersección de Uruguay y Sarandí, así como a los contenedores instalados en esa zona, en un radio de 500 metros, por un plazo de 180 días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato. La víctima será debidamente notificada.

Enlace para compartir: https://elpueblodigital.uy/qaez