Detienen a una pareja de hombres armados con fierros tras atacar a vecinos y amenazar con quemar una casa

En la mañana de este martes 9 de junio, aproximadamente a las 08:30 horas, una llamada al servicio de emergencias 911 alertó a la Policía sobre un altercado en las inmediaciones de las calles Pública y Rivera, en la ciudad de Salto.

​Al llegar al lugar, los efectivos se entrevistaron con una mujer de 36 años. La víctima denunció que, momentos antes, dos hombres y una mujer en evidente estado de ebriedad se presentaron en su domicilio portando fierros en las manos. Sin mediar palabra, los agresores la atacaron físicamente a ella y a otra persona que se encontraba en la vivienda, para luego darse a la fuga.

​Con las descripciones aportadas por la denunciante, el personal policial desplegó un patrullaje por la zona. Pocos minutos después, lograron divisar e interceptar en las cercanías a dos hombres que coincidían plenamente con las características señaladas y que, además, aún portaban uno de los objetos metálicos utilizados en el ataque.

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​Mientras los uniformados procedían a la identificación de los sospechosos, una segunda vecina, de 44 años, se acercó al lugar. La mujer denunció que esos mismos individuos la habían amenazado de muerte instantes antes al pasar frente a su casa, asegurándole que le prenderían fuego la vivienda. Ante los hechos, se informó de inmediato a la Fiscalía de Turno, que dispuso la detención formal de ambos sujetos.

​Tras culminar las actuaciones correspondientes, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto dictó sentencia.

​Se dispuso la condena de uno de los involucrados, identificado como H.D.M.B., a quien se le atribuyó la autoría de los siguientes delitos bajo el régimen de reiteración real:
​Dos delitos de lesiones personales (por el ataque a las dos personas en la primera vivienda).
​Un delito de amenazas (por la intimidación pública a la vecina de 44 años).
​Asimismo, mediante decreto judicial, se dispuso el cese de la detención del imputado, sustituyéndola por la aplicación de las medidas cautelares previstas en el artículo 221 del Nuevo Código del Proceso Penal (N.C.P.P.).

​Por un plazo de 180 días, el condenado deberá cumplir estrictamente con las siguientes obligaciones:
​Fijar un domicilio fijo y no modificarlo sin previo aviso y autorización del tribunal.
​Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su zona, sin obligación de permanencia.
​Prohibición absoluta de acercamiento a las víctimas en un radio de 200 metros.
​Arresto domiciliario nocturno, debiendo permanecer dentro de su hogar en el horario de 00:00 a 06:00 horas.

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