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sábado, noviembre 29, 2025
Columnas De Opinión
Dr. Gabriel Cartagena Sanguinetti
Dr. Gabriel Cartagena Sanguinetti
Abogado y docente uruguayo especializado en derecho informático, nacido en Fray Bentos en 1978. Egresado de la Universidad de la República, es expresidente de la Asociación de Abogados de Salto, autor de publicaciones nacionales e internacionales sobre derecho informático, y miembro de la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática. También está involucrado en actividades sociales y voluntariado, habiendo sido miembro directivo de los Clubes de Leones de Salto, y es un activo defensor de derechos a través de su práctica legal.

Cuidados Paliativos: un Derecho Humano que Uruguay consolida

La reciente Ley Nº 20.179, marca un avance trascendental en materia de derechos humanos y salud pública. Esta norma reconoce algo que hasta hace poco era apenas un ideal: el derecho universal a recibir cuidados paliativos de calidad, sin distinción de edad, enfermedad o lugar de residencia. Uruguay da así un paso firme hacia una concepción más humana e integral de la medicina, en la que el alivio del sufrimiento y la dignidad del paciente ocupan el centro de la atención. La ley no se limita a los adultos ni al final de la vida; abarca a todas las personas que padecen enfermedades graves, progresivas o terminales, incluyendo a niños, adolescentes y adultos jóvenes que enfrentan realidades médicas complejas.

La norma es clara en cuanto a la integralidad del cuidado. No se trata sólo de aliviar el dolor físico, sino también de acompañar al paciente en sus dimensiones psicológicas, sociales y espirituales, entendiendo que el ser humano es mucho más que su enfermedad. Este acompañamiento, además, se extiende a la familia, que pasa a ser parte activa del proceso de cuidado y también recibe apoyo durante el duelo.

Uno de los aspectos más innovadores de la Ley Nº 20.179 es su énfasis en la atención temprana. Los cuidados paliativos no comienzan únicamente cuando la vida se acerca a su fin, sino desde el mismo momento del diagnóstico de una enfermedad avanzada. Este enfoque permite mejorar la calidad de vida, reducir internaciones innecesarias y ofrecer acompañamiento emocional sostenido tanto al paciente como a su entorno.

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La norma impone también un desafío al sistema sanitario: asegurar calidad y equidad en todo el país. No se puede hablar de justicia sanitaria si sólo algunos acceden a cuidados paliativos. Por eso, la ley obliga a fortalecer la formación de los profesionales de la salud en esta área, garantizando que en todos los niveles asistenciales existan equipos capacitados y sensibilizados.

En cumplimiento de esta norma, el Ministerio de Salud Pública (MSP) ya realizó la reglamentación de los cuidados paliativos, estableciendo los criterios y lineamientos técnicos para su aplicación en todo el territorio nacional. Según fuentes del MSP, esta reglamentación busca consolidar un modelo de atención integral, multidisciplinario y continuo, que incluya no solo la asistencia médica, sino también el soporte emocional y social de las familias.

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En definitiva, los cuidados paliativos son una expresión del respeto más profundo por la vida y por la dignidad de cada persona. No se trata de prolongar el sufrimiento, sino de acompañar con humanidad, respeto y empatía. La Ley Nº 20.179 y su reglamentación por parte del MSP no sólo regulan una prestación médica: consagran un principio ético, un compromiso de la sociedad uruguaya con quienes más necesitan alivio, presencia y comprensión. En tiempos donde la tecnología y la urgencia tienden a dominar la medicina, esta ley nos recuerda que cuidar también es curar, y que el verdadero progreso de un país se mide por la forma en que trata a sus ciudadanos en los momentos más vulnerables de su existencia. GECS

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