A. Crear en el ámbito de OFI un Instituto rector de educación futbolística, que determine la independencia de cualquier organismo que pretenda limitar a sus ligas y clubes lo dispuesto por sus estatutos.
B. Habilitar a las Confederaciones y sus ligas a realizar cursos de entrenadores posibilitando la entrega de título habilitante o certificado de formación como se establece en el decreto reglamentario anteriormente expuesto.
C. Realizar el control de los cursos, temarios y todas las coordinaciones ante SENADE, MEC a los efectos de oficiar legalmente las licencias de entrenadores OFI.
D. Realizar los convenios necesarios con los gremios de entrenadores para nivelar en el futuro las licencias de entrenadores OFI.
El Presidente del Club Deportivo Artigas
Cnel. (Lic.) Marcelo D. Almada
