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Tras un juicio abreviado, el juez Letrado de Libertad de 1º Turno, Gustavo Machado, condenó al responsable de organizar una fiesta clandestina, a cumplir con servicios comunitarios. El hombre deberá trabajar en un centro de salud durante seis meses.
Según consta en la página del Poder Judicial, el hombre fue «notificado de no proseguir con la fiesta no habilitada por las medidas sanitarias y prosiguió haciendo caso omiso a lo notificado por la autoridad policial». Por este motivo, el juez entendió «que el imputado es responsable». Además agregó que «en la tarea de la búsqueda de una pena justa corresponde ponderar toda la información referente al grado de culpabilidad (de acuerdo con lo que edictan los arts. 18 y 86 del C. Penal), al grado del injusto o la valoración de la gravedad del hecho y el análisis de la peligrosidad al socaire de lo dispuesto en los arts. 50, 53, 86 y 87 del citado Cuerpo normativo». El hombre fue imputado como autor penalmente responsable de un delito de desacato, y deberá cumplir seis meses de libertad vigilada. Se le impuso las siguientes obligaciones: residir en lugar determinado, sujeción y orientación y vigilancia permanente por parte de OSLA, presentación por una vez por semana en la seccional de su domicilio, realizarión de trabajos comunitarios en los centros hospitalarios de Playa Pascual, tres veces por semana cuatro horas diarias durante seis meses, y prohibición de realizar fiestas que no estén suscriptas por el MSP y las medidas vigentes por el término de seis meses.
