Cámaras del CCU permiten capturar a dos delincuentes y la Justicia ya dictó medidas cautelares.
Próximo a las 03:00 horas del pasado 3 de julio, personal policial del Centro de Comando Unificado (CCU), mediante el monitoreo estratégico de las cámaras ministeriales, divisó a dos personas en actitud sospechosa en la intersección de la calle Raffo y la Avenida Batlle.
En determinado momento, los operadores observaron cómo uno de los sospechosos saltaba un muro para ingresar al predio de una vivienda, por lo que se derivó de inmediato un móvil policial al lugar.
Al arribar al sitio, los efectivos procedieron a identificar en la vía pública a un hombre de 30 años, mientras se desplegaba un operativo para ubicar al segundo implicado. Paralelamente, los uniformados se entrevistaron con la propietaria de la finca, una mujer de 34 años, quien autorizó el ingreso de la Policía a su propiedad.
Una vez dentro del predio, los agentes lograron localizar e identificar al segundo sospechoso, un hombre de 36 años, quien además poseía una requisitoria pendiente con la justicia. Al revisar las instalaciones, la dueña de casa constató que el intruso ya le había provocado daños en la puerta de ingreso principal. Ambos individuos fueron detenidos de inmediato bajo la órbita de la Dirección de Investigaciones y la Fiscalía de Turno.

Tras culminar las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, se dictaminó la resolución del caso. De acuerdo a lo solicitado por la Fiscalía, y sin oposición de la defensa, el magistrado actuante hizo lugar a las medidas cautelares previstas en el artículo 222 del Código del Proceso Penal (C.P.P.) para uno de los involucrados, identificado como M.A.G.M.
Fijar un domicilio del cual no podrá mudarse sin dar inmediato conocimiento al tribunal.
Prohibición de salir del país sin autorización judicial previa.
Prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima y a su domicilio en un radio de 100 metros.
Todas estas restricciones se aplicarán por un término de sesenta días, con vencimiento automático el próximo 31 de agosto de 2026, bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desacato en caso de incumplimiento.






