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miércoles, 02 de julio de 2025
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Rapiña a motonetista.

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A la hora 07:05 del día 02 de abril personal de P.A.D.O concurre a la intersección de calles José

Pedro Varela y Edmundo Pratti por una rapiña, en el lugar se entrevistó con una femenina de 28

ASISPER

años de edad quien manifestó que circulaba en su moto por calle Edmundo Pratti, en la intersección

con calle José Pedro Varela es interceptada por dos masculinos quienes la hacen caer del vehículo,

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le dan un golpe con la punta del pie en la zona abdominal y le sustraen su teléfono celular. Se

traslado a la femenina a emergencia de Hospital Regional Salto para su asistencia.

Personal de la Unidad de Investigaciones, abocados a la colección y análisis de datos de varios

delitos de hurto concurren a calle Lavalleja al 400, por investigación en curso. Solicitando el

ingreso a la finca a una femenina mayor de edad, localizando en el interior a un masculino mayor de

edad, al pesarle revista portaba el celular marca SAMSUNG de color rojo, producto de hurto

efectuado en horas de la madrugada, en su bolsillo una cadena dorada. Al ser consultado por la

moto marca MOTOMEL, expresa que la compro por faceboock en el día de ayer. Se procede a la

incautación de los efectos y a la detención del masculino. Puesto en conocimiento el Fiscal de

Turno.

Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de

Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condenó a:

– B.N.B.S., como autor responsable de reiterado delito de hurto especialmente agravado, un delito

de hurto y un delito de receptación en reiteración real a la pena de 22 (veintidós) meses de prisión

efectiva, con descuento de la cautelar cumplida y siendo de su cargo el pago al estado de los gastos

de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el Art. 105 lit. e) del Código

Penal.

Contrabando evaluado en seiscientos novena y cinco mil doscientos setenta) pesos Uruguayos

De acuerdo a información colectada, analizada por personal de Área Investigativas e Inteligencia

donde surge que un vehículo vendría desde Artigas con destino a Salto con mercadería de

Contrabando, por lo que personal de Área Investigativas con apoyo de Dirección Seguridad Rural

localizan el vehículo que se da a la fuga en primera instancia del control policial en Itapebi en el km

50 de la ruta 31, logrando la detención del mismo en Rincón de Valentín y logrando la detención de

dos masculinos mayores y la incautación de mercaderías varias.

Se procede a la documentación y enterar Fiscal de Turno.

Valoración DNA: 695.270 (seiscientos novena y cinco mil doscientos setenta) pesos Uruguayos

Culminadas las actuaciones el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes

de Segundo Turno de Salto, se condenó a :

– F.R.C.D., como autor penalmente responsable de un delito de contrabando a la pena de ocho (8)

meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido, sustituyéndose por un régimen de

Libertad a Prueba (Ley 19.889) Residencia consistiendo sus obligaciones domicilio en denunciado.

– Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.LA. – Presentación en la seccional

policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. – Prestación de servicios

comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o

idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad

social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de

30 (treinta) días, debiendo acreditar la notificación al penado de la coordinación con el organismo

donde se comprometa a prestar tareas.- Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o

comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.- Se dispone la

confiscación del vehículo, auto marca Chevrolet y la mercadería incautadas a disposición de la

pieza aduanera.

– C.J.P.S., consistentes en: Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al

tribunal.- Prohibición de salir del país sin autorización previa.-Todo por el término de ciento veinte

días, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desacato; las que vencen en forma automática el

día 01/08/2024, salvo disposición en contrario. Dísponese el cese de detención del imputado.

Dirección Nacional de Migraciones a los efectos de la prohibición de salir del país sin la

autorización suficiente.

Problema vecinal el martes a la noche

Siendo la hora 22:50’, desde calle Piedras y Patulé por llamado al Servicio 911 concurre personal

policial por problema vecinal. En el lugar se habría producido un desorden en la vía pública estando

una femenina lesionada. Traslado a Centro Asistencial y posterior seccional para aclarar la

situación. Se trabaja.

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