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SUCIVE 2025: Patente de Rodados y conexos

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Valores de Patente de Rodados para el año 2025

Desde la Comisión de Seguimiento del Sucive se informa sobre los valores de patente de rodados y sus conexos para el año 2025, como también el cierre informático del Sucive por la actualización y carga del sistema tributario 2025.

Valores de Patente de Rodados 2025

Podrán consultarse y pagarse los tributos y servicios en Sucive mediante su web/app y/o redes de  cobranza.

El Sistema  tributario 2025  será el mismo de  2024:  aplicará la  variación por  tipo  de  cambio  ajustada al  promedio anual  a  setiembre de 2024  (+1,33%)  equivalente a $ 39,442. La incidencia  promedial por variación  en  la  tabla de  aforos  registra  una  baja  promedial  de  -2%.  

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Liliana Castro Automóviles

Para 2025  se mantienen  las  exoneraciones 2024  (totales o parciales) para las categorías C (motos) y B (camiones anteriores a 2012).

Los vehículos  con tributos a valores fijos de la categoría A- serán:

Año/modeloMonto anual $
Hasta 19750,00
1978/19802.804,20
1981/19854.206,29
1986/19918.412,59

Reglamentariamente el Sucive  otorga  a quienes  paguen su tributo en  fecha un  descuento de 10%,  y a quienes abonen la anualidad antes del vencimiento de enero de  2025,  un 10% complementario.

Cronograma de pagos

El cronograma de  vencimientos  Sucive  2025,  para  el pago  del  tributo  y sus conexos, será el siguiente:

lunes20Enero  2025
Jueves20Marzo 2025
martes20Mayo 2025
lunes21Julio 2025
lunes22Setiembre 2025
Jueves20Noviembre 2025

Mantenimiento informático del Sucive

Se  comunica  que  el  cierre  informático  del  Sucive  por  la  actualización   y carga del sistema tributario 2025, ocurrirá en  los siguientes días y horarios:

martes31/12/2024Hora 14CIERRE
miércoles08/01/2025Hora 0APERTURA

Multas de tránsito a vehículos con matrícula “extranjera”

También informan que desde el jueves 28 de noviembre de 2024 quedó operativa la funcionalidad de anotación y cobro de infracciones de tránsito y cargos de peajes, a vehículos matriculados en el extranjero.

Las intendencias, al igual que los restantes organismos asociados al Sucive (MTOP y Ministerio del Interior/Policía Caminera), que gestionan sus infracciones y peajes en el Sucive, deberán indicar en el formulario de alta al sistema, que las infracciones o cargos corresponden efectivamente a un vehículo extranjero.

Esta instrucción se imparte porque el sistema informático no distingue matrículas nacionales de extranjeras. Por ese motivo el dato de la procedencia debe ser preciso por constituir un factor central para su correcta visualización. A título informativo, por ejemplo, las motos de Uruguay y los autos de origen argentino –con matrículas anteriores a la del Mercosur-, comparten la misma estructura de “3 letras + 3 números”, por lo que, si al anotarse la infracción se la marca como “vehículo nacional”, la misma irá directamente al Sucive, y si lo marcan como “vehículo extranjero” irá al nuevo departamento “extranjeros”. De la forma en que se haga esta anotación en el sistema, dependerá la correcta visualización como vehículo extranjero desde las plataformas del Sucive.

Criterios para el registro de las infracciones

Las infracciones de tránsito habilitadas al cobro en el nuevo departamento “Extranjeros” del Sucive, son las cometidas desde el 20 de junio de 2024 (fecha de promulgación del Decreto N° 176/2024). Este criterio aplicará tanto en la jurisdicción nacional como departamental.

Las infracciones de tránsito impuestas por las Intendencias, el MTOP y la Policía Caminera, serán de acuerdo a lo sancionado por del decreto 303/023.

El Sucive controlará la correcta individualización de las infracciones aplicadas de acuerdo a los códigos y valores del decreto 303/023 (artículo 8) excepto las expresamente reguladas en el decreto 176/024, mediante la compatibilidad de las bases de datos aprobadas por dichos regímenes sancionatorios.

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