Valores de Patente de Rodados para el año 2025
Desde la Comisión de Seguimiento del Sucive se informa sobre los valores de patente de rodados y sus conexos para el año 2025, como también el cierre informático del Sucive por la actualización y carga del sistema tributario 2025.
Valores de Patente de Rodados 2025
Podrán consultarse y pagarse los tributos y servicios en Sucive mediante su web/app y/o redes de cobranza.
El Sistema tributario 2025 será el mismo de 2024: aplicará la variación por tipo de cambio ajustada al promedio anual a setiembre de 2024 (+1,33%) equivalente a $ 39,442. La incidencia promedial por variación en la tabla de aforos registra una baja promedial de -2%.
Para 2025 se mantienen las exoneraciones 2024 (totales o parciales) para las categorías C (motos) y B (camiones anteriores a 2012).
Los vehículos con tributos a valores fijos de la categoría A- serán:
Año/modelo | Monto anual $ |
Hasta 1975 | 0,00 |
1978/1980 | 2.804,20 |
1981/1985 | 4.206,29 |
1986/1991 | 8.412,59 |
Reglamentariamente el Sucive otorga a quienes paguen su tributo en fecha un descuento de 10%, y a quienes abonen la anualidad antes del vencimiento de enero de 2025, un 10% complementario.
Cronograma de pagos
El cronograma de vencimientos Sucive 2025, para el pago del tributo y sus conexos, será el siguiente:
lunes | 20 | Enero 2025 |
Jueves | 20 | Marzo 2025 |
martes | 20 | Mayo 2025 |
lunes | 21 | Julio 2025 |
lunes | 22 | Setiembre 2025 |
Jueves | 20 | Noviembre 2025 |
Mantenimiento informático del Sucive
Se comunica que el cierre informático del Sucive por la actualización y carga del sistema tributario 2025, ocurrirá en los siguientes días y horarios:
martes | 31/12/2024 | Hora 14 | CIERRE |
miércoles | 08/01/2025 | Hora 0 | APERTURA |
Multas de tránsito a vehículos con matrícula “extranjera”
También informan que desde el jueves 28 de noviembre de 2024 quedó operativa la funcionalidad de anotación y cobro de infracciones de tránsito y cargos de peajes, a vehículos matriculados en el extranjero.
Las intendencias, al igual que los restantes organismos asociados al Sucive (MTOP y Ministerio del Interior/Policía Caminera), que gestionan sus infracciones y peajes en el Sucive, deberán indicar en el formulario de alta al sistema, que las infracciones o cargos corresponden efectivamente a un vehículo extranjero.
Esta instrucción se imparte porque el sistema informático no distingue matrículas nacionales de extranjeras. Por ese motivo el dato de la procedencia debe ser preciso por constituir un factor central para su correcta visualización. A título informativo, por ejemplo, las motos de Uruguay y los autos de origen argentino –con matrículas anteriores a la del Mercosur-, comparten la misma estructura de “3 letras + 3 números”, por lo que, si al anotarse la infracción se la marca como “vehículo nacional”, la misma irá directamente al Sucive, y si lo marcan como “vehículo extranjero” irá al nuevo departamento “extranjeros”. De la forma en que se haga esta anotación en el sistema, dependerá la correcta visualización como vehículo extranjero desde las plataformas del Sucive.
Criterios para el registro de las infracciones
Las infracciones de tránsito habilitadas al cobro en el nuevo departamento “Extranjeros” del Sucive, son las cometidas desde el 20 de junio de 2024 (fecha de promulgación del Decreto N° 176/2024). Este criterio aplicará tanto en la jurisdicción nacional como departamental.
Las infracciones de tránsito impuestas por las Intendencias, el MTOP y la Policía Caminera, serán de acuerdo a lo sancionado por del decreto 303/023.
El Sucive controlará la correcta individualización de las infracciones aplicadas de acuerdo a los códigos y valores del decreto 303/023 (artículo 8) excepto las expresamente reguladas en el decreto 176/024, mediante la compatibilidad de las bases de datos aprobadas por dichos regímenes sancionatorios.