Tras las denuncias por explotación sexual, el senador del Partido Nacional envió una carta a la vicepresidenta Beatriz Argimón con la solicitud.

El senador del Partido Nacional Gustavo Penadés envió en las últimas horas una carta dirigida a la vicepresidenta de la República, Beatriz Argimón, para solicitar que se le levanten los fueros en caso de que el Poder Judicial lo solicite.
“Tengo el honor de dirigirme a usted a efectos de solicitarle que, en atención a las circunstancias de público conocimiento, si el Poder Judicial solicitase el levantamiento de los fueros parlamentarios correspondientes a mi investidura, se proceda a dar trámite a dicho pedido de forma inmediata, adelantando a usted desde ya que no formularé al mismo oposición de tipo alguna”, expresó Penadés en el documento, al que accedió Montevideo Portal.
A la denuncia pública realizada por Romina Celeste Papasso, quien afirmó que el legislador le pagó por mantener relaciones sexuales cuando ella tenía 13 años, se le sumó en los últimos días una denuncia formal y otras dos personas que pidieron agenda ante el Consultorio Jurídico de la Universidad de la República con el fin de asesorarse y saber cuáles son los pasos para presentar un reclamo formal ante la Justicia.
En caso de presentarse querellas ante la Justicia contra un legislador, el voto de los dos tercios de su Cámara puede retirarle los fueros y ponerlo a disposición de la Justicia. Los fueros parlamentarios están consagrados en los artículos 112, 113 y 114 de la Constitución de la República.
«Ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado, salvo en el caso de delito infraganti y entonces se dará cuenta inmediata a la Cámara respectiva, con la información sumaria del hecho», indica el artículo 113.
Por su parte, el 114 agrega: «Ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes que no sean de los detallados en el artículo 93, sino ante su respectiva Cámara, la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si hay lugar a la formación de causa, y, en caso afirmativo, lo declarará suspendido en sus funciones y quedará a disposición del Tribunal competente».
Cómo se vota el desafuero de Penadés o cualquier otro senador
El desafuero implica la eliminación del fuero parlamentario, lo que significa que un senador puede ser juzgado como cualquier otro ciudadano, sin tener la protección legal que el fuero parlamentario ofrece.
El proceso comienza cuando un fiscal presenta una solicitud de desafuero a la Cámara de Senadores, que debe ser apoyada por una mayoría simple de los miembros presentes en la sesión. En caso de ser aprobada, se nombra una comisión especial para investigar el caso y presentar un informe a la Cámara.
La comisión está compuesta por cinco senadores y tiene un plazo de 60 días para presentar su informe. Durante ese tiempo, se llevan a cabo audiencias y se recopilan pruebas para determinar si existe o no mérito para el desafuero.
Una vez que la comisión presenta su informe, la Cámara de Senadores debe decidir si acepta o rechaza el informe y, en consecuencia, si se desafora al senador. Para que se apruebe el desafuero, se necesita una mayoría de dos tercios de los votos de la Cámara.
El desafuero no implica necesariamente que el senador sea culpable del delito que se le imputa, sino que simplemente le quita la protección del fuero parlamentario y permite que se le juzgue como a cualquier otro ciudadano. Es importante destacar que el desafuero es un proceso legal que respeta los derechos del senador en cuestión y garantiza un juicio justo y equitativo.
¿Cuántos votos se necesitan para el desafuero de un senador?
Los fueros parlamentarios, previstos en los artículos 112, 113 y 114 de la Constitución, se crearon para proteger a los diputados y senadores uruguayos de eventuales intromisiones políticas en el Poder Judicial que deriven en una persecución de los legisladores y, en tanto, afecten la independencia del Poder Legislativo.
Son aquellos “privilegios o normas especiales que aplican a una o varias personas en el ámbito de Derecho penal por el hecho de pertenecer a un Parlamento democrático, como representantes de la soberanía popular”.
Sin embargo, aunque Penadés se ponga a disposición del desafuero, no es algo a lo que pueda renunciar voluntariamente, sino que depende de la decisión del resto de la Cámara.
Así, si se presentan querellas ante la justicia contra un legislador, se necesita un mínimo de dos tercios de todos los miembros que componen la Cámara para avanzar en el levantamiento de sus fueros, lo que permitiría su posterior puesta a disposición del Poder Judicial. En tanto, como el cuerpo legislativo tiene 30 miembros, se necesitan al menos 20 votos positivos.
Montevideo Portal,La Red 21 y ambito.com