Todas las voces. El 1 de marzo comienza a regir la zona de exclusión para emprendimientos que tengan por objeto la comercialización al por mayor de frutas, hortalizas, flores y miel.

D. Nº. 7.572/2023. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO DECRETA: Artículo 1º.- Prohibiese a partir del 1º de marzo de 2024, la instalación y/o permanencia de todo tipo de emprendimientos que tengan por objeto la comercialización al por mayor de frutas, hortalizas, flores y miel, en el área que se delimita a continuación: Al Oeste: Avenida … Sigue leyendo Todas las voces. El 1 de marzo comienza a regir la zona de exclusión para emprendimientos que tengan por objeto la comercialización al por mayor de frutas, hortalizas, flores y miel.

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